domingo, 27 de octubre de 2013

DENUNCIA CIUDADANA CONTRA DIEZ MAGISTRADOS EXTREMADAMENTE CORRUPTOS

La  publicación de esta DENUNCIA CIUDADANA se realiza en la “legítima defensa”  que tenemos los ciudadanos peruanos como  Derecho consagrado en el  articulo 2 inciso 23 de nuestra Constitución;  para defendernos  legalmente ante tanto abuso, vejamen y atropello y ante tanta agresión  ilegítima cometida por abogados y magistrados extremadamente corruptos y abusivos  que en  forma permanente y brutal violan en forma impune y flagrantemente de  manera sistemática y constante los más elementales  derechos y  principios constitucionales de los ciudadanos peruanos:


 INTERPONEN  DENUNCIA CIUDADANA  CONTRA 10 MAGISTRADOS EXTREMADAMENTE CORRUPTOS ANTE EL CNM 


modelo de denuncia ciudadana  contra magistrados  extremadamente corruptos  para que los agraviados victimas de la corrupción judicial la puedan copiar y usar en casos parecidos

EXPEDIENTE:                    –2013


  SUMILLA:       SUMILLA: INTERPONE DENUNCIA CIUDADANA


Sr. Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura


AV. PASEO DE LA REPÚBLICA N° 3285 SAN ISIDRO, LIMA



I. PETITORIO.-


HUMBERTO ARMANDO RODRIGUEZ CERNA, ciudadano peruano, Químico Farmacéutico, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 06506619, Director ejecutivo de la asociación justicia sin corrupción y educación con alimentación y del Frente anticorrupción de agraviados por el poder judicial y el ministerio público con domicilio  procesal para efectos de las respectivas notificaciones en Calle Callao N° 714 – Sullana, donde obligatoriamente se me deberá de notificar de acuerdo a ley las resoluciones que se expidan de  la presente Denuncia, A USTED DIGO:  


II.- FUNDAMENTOS DE HECHO


1.1.- Que, de conformidad con  los  Artículo  2° Inciso 2 y  articulo  154 inciso 2 de la Constitución Política del Estado, con lo establecido  en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, es que recurro a vuestro  Despacho para interponer DENUNCIA  CIUDADANA contra los  abusivos,  arbitrarios, corruptos     y prevaricadores   magistrados


MAGISTRADOEXTREMADAMENTECORRUPTOANGELHENRYROMERODIAZ


ANGEL HENRY ROMERO DIAZ,


EXTREMADAMENTECORRUPTOLUISFINLAYSALVADORGOMEZ


LUIS FINLAY SALVADOR GÓMEZ,


EXTREMADAMENTECORRUPTOMANUELLEONQUINTANILLACHACON


MANUEL LEÓN QUINTANILLA CHACÓN,


EXTREMADAMENTECORRUPTOJORGEHUMBERTOCOLMENARESCAVERO


JORGE HUMBERTO COLMENARES CAVERO,


EXTREMADAMENTECORRUPTAMERCEDESDOLORESGOMEZMARCHISIO


MERCEDES DOLORES GOMEZ MARCHISIO


EXTREMADAMENTECORRUPTAJUEZCELINDASEGURASALAS


CELINDA ENELINA  SALAS SEGURA,


EXTREMADAMENTECORRUPTAZAIDACATALINAPEREZESCALANTE


ZAIDA CATALINA PEREZ ESCALANTE,


EXTREMADAMENTECORRUPTODANIELANTONIOCERNABAZAN


DANIEL ANTONIO CERNA BAZAN


FISCALEXTREMADAMENTEBORRACHAMARIACONCEPCIONEIRACASTRO


 MARÍA CONCEPCIÓN NEIRA CASTRO Y


EXTREMADAMENTEDELICUENTEMARCOANTONIOLUQUECHAIÑA


MARCO ANTONIO LUQUE CHAIÑA quienes son parte de una agrupación  delictiva de magistrados extremadamente  arbitrarios, abusivos, prevaricadores   y corruptos que se dedican a favorecer  dolosamente  a las personas influyentes y quienes  tienen esclavizados a nuestros conciudadanos  en la más  espantosa corrupción tanto en el Ministerio Publico como en el Poder Judicial  donde actúan impunemente por lo cual  interponemos  denuncia ciudadana contra ellos   por  los Cargos de Faltas Graves,  Flagrante  Inconducta Funcional, Infracción a los Deberes Funcionales, Manifiesta Parcialización con la parte influyente, Negligencia Inexcusable,  e Inobservancia de la Norma Procesal y por tener muchas quejas y denuncias y para ponerle en conocimiento graves hechos que desmerecen la dignidad del cargo de todos ellos,  flagrante inconductas funcionales  y falta de idoneidad de los   mencionados denunciados  magistrados  de la Corte Superior de Justicia de Lima, Trujillo, Tumbes   Piura, San Martin y  Puno por lo que solicitamos, Sr. Presidente,  que tome en cuenta lo que se le ha puesto en vuestro conocimiento y que demuestra que sería injusto, inmoral  e ilegal la ratificación de estos  MALOS  magistrados quienes   son    parte de la terrible corrupción que existe en los   Distritos Judiciales   de la ciudades de Lima, Trujillo, Tumbes   Piura, San Martin    y Puno y  quienes son responsables del incremento de la  INSEGURIDAD CIUDADANA Y DE LA CORRUPCION EN EL PAIS,    según los fundamentos  que pasamos a exponer: 


 


Fundamentos de HECHOS


2.1- Que  la Asociación Justicia sin Corrupción y Educación con Alimentación es una  Entidad formada por ciudadanos agraviados por  actos de corrupción y que se encarga según sus estatutos, de enseñar y difundir  los valores éticos, los  principios morales, el respeto de los derechos de la persona, ycombatir valiente y frontalmente la corrupción en todos sus niveles y formas, teniendo como  base principal de su creación la “legítima defensa” que tenemos los ciudadanos como derecho consagrado en nuestra constitución; para defendernos legalmente  ante tanto abuso, vejamen y atropello cometido por diversas clase de malos funcionarios públicos y malos  magistrados que en forma permanente violan flagrantemente de manera sistemática y constante los más elementales derechos y  principios constitucionales de nuestros conciudadanos.


2.2 .- Que, en el transcurso de la corta existencia de nuestra Asociación Anticorrupción se ha denunciado más de 300 casos de corrupción cometidos por malos magistrados, deshonestos Notarios Públicos, malos Funcionarios Públicos, etc.,


 


2.3.- Que en el internet   SE PUEDE LEER GRAVES DENUNCIAS PERIODISTICAS QUE ACREDITAN  GRAVISISIMOS ACTOS DE CORRUPCION CONTRA EL EX VOCAL ANGEL ROMERO QUE ACREDITA LO CUESTIONADISIMO  QUE SE ENCUENTRA EN EL INTERNET Y QUE SI SE LE RATIFICARA SE DEMOSTRARIA QUE CONTINUAN IMPUNEMENTE   EN EL CNM UNA


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MAFIA DE CONSEJEROS MASONES EXTREMADAMENTE CORRUPTOS QUE SE ENCARGARIAN DE ENCUBRIR GRAVES DELITOS Y DE RATIFICAR A COMO DE LUGAR A MAGISTRADOS MASONES, CORRUPTOS Y APRISTAS QUE TIENEN ESCLAVIZADOS  AL PODER JUDICIAL  EN  LA MAS ESPANTOSA CORRUPCION PARA QUE SIGAN ENRIQUECIENDOSE ILICITAMENTE EN AGRAVIO DE MILLONES  DE CIUDADANOS QUE NO SABEN COMO SE MANEJA SECRETAMENTE LOS HILOS DEL PODER EN EL PAIS


2.4.- Se puede leer en el siguiente Link del Diario El Comercio algo  gravisisimo   


http://elcomercio.pe/ediciononline/HTML/2008-08-17/ocma-podria-suspender-vocal-angel-romero.html


   “ de fecha 17 de agosto del 2008 en la que se denuncia ENRIQUECIMIENTO ILICITO ENTRE OTROS GRAVES DELITOS COMO TRAFICO DE INFLUENCIAS


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del magistrado extremadamente corrupto Angel Romero Diaz :




OCMA podrá suspender a vocal Ãngel Romero


El Órgano de control lo tiene en la mira por ser juez y parte en proceso contra ex cliente, a quien favoreció con un fallo: Luego de salvarse de la destitución por su irregular fallo en el caso del Banco Central de Reserva (BCR), el cuestionado vocal Ãngel Romero Diaz regresó a la presidencia de la Corte Superior de Lima la semana pasada. Sin embargo, este retorno duraría poco tiempo ya que la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) le abrió proceso disciplinario por abocarse y fallar en el 2006 a favor de un empresario minero, a quien el mismo Romero reconoció como su ex cliente durante los años en que fue abogado



Por este caso la OCMA le abrió proceso disciplinario el 10 de enero del 2008, cuando este  estaba suspendido por el Caso BCR. Dicha medida, como era de esperarse, pasó  desapercibida a pesar de que la irregularidad fue tan grave que el Organo de control evaluó  imponerle la medida cautelar de suspensión en el cargo, pero no lo hizo porque el magistrado ya estaba fuera del Poder Judicial. Sin embargo, ahora que ha regresado a la judicatura, el caso que revelamos vuelve a la palestra.


El Comercio accedió  a documentos que evidencian la extraña conducta que tuvo Romero mientras era presidente de la Cuarta Sala Civil de Lima y le tocó  ver el caso de un ex empleador suyo, el empresario Alejandro Gubbins Granger (quien fuera accionista de la Sociedad Minera Corona y hoy es maximo directivo de Casapalca). La historia se remonta al 2003, cuando Romero --que regresó  al Poder Judicial en noviembre del 2004 y fue suspendido en febrero del 2007 por el Caso BCR-- estaba fuera de la judicatura y tenia entre sus clientes a empresarios vinculados a la miner­a asi ­ como al mundo de los casinos y tragamonedas, mientras atendía su labor como personero legal del Apra.

Aquel dia  Romero DÃaz se desempeñaba como abogado de la empresa minera Corona, una conocida empresa familiar dirigida por los hermanos Gubbins Granger. Su trabajo con esta organizacion concluyó  en octubre del 2004, un mes antes de que se reincorporara en la Corte Superior de Lima. Asi estaban las cosas cuando Romero volvió  a tener noticias de la empresa que lo empleó

.
En julio del 2006 llegó  a sus manos una acción de amparo (Exp. 2213-06 ) que habí­a interpuesto la defensa del empresario Alejandro Gubbins Granger en contra de Minas Arirahua, juicio entre ambas empresas que ya tiene varios años de duraciión. Inicialmente Romero se abocó al caso, pero luego se negó  a continuar. El entonces titular de la Cuarta Sala Civil de Lima reconoció en una resoluciónn de fecha 24 de agosto del 2006 que debi­a abstenerse de participar en el amparo ya que una de las partes, Alejandro Gubbins, fue accionista de la empresa Corona, la misma que le pagó sus honorarios como abogado hasta el año 2004


"En el ejercicio de funciones como abogado defensor he patrocinado a la parte demandante don Alejandro Gubbins Granger por lo que en cumplimiento del artículo 313 del Código Procesal Civil me abstengo del presente proceso (de amparo)", dice Romero en la resolución. El artículo procesal antes citado dice que: "Cuando se presentan motivos que perturban la función del juez, este por decoro o delicadeza puede abstenerse".


Sin embargo, un mes despues ocurriio  algo extra{o. La defensa del empresario formula un escrito el 28 de setiembre de aquel año en el que exige que se anule la abstención de Romero "porque no fue acreditada documentariamente". Ademas pidió  que dicho vocal vuelva a ver la acción de amparo ya que "no fue su abogado". Al enterarse de este pedido, Romero (que se encontraba en plena campaña para ganar la presidencia de la Corte Superior de Lima) sorprendió a sus colegas de sala al redactar un breve documento en el que se desdijo de su versión anterior.


En esta resolución de fecha 6 de noviembre Romero dijo lo siguiente: "He sido abogado del hermano del recurrente (Alejandro Gubbins), este hecho ha conllevado a confusión, por el cual me aparté del conocimiento (del proceso de amparo)". Y así de facil, luego de tres meses de aceptar ser abogado de Alejandro Gubbins, se rectificó y añadió que defendió a su hermano Salvador, otro integrante de la empresa familiar Corona.

De esta forma, el cuestionado vocal se reincorporó en el proceso de amparo. Sin embargo, no pudo emitir ningun fallo adicional a favor de Alejandro Gubbins ya que un mes y medio despues dejó la presidencia de la Cuarta Sala Civil y se convirtió en el nuevo titular de la Corte Superior de Lima.


ACTUÓ COMO JUEZ Y PARTE

Mientras todo esto ocurría en el proceso de amparo (Exp. 2213-06), el nombre del vocal Romero apareció en otro caso. Segun la OCMA, la Tercera Sala Civil de Lima lo llamó de acuerdo a ley para que actue como vocal dirimente en un juicio conocido como de ineficacia de acto juridico (Exp. 549-06) entre dos empresas que Romero Díaz ya conocía: Minas Arirahua versus Casapalca de Alejandro Gubbins.


Cuando se esperaba la abstención de Romero en este último caso --ya que el 24 de agosto del 2006 reconoció haber sido abogado del empresario-- este se "olvidó oportunamente de lo que habia confesado. Tambien "olvidó que ya conocía un proceso de amparo con estas mismas empresas y se abocó a ver el proceso de ineficacia jurídica en el que Alejandro Gubbins estaba demandado. De tal forma que Romero intervino en la vista de esta causa el 31 de octubre del 2006 --una semana antes de admitir que se había "equivocado de hermano"-- y semanas después se pronunció a favor del ex accionista de la minera Corona, para la cual trabajó.

En la resolución dice: "Que se revoque la sentencia (de primera instancia) y que se declare infundada la demanda (de ineficacia de acto jurídico) seguida por Minas Arirahua S.A. contra la compañía minera Casapalca (de Alejandro Gubbins)". De no ser por el voto de los otros vocales, la posición del controvertido magistrado hubiera quedado firme y favorable al empresario minero. La OCMA, que sigue este caso desde enero, se encuentra en la recta final de la investigación contra Romero Díaz.

Investigaran patrimonio de presidente de Corte de Lima

La Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) podría investigar si el vocal Ãngel Romero, actual presidente de la Corte Superior de Lima, dijo la verdad en las declaraciones juradas de bienes y rentas que le entregó al órgano de control desde que retornó a la judicatura en noviembre del 2004, informaron fuentes judiciales.



Como se recuerda, este magistrado dijo el mes pasado que fue perjudicado "moral y económicamente" por la investigación que le practicó el órgano de control a raíz de su fallo irregular en el caso del Banco Central de Reserva (BCR). Romero reveló --en la denuncia que presentó contra Elcira Vásquez, jefa de la OCMA-- que no cobró su sueldo desde marzo del 2007 hasta julio del 2008 y que "vendiÓ un auto BMW del 2004", así como "una casa que él había entregado como anticipo de herencia" a uno de sus cuatro hijos.



En la denuncia antes citada, Romero Díaz omitiÓ decir que la investigación de la OCMA no perjudicó la casa de playa que tiene en el exclusivo condominio conocido como Playa Las Lagunas de Puerto Viejo, que se encuentra en el kilómetro 70,8 de la Panamericana Sur (San Antonio, Cañete).


Romero Díaz, quien en su declaración jurada de febrero del 2007 consignó que ganaba 7.515 soles como servidor público y 104 mil 879 soles por otros rubros (la declaraciO³n jurada no precisa si es anual o mensual), tampoco indicó que se vio afectado al momento de pagar la mensualidad del condominio que compró a fines del 2005, ya que en el reporte mensual de dicha asociación figura al día en sus cuotas. Dicho predio, según Registros Públicos, tiene un Área techada de 204 metros cuadrados y un Área libre de 136 m2


Romero Díaz se reincorporó en noviembre del 2004 y fue suspendido en sus funciones en febrero del 2007. Después de ser separado del Poder Judicial, el cuestionado vocal disolvió la sociedad conyugal por lo que los bienes antes mencionados ya no se encuentran a su nombre, así quedó inscrito en Registros Públicos.


SEPA MÃS


En otro proceso  se abstuvo



- Este Diario encontró otro caso en el que Ãngel Romero se abocó a un proceso y luego se abstuvo. Ocurrió en agosto del 2006.



- Romero se abstuvo después de muchos meses de conocer el caso por haber sido abogado de la empresa Top Consulting, que tenía un litigio con los ex trabajadores de Aero-Perú. Por esta demora fue denunciado en la OCMA.


- En caso de abstenciones, el artículo 313 del Código Procesal Civil dice: "Cuando se presentan motivos que perturban la función del juez, este, por decoro o delicadeza, puede abstenerse mediante resolución fundamentada, remitiendo el expediente al juez que deba conocer su trámite".

2.5.- SE PUEDE LEER EN ESTE LINK MAS ACTOS DE CORRUPCION DEL MENCIONADO EX VOCAL


http://www.justiciaviva.org.pe/notihome/notihome01.php?noti=461


“algunos personajes están destinados a ser observados constantemente por la opinión pública por sus virtudes o cuestionamientos, ese parece ser el destino del vocal superior de la Corte de Lima, Ángel Romero Díaz. Aunque en su caso es, lamentablemente, por lo segundo. Un magistrado que debió ser separado del cargo por el CNM, debido a una grave falta disciplinaria, pero que ahora podría pasar a integrar la máxima instancia judicial del país: la Corte Suprema; nada más y nada menos.


El caso Romero Díaz es digno de estudio: abogado, personero aprista, suspendido presidente de la Corte Superior de Lima y actual postulante a la Corte Suprema. Su nombre pasará a los anales judiciales como protagonista de uno de los procesos sancionatorios más largos, enrevesados y cuestionados dentro de la historia del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) y del Poder Judicial.


El CNM primero lo destituyó pero luego dispuso sanción menor


La situación del referido juez saltó a la palestra porque, junto con otros dos magistrados, cometió graves inconductas funcionales en la causa conocida como “ex trabajadores del BCR”. Ángel Romero Díaz, junto a Eduardo Chávez Bedoya e Ida Rodríguez Rodríguez, fallaron de manera opuesta en dos causas prácticamente idénticas, no respetaron precedentes obligatorios del Tribunal Constitucional y, solícitos ellos y ella, otorgaron “de oficio” una apelación a personas que no lo solicitaron. La conducta de Romero Díaz fue abiertamente irregular, además, porque era el vocal ponente del caso; es decir, era el encargado de fundamentar, analizar y conocer todos los “movimientos” de esta causa que terminó en un embrollo judicial no perpetrado por abogados de parte, sino por los propios jueces y jueza.


 Ante lo ocurrido se hizo la denuncia ante la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), quien luego de una minuciosa investigación, al mando de la jueza suprema Elcira Vásquez Cortez, decidió solicitar al CNM la máxima sanción: destituir a Ángel Romero de la judicatura


El CNM, medio año después de haber recibido la investigación de la OCMA, decidió destituir al procesado el 28 de diciembre del 2007 (Resolución N° 129-2007-PCNM), por los siguientes argumentos


“De lo expuesto se ha acreditado que los magistrados procesados Romero Díaz y Pomareda Chávez-Bedoya resolvieron contradictoriamente causas semejantes; asimismo, que los doctores Pomareda Chávez-Bedoya y Rodríguez Rodríguez resolvieron la causa N° 2924-2005 contraviniendo la sentencia vinculante del Tribunal Constitucional N° 206-2005-PA/TC; además, se encuentra probado que los tres magistrados procesados favorecieron indebidamente a los accionantes del proceso N° 2924-2005, con el agravante de haber dispuesto, sin fundamento alguno de hecho y de derecho, que se practicara la liquidación del cálculo actuarial en los términos que aparecen en dicha sentencia, colocándose por encima de la Constitución y la Ley...


Que, tales consideraciones conducen a concluir que los procesados carecen de idoneidad para continuar desempeñándose como magistrados, al haber incurrido en las infracciones establecidas en los incisos uno y seis del artículo 201 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, atentando públicamente contra la respetabilidad del Poder Judicial, menoscabando el decoro y respetabilidad del cargo; por lo que se debe aceptar el pedido de destitución formulado por la Corte Suprema aplicando la sanción correspondiente…"


Esta medida tuvo el respaldo de cinco consejeros: Maximiliano Cárdenas Díaz, Carlos Mansilla Gardella, Francisco Delgado de la Flor, Edwin Vegas Gallo y Aníbal Torres Vásquez; mientras que Edmundo Peláez Bardales (presidente del CNM), y Efraín Anaya Cárdenas (ahora defenestrado del cargo por corrupto), optaron por reconocer la grave inconducta funcional, pero señalaron que la sanción que le correspondía a Romero Díaz no implicaba destitución sino un castigo menor.


Sin embargo, ante el pedido de reconsideración presentado por Romero Díaz, seis meses después de emitida la primera resolución , el CNM cambió repentinamente de decisión y dispuso que el Poder Judicial le imponga una sanción menor a Romero (19 de junio del 2008,Resolución N° 076-2008–PCNM). La razón del cuestionado cambio fue que dos consejeros, en seis meses de meditación, viraron su inicial opinión: Francisco Delgado de la Flor y Edwin Vegas Gallo (Ver: Pronunciamiento). Ante el escándalo que se produjo, Edmundo Peláez Bardales, presidente del CNM, acudió a la Comisión de Justicia del Congreso para dar los descargos del por qué del cambio. En ese escenario el consejero Aníbal Torres, acusaba a sus colegas de haber adulterado la última resolución del CNM (Ver: Congreso cita a titular del CNM por caso RomeroEl Comercio, 27/05/2008).


Al respecto, fue muy sintomático que congresistas apristas como Mauricio Mulder, Javier Velásquez y Aurelio Pastor fueran los defensores de Edmundo Peláez, en un caso que implicaba a otro personaje vinculado con el APRA, como es Ángel Romero Díaz; quien al menos hasta el 2002 se desempeñó como personero legal del APRA (Ver: El APRA y el caso Romero).


Al final el caso quedó impune porque el Poder Judicial, que en un primer momento había decidido apoyar el pedido de destitución de la OCMA, optó por no sancionar a este juez con buena suerte o buena estrella (Ver: Ángel Romero y el Poder Judicial: ¿cómo contravenir la imparcialidad y quedar impune en el intento?).


CNM: ¿Vidaurre contra Vidaurre?


En la actualidad, Romero Díaz se encuentra en carrera para ser elegido juez supremo (Ver: Convocatoria N° 02-2010-SN/CNM, cronograma de entrevistas) y estamos en una etapa en que el Poder Judicial puso en conocimiento del CNM la decisión de no sancionarlo (ver: Investigación Nº 37-2007-Lima), pese a que este había dispuesto que se le impusiera una sanción menor a la destitución. El CNM recibió la noticia de que su resolución no sería acatada sin inmutarse en lo más mínimo a pesar que era un desacato flagrante a sus potestades constitucionales. Algo extraño pues cualquier órgano que ve que su decisión es incumplida tiene el derecho, y sobre todo el deber, de defender su autoridad y facultades constitucionales.


 Sobre esto, en primer lugar, sería insólito que alguien que votó por destituir a Romero Díaz por una falta disciplinaria, el consejero Mansilla Gardella, o que votó por imponerle una sanción menor, el consejero Peláez Bardales, ahora votara por designarlo miembro de la Corte Suprema. En ambos casos, consideraron que Romero Díaz había incurrido en “responsabilidad funcional”.


 Por ende, ¿puede alguien que fue encontrado responsable por parte del CNM, en su actuación como vocal superior, ser ascendido a vocal supremo por la misma institución que lo sancionó? Definitivamente creemos que no y que de producirse sería muy grave y un pésimo mensaje al país y a los jueces: “no importa que incurras en falta, igual ascenderás”. No hay argumento jurídico alguno que pudiese justificar esto, como la preclusión de las etapas del proceso de designación en el CNM, o que el caso ya fue archivado. El archivo de este caso no borra las decisiones que ya adoptaron dos actuales consejeros, sino que tan sólo prueba la impunidad en la que quedó este caso.


Otros cuestionamientos contra Ángel Romero


 Junto a esto, hay otros antecedentes que pintan el actuar de Romero Díaz. Primero: éste fue abogado de una de las empresas (ZLATA ACTIVIDADES RECREACIONALES S.A.C.) que presentaron demandas de amparo en juzgados de provincia, para que casinos y tragamonedas puedan funcionar sin licencia de funcionamiento en cualquier parte del país, pero principalmente en Lima. Dichos amparos eran presentados en contra de normas del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR).


Como es conocido, estos hechos conllevaron entre otras cosas, la evasión por parte de estas empresas del cumplimiento de normas legales a través de demandas de amparo, que además, por lo general, eran sospechosamente aceptadas y declaradas fundadas por algunos juzgados de provincia (Andahuaylas, por ejemplo). Así mismo, esta polémica también produjo una contienda de competencia entre el MINCETUR y el Poder Judicial, ya que el segundo se encontraba, virtualmente, atribuyéndose funciones del primero, puesto que sus sentencias permitían que los casinos que no pudieran funcionar por una “vía regular” (el MINCETUR), lo hicieran a través de las sentencias del Poder Judicial que declaraban fundadas sus demandas de amparo[1].


 Un segundo hecho es que en el año 2003, Ángel Romero Díaz, entonces abogado defensor de Luis Duthurburu Cubas, uno de los principales consejeros financieros y cómplices del ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos (acogido a la Ley de Colaboración Eficaz), alquilaba unas oficinas a César Vega Vega, entonces vocal supremo provisional, y que incluso tenía la posibilidad de conocer algunos escritos de éste. El hecho resultó siendo un escándalo, pero quedó en nada por falta de investigación (ver: Amistades peligrosas: vocal supremo César Vega Vega en la mira).


Por todas estas consideraciones, el CNM no debería designar como vocal supremo a un candidato que en el pasado reciente mereció, primero, una decisión de destitución por parte del propio CNM, y luego, una decisión de sanción menor; pero que, en ambos casos, el mismo CNM consideró que había incurrido en falta. En especial, si dos actuales consejeros -Peláez Bardales y Masilla Gardella- votaron por sancionarlo. Sería un escándalo.


2.6.- SE PUEDE LEER EN ESTE LINK MAS ACTOS DE CORRUPCION DEL MENCIONADO EX VOCAL ANGEL ROMERO DIAZ


 MAGISTRADOEXTREMADAMENTECORRUPTOANGELHENRYROMERODIAZ


http://cgtpjoven.blogspot.com/2010/09/cgtp-demanda-al-poder-judicial-el-cese.html


NOTA DE PRENSA


CGTP DEMANDA AL PODER JUDICIAL EL CESE DE LA PERSECUCIÓN CONTRA SEC. GRAL DE LA CGTP-TUMBES


Como una forma de usar el poder en su beneficio, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, Luis Finlay Salvador Gómez, vendría presionando al juez del Tercer Juzgado Unipersonal, Aníbal Balcazar Zelada, para que sentencie al Secretario General de la CGTP-Tumbes, Simón Eladio, por el delito de denunciar la corrupción imperante en dicho del poder del Estado en la referida región.


Con una celeridad sorprendente, mañana viernes 17 se estaría dando la sentencia condenatoria contra el dirigente por referir en una actividad académica, lo que es de conocimiento de la opinión pública tumbesina, que la esposa del Presidente de la Corte y su hijo, que son servidores públicos, estarían recibiendo ciertos beneficios en el Poder Judicial por el alto cargo que ocupa su familiar. Estas declaraciones se dieron en el contexto de una conferencia regional denominada “Reflexiones contra la Corrupción” 


Cabe mencionar, que el magistrado pretendería también cerrar el programa sindical que se transmite en un canal local, “Cultura de Cambio”, espacio periodístico que sirve de tribuna para el pueblo de Tumbes denuncie los diversos actos de corrupción que afectan a la localidad, como el denunciado por el dirigente.


El Secretario General de la CGTP Nacional, Mario Huamán, expresó su solidaridad con el dirigente Simón Eladio y la CGTP- Tumbes y manifestó que la central efectuará las medidas correspondientes para denunciar la actitud de estos magistrados, además de las acciones de masas y mediáticas para que la opinión pública tenga conocimiento del grado de corrupción imperante en la Corte Superior de Justicia de Tumbes.


2.7.- .- SE PUEDE LEER EN ESTE LINK GRAVISIMOS ACTOS DE CORRUPCION DEL EXTREMADAMENTE CORRUPTO  MAGISTRADO  LUIS FINLAY SALVADOR GÓMEZ QUE DEMUESTRA QUE ES UN AUTENTICO DELINCUENTE JUDICIAL : 


http://lamula.pe/2012/07/11/paraiso-judicial/marlon/


(Tumbes) De un tiempo a esta parte, la Corte Superior de Justicia de Tumbes, se ha convertido en un apetecible distrito judicial, para resolver procesos perdidos en otras cortes del país, lo que ha generado que  el alcalde provincial de Chepén, Wilfredo Quesquén Terrones, interponga una acción de amparo para dejar sin efecto la sentencia que lo inhabilita por un año de la función pública y sentencia a cuatro años de prisión provisional por el delito de colusión y peculado.


La autoridad edil, recurre a la corte norteña para impedir que el Jurado Nacional de Elecciones lo desacredite como autoridad, tras ser hallado culpable de realizar  pagos adelantados por más de 500 mil soles, a la empresa Jorsa, encargada de la construcción del mercado La Parada que nunca se edificó.


De esta manera, Quesquén Terrones, expone como pretexto trasladar la acción judicial desde Trujillo a Tumbes, bajo el  discutido  argumento de su domicilio, el cual estaría ubicado en la primera etapa de la urbanización José Lisnher Tudela, en la calle Los Topacios Mz. E-Lote 16 del sector Andrés Araujo Morán y fija como residencia procesal la avenida Tumbes 112, oficina 03 de la misma ciudad fronteriza.


Para desvirtuar su residencia en la ciudad de Chepén, donde ejerce el cargo de la mayor autoridad local, indica que su estadía en la tierra donde gobierna es de “tránsito”.


Otro caso


Por un motivo similar,  la Unidad de Investigación y Anticorrupción de la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA)  del Poder Judicial, propuso la destitución del actual Presidente de la Corte Superior de Tumbes, Luis Finlay Salvador  Gómez, debido a su interferencia en un proceso iniciado en la Corte de Huaura.


En este caso, el informe de la OCMA, fechado el 28 de junio de este año,  señala que la máxima autoridad judicial de Tumbes, habría incurrido en inconducta funcional al solicitar a magistrados de la Sala de Apelaciones de Tumbes, absolver a favor una demanda por Hábeas Corpus en contra de los jueces de Huara, debido a que  el patrocinador del proceso, Luis Salvador Otiniano, es  hijo del Presidente de la corte.


La denuncia fue interpuesta por la Presidenta de la Sala de Apelaciones Sonia Bienvenida Torre Muñoz y la magistrada Mirtha Elena Pacheco Villavicencio.


En este proceso de  investigación, también  se  propone   suspender por cuatro meses al magistrado Pedro Miguel Faya Salas, en su actuación como Juez Superior de la Sala Penal de Apelaciones, al estar inmiscuido en el presunto acto de inconducta funcional.


Esta es una clara muestra de las probabilidades que podría tener un litigante en Tumbes, para verse beneficiado con un proceso judicial fuera de su jurisdicción, debido a los cuestionables fallos que se dictan en esta ciudad.


2.8.- SE PUEDE LEER EN ESTE LINK QUE POR LOS GRAVES  ACTOS DE CORRUPCION DEL MENCIONADO EX PRESIDENTE DE LA CORTE SE TUMBES 


EXTREMADAMENTECORRUPTOLUISFINLAYSALVADORGOMEZ


EXTREMADAMENTE CORRUPTO MAGISTRADO LUIS FINLAY SALVADOR GOMEZ  SE HA SOLCITADO SU DESTITUCION POR LO QUE SERIA INMORAL Y Y DELICTIVA LA RATIFICACION DEESTE CORRUPTO MAGISTRADO 


http://www.larepublica.pe/30-10-2012/ocma-propone-destituir-al-presidente-de-la-corte-de-tumbes


OCMA propone destituir al presidente de la Corte de Tumbes


Martes, 30 de octubre de 2012 | 4:30 am


La Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA) propuso al Consejo Nacional de la Magistratura imponer medida disciplinaria de destitución al presidente de la Corte Superior de Tumbes y jefe de la Oficina Desconcentrada de la OCMA, Luis Finlay Salvador Gómez.


La OCMA fundamentó su pedido en que dicho magistrado habría interferido en un proceso judicial para favorecer a su hijo, quien actuaba como abogado de una de las partes.


Además, suspendió por 4 meses al juez superior de la Sala Penal de Apelaciones, Pedro Falla Salas, por no denunciar el irregular accionar de Salvador Gómez.


http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/7e1680804c8158939e42bf7ee8aa914d/QUEJA_OCMA_276_2007_TUMBES.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=7e1680804c8158939e42bf7ee8aa914d


http://diariocorreo.pe/ultimas/noticias/EPENSA-098295/oficina-de-control-de-la-magistratura-anuncia-destitucion-de-juez-salvador-gomez


Oficina de Control de la Magistratura anuncia destitución de juez Salvador Gómez





Textos:Fernando Castillo web@grupoepensa.pe


04 JULIO 2012 | TUMBES -


El jefe de la Oficina de Control de la Magistratura, Javier Mendoza Ramírez, se refirió a casos de sanciones a algunos magistrados de Tumbes.Mendoza confirmó la destitución de Luis Finlay Salvador Gómez, por afectar los deberes que corresponden a un juez. Respecto al juez (EXTREMADAMENTE CORRUPTO) Pedro Miguel Faya Salas, señaló que éste fue suspendido por 4 meses. Sobre el caso de la jueza Jennifer Roxana Maldonado Pérez, dijo que existe una propuesta de suspensión, por afectar el principio de imparcialidad, indicado en el Art. 184 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por inobservancia del Art. 40 de la Ley de la Carrera Judicial, que en numeral 2 dice aceptar de sus litigantes o abogados, donaciones, obsequios, atenciones "Tratamos de ser objetivos y no personalizar las sanciones. Ellos tienen todo el derecho de apelar. La OCMA cumple los procesos dentro de los plazos. Lo que hacemos es proteger la imagen del Poder Judicial", finalizó el jefe de la OCMA.


http://elinformanteperu.com/agenda.php?idarticulos=64105


Lima, 07 Julio 2012, (El Informante).- Durante la Visita Judicial Ordinaria realizada a la Corte Superior de Justicia de Tumbes, durante los días 02, 03 y 04 de Julio, el Jefe Supremo de la OCMA, Enrique Mendoza, pudo advertir que el referido distrito judicial cuenta con una infraestructura moderna y óptimas condiciones para ofrecer a los usuarios judiciales un servicio de calidad. No obstante dispuso la revisión de los equipos informáticos para detectar el ruleteo o direccionamiento de procesos.


Con relación a las quejas verbales, se informó que de un total de 80 quejas, 61 fueron atendidas y resueltas en el momento, la mayoría de ellas por retardo en la administración de justicia y 19 serán profundamente evaluadas para determinar si amerita una investigación. Cabe señalar que el Congresista, Manuel Merino de Lama se acercó hasta la sede judicial y entregó al jefe de la OCMA, siete quejas recogidas en las audiencias públicas llevadas a cabo con la población de Tumbes.


OCMA, realiza acciones concretas


En el marco de la Visita Judicial Ordinaria, el doctor Mendoza Ramírez dio a conocer en conferencia de prensa, la propuesta ante el Consejo Nacional de la Magistratura de la medida disciplinaria de destitución del magistrado Luis Finlay Salvador Gómez, (hasta ayer) Jefe de la Odecma de la C.S.J de Tumbes, en su actuación como Presidente del Distrito Judicial de Tumbes, por afectar los deberes y el decoro de un juez, interferir en el criterio jurisdiccional de los magistrados vulnerando su independencia, así como removerlos dada su no titularidad en represalia de los hechos denunciados (trasgredir la garantía prevista en el numeral 2 del artículo 139º de la Constitución Política del estado, concordante con el artículo 7º del Código Iberoamericano de Ética Judicial).


Asimismo, impuso  la medida disciplinaria de suspensión por cuatro meses al juez Pedro Miguel Falla Salas, en su actuación como Juez Superior integrantes de la Sala de Apelaciones de la C.S.J de Tumbes, por incumplimiento del deber de denunciar conductas que contravengan con la ética profesional, afectando los principios de probidad y veracidad (infringir los deberes previstos en los numerales 12 y 18 del artículo 34º de la Ley de la Carrera Judicial, así como los numerales 2 y 5 del artículo 6º del Código de Ética de la Función Pública), incurriendo en falta muy grave.


También, se pronunció sobre el caso de la magistrada Jennifer Maldonado Pérez, en su actuación como juez provisional del Juzgado Civil Permanente de Tumbes, a quien se le ha propuesto la medida disciplinaria de suspensión, por infracción al deber de imparcialidad y presuntamente aceptar de litigantes o sus abogados obsequios, atenciones y agasajos.


Del mismo modo, comunicó que ha dispuesto que la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura  de Tumbes remita en el día toda la investigación relacionada  al magistrado Pedro Falla Salas, por supuesta intermediación y  cobro de S/.60, 000 nuevos soles a un litigante, según se advierte en la denuncia formulada por el  diario La Prensa Tumbesina, en su página Nº 08, de fecha 03 de julio de los corrientes.


 


2.9.- SE PUEDE LEER EN ESTOS LINKS  LOS GRAVISIMOS  ACTOS DE CORRUPCION DEL


EXTREMADAMENTECORRUPTOMANUELLEONQUINTANILLACHACON EXTREMADAMENTE CORRUPTO MAGISTRADO MANUEL LEÓN QUINTANILLA CHACÓN;  POR LO QUE SERIA INMORAL Y DELICTIVA LA RATIFICACION DE ESTE CORRUPTO MAGISTRADO 


http://www.cnm.gob.pe/webcnm/archivos/pdf/2008/gpd/RPD0392007PCNMQuintanilla.pdf


N° 039-2007-PCNM 


P.D. N° 002-2005-CNM 


 San Isidro, 16 de abril del 2007 


VISTO;  


El proceso disciplinario 002-2005-CNM, seguido, entre otros, contra el  Vocal de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte  Suprema de Justicia de la República, doctor Manuel León Quintanilla Chacón;  


CONSIDERANDO: 


 Que, por resoluciones 045-2005-PCNM de 3 de octubre de 2005 y 051- 2005-PCNM de 11 de noviembre de 2005, el Consejo Nacional de la  Magistratura (CNM) impuso la sanción de destitución al Magistrado Supremo,  doctor Manuel León Quintanilla Chacón; empero, el Tribunal Constitucional,  mediante sentencia de 8 de septiembre de 2006, dictada en Proceso de Amparo,  declaró nulas tales resoluciones ordenando que se dicte una nueva y  debidamente motivada, a cuyo efecto se ha reabierto el proceso disciplinario  incoado; …………………………


 Que, el artículo 406 del Código Procesal Civil es concluyente al prescribir  que el juez no puede alterar las resoluciones después de notificadas. Sin  embargo, antes que la resolución cause Ejecutoria, de oficio o a pedido de parte  puede aclarar algún concepto oscuro o dudoso expresado en la parte decisoria  de la resolución o que influya en ella. La aclaración no puede alterar el contenido  sustancial de la decisión. El pedido de aclaración será resuelto sin dar trámite.  La resolución que lo rechaza es inimpugnable; 




 Que, dado que la Ejecutoria Suprema de quince de octubre de dos mil tes fue notificada a las partes el catorce de enero de dos mil cuatro, por ende,  de allí en adelante sólo procedía el pedido de aclaración sin alterar el contenido sustancial de la decisión; a lo que se debe agregar que el veintidós de enero de dos mil cuatro la Sala Civil Permanente expidió la resolución número dieciocho,  disponiendo entre otros el cumplimiento de lo ejecutoriado; 


 Que, el Tribunal Constitucional, en el Expediente N° 280-93-AA/TC, ha precisado con fecha once de julio de dos mil dos, que resulta absolutamente  irregular que la misma Sala Civil de la Corte Suprema se haya permitido anular  su propia resolución, distorsionando por completo los alcances de la  definitividad ínsitos de la cosa juzgada en cuanto principio esencial del debido  proceso; 


 Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 139, inciso 2 de la  Constitución Política, es principio de la función jurisdiccional el que ninguna  autoridad puede dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de  cosa juzgada, ni modificar sentencias ni retardar su ejecución; asimismo, el 


artículo 4° de la Ley Orgánica del Poder Judicial corrobora que no se puede  dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecución, ni cortar procedimientos en trámite, bajo la responsabilidad política, administrativa, civil y penal que la ley determine en cada caso; 


 Que, la seguridad jurídica es un principio consustancial al Estado  Constitucional de Derecho, implícitamente reconocido en la Constitución; se trata de un valor supralegal contenido en el espíritu garantista de la Carta Fundamental, que se proyecta hacia todo el ordenamiento jurídico y busca 


asegurar al individuo una expectativa razonablemente fundada respecto de cuál será la actuación de los poderes e instituciones públicas y, en general, de toda la colectividad, dentro de los cauces del Derecho y la legalidaQue, aunque el doctor Manuel Quintanilla Chacón expresa en su descargo que sólo intervino en la expedición de la resolución de 14 de abril de 2004, es precisamente esa resolución la que anuló la sentencia del 15 de octubre de 2003 que tenía la calidad de cosa juzgada, siendo evidente que ha  vulnerado la seguridad jurídica de los justiciables al haber transgredido el grado  de certeza y estabilidad de la Ejecutoria Suprema de quince de octubre de dos mil tres; 


 Que, la gravedad de la conducta del citado magistrado no ha generado en  modo alguno una revaloración positiva de la percepción pública del cargo, sino todo lo contrario, ha contribuido a crear una mala percepción del ejercicio de la función jurisdiccional al desconocer las normas y principios básicos que se encuentran en la base del Estado de Derecho, y al apartarse del accionar que se espera en los magistrados encuadrado dentro de los límites establecidos por la Constitución y la ley; 


 Que, constituye inconducta funcional el comportamiento indebido, activo u omisivo, que, sin ser delito, resulte contrario a los deberes y prohibiciones de los magistrados en el ejercicio de su actividad y sea merecedor de una sanción disciplinaria; 


 Que, el desmerecimiento en el concepto público hace referencia a la  imagen pública que el Vocal Supremo proyecta hacia la sociedad, en vez de revalorar la percepción del cargo, lo desmerece, afecta gravemente la imagen del Poder Judicial. 


 


 Que, está probado que el magistrado, doctor Manuel León Quintanilla Chacón, ha incurrido en responsabilidad disciplinaria grave al no haber observado, en su condición de Vocal Supremo, el ordenamiento jurídico vigente, anulando una sentencia definitiva pasada en autoridad de cosa juzgada,  proyectando hacia la colectividad una imagen de magistrado que no observa conducta e idoneidad propias de su función, afectando, por tratarse de un magistrado de la más alta jerarquía, no solamente su propia imagen, sino el prestigio y respetabilidad del Poder Judicial; 


Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio  de conciencia, en cumplimiento de lo dispuesto por la sentencia del Tribunal  Constitucional de 8 de septiembre de 2006 que ordenó que el Consejo Nacional  de la Magistratura dicte una nueva resolución debidamente motivada, en uso de  las facultades previstas por los artículos 154° inciso 3 de la Constitución Política, 31° numeral 2, 32° y 34° de la Ley 26397, y 35° del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo, y estando a lo acordado por unanimidad de  Consejeros votantes, en sesión de 22 de marzo de 2007, con la abstención de los señores Consejeros Edmundo Peláez Bardales y Aníbal Torres Vásquez; 


SE RESUELVE: 


Artículo Primero.- Dar por concluido el proceso disciplinario e imponer la  sanción de destitución al Vocal Superior Titular de la Corte Superior de Justicia  de Puno, doctor Manuel León Quintanilla Chacón, por su actuación como Vocal  Supremo en la expedición de la resolución s/n de 14 de abril de 2004, por los 


fundamentos expuestos en la parte considerativa. 


  Artículo Segundo.- Disponer la cancelación de los títulos y todo otro  nombramiento otorgado al magistrado destituido, inscribiéndose la medida en el  registro personal, debiendo asimismo comunicarse al señor Presidente de la  Corte Suprema de Justicia y a la señora Fiscal de la Nación, y publicarse la 


presente resolución, una vez que quede consentida. 


Regístrese y comuníquese. 


MAXIMILIANO CARDENAS DIAZ CARLOS MANSILLA GARDELLA 


 FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR EDWIN VEGAS GALLO EFRAIN ANAYA CARDENAS


http://www.larepublica.pe/05-12-2011/puno-intentaron-quemar-fiscales-y-policias-en-la-rinconada


SABE EL SR. GARCIA PERO SE CALLA DE QUE EN PUNO TRABAJA EL SR. MANUEL QUINTANILLA CHACON VOCAL CORRUPTO DESTITUIDO DE LA CORTE SUPREMA POR HABER REVISADO UNA SENTENCIA CONSENTIDA Y A CAMBIO DE UNA MILLONADA DE DOLARES? PORQUE LOS RATIFICARON EN LA EVALUACION REALIZADA POR EL Y SU SEQUITO DE INCOMPETENTES? 




El Consejo Nacional de la Magistratura ante la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en el Expediente N°04492-2008-PA/TC, que ordena la reincorporación del doctor Manuel Quintanilla Chacón en el cargo de Vocal Superior de Puno, expresa lo siguiente:


1. El Dr. Manuel Quintanilla Chacón, en su actuación como Vocal Supremo Provisional, junto con otros magistrados, mediante resolución del 14 de abril de 2004, anuló una sentencia fuera de los mecanismos expresamente contemplados en la ley, la misma que había adquirido la calidad de cosa juzgada, este accionar fue considerado como falta grave por vulnerar la seguridad jurídica que el Estado está en la obligación de garantizar, con este tipo de conductas se trasgrede el grado de certeza y estabilidad que tienen las sentencias expedidas en última y definitiva instancia; motivo por el cual el Consejo Nacional de la Magistratura le impuso la sanción de destitución.


2. El Tribunal Constitucional con el voto de cuatro de sus integrantes, contraviniendo la Constitución Política del Perú, el Código Procesal Constitucional, las normas que rigen su actuación y su propia jurisprudencia, ha emitido sentencia disponiendo la reincorporación del Dr. Manuel Quintanilla Chacón en el cargo de Vocal Superior de la Corte Superior de Justicia de Puno; invadiendo la competencia exclusiva del CNM otorgada por la Constitución para imponer la sanción de destitución a los Vocales de la Corte Suprema (articulo 154° inciso 3). 


3. La sentencia del Tribunal Constitucional, además, ha incurrido en contradicciones con anteriores fallos similares al del Dr. Quintanilla Chacón como en el Expediente N°0896-2008-PA/TC (Caso Walde Jáuregui), y Expediente N° 05400-2007-PA/TC (Caso Balcázar Zelada); donde expresamente reconoció que carece de competencia cuando se cuestiona el sentido de las resoluciones del CNM.


4. En la sentencia, materia de nuestro pronunciamiento, el Tribunal Constitucional desarrolla en su parte considerativa argumentos conducentes a inferir que al haberse determinado la existencia de inconducta, el CNM aplique el principio de proporcionalidad y proponga la imposición de una sanción menor, sin embargo en su parte resolutiva contradictoriamente dispone la reincorporación del magistrado trasgrediendo su propio criterio establecido en anteriores fallos, en los que ordenaba se emita nueva resolución motivada, conforme lo han expresado en sus votos singulares su Presidente Dr. Juan Vergara Gotelli y el magistrado Fernando Calle Hayen, quienes no obstante también suscriben la sentencia en mayoría.


El Consejo Nacional de la Magistratura, ha presentado un escrito de aclaración ante el Tribunal Constitucional; sin embargo, no puede dejar de señalar esta actitud permanente del Tribunal Constitucional de invadir los fueros de otras instituciones constitucionalmente autónomas y reitera su compromiso de seguir trabajando por el fortalecimiento del sistema de administración de justicia, nombrando y ratificando a jueces y fiscales probos y eficientes y destituyendo a los que trasgredan sus responsabilidades, velando siempre por el respeto irrestricto al debido proceso y por la protección del interés público constituido por la búsqueda de una magistratura que responda a las expectativas ciudadanas.


Lima 06 de mayo de 2010


Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura


2.10.- SE PUEDE LEER EN ESTOS LINKS  LOS GRAVISIMOS  ACTOS DE CORRUPCION DE LA


EXTREMADAMENTECORRUPTAMERCEDESDOLORESGOMEZMARCHISIO


EXTREMADAMENTE CORRUPTA MAGISTRADA MERCEDES DOLORES GOMEZ MARCHISIO POR LO QUE SERIA INMORAL Y DELICTIVA LA RATIFICACION DE ESTA MALA  MAGISTRADA 


http://geronimoinca.blogspot.com/2009_01_01_archive.htmlEL ESCEPTICISMO Y EL MIEDO ATIZA LA CORRUPCIÓN EN EL PODER JUDICIAL


El poder le da libertad al corrupto y, en su lugar, introduce el miedo en los jueces honestos o en aquellos que pretenden cambiar el status quo; entonces, prefieren sacrificar la dignidad que no es la muerte ni el sacrificio, sino la humillación.



EL ESCEPTICISMO Y EL MIEDO ATIZA LA CORRUPCIÓN EN EL PODER JUDICIAL


La leña que atiza la corrupción es el escepticismo y el miedo de los que tienen menor jerarquía en el poder o de los litigantes cuando ven que no pasa nada ante las quejas o denuncias contra los magistrados y más bien ascienden o son nombrados para puestos de responsabilidad , no obstante las numerosas quejas o denuncias que tienen en la ODICMA o en la OCMA , muchas de las cuales es por signos exteriores de riqueza o desbalance patrimonial cuando no pueden justifican con su sueldo los magistrados las “casitas” o “carritos” vistasos sos el sueldo que ganan como tales .

El ascenso de los corruptos en el Poder Judicial o en otras instituciones del Estado no tiene justificación , pero sí una explicación .

Cuando nos enteramos que un juez , vocal o fiscal ha sido promovido no obstante que sabemos que es un corrupto, podemos llegar al extremo del escepticismo hamletiano[1] o coloca a los jueces honrados al borde del miedo y cerrando los ojos a la realidad , prefieren la estabilidad laboral, no complicarse la vida y dejar hacer o dejar pasar .

Total , piensan, ninguna institución y país del mundo se encuentra inmune a la enfermedad de la corrupción, la corrupción nos roba a todos( Gaviria)[2], roba a los gobiernos su legitima función , a las empresas su capacidad para competir en el mercado con igualdad; a los ciudadanos sus recursos y derechos y al comercio internacional , su equilibrio y transparencia, el Perú es una sociedad con viejas carencias materiales, afectivas, éticas y espirituales, reproduce y eleva la corrupción a la categoría de modus vivendi y él no va a solucionar un problema milenario de la noche a la mañana; entonces, entra al círculo vicioso y todo sigue igual , el corrupto ascendiendo n la escala social y labora y el no corrupto, presos de sus propio miedos y volviéndose cada vez más escéptico .

Esta perniciosa costumbre no es fácil alterarla. Los pocos magistrados honrados optan por retraerse y ritualmente contribuyen omisivamente a la propagación de los sistema circulares y expansivos de la corrupción funcional , entendida ésta no sólo circunscrita a la figura de cohecho.

Hace poco me llegó una notificación judicial sobre la apelación de un Hábeas Corpus contra el bisoño juez suplente del 17 Juzgado Penal de Lima que está loco por sentenciarme, primero quería darme prisión efectiva con prensa y todo , paga satisfacción del hombrecillo que le dio una entrevista al Perro del Hortelano , ahora ha cambiado por tres años de pena condicional y una reparación civil de ochenta mil nuevos soles , porque seguro que alguien le dijo que en este tipo de delitos ( querellas por difamación por medio de prensa) como no llega a ser sancionado con más de cuatro años, no tiene prisión efectiva, no cometas la burrada que hizo la jueza en el Caso magali.

La Cuarta Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos en Cárcel se iba avocar al conocimiento del hábeas corpus que había sido declarado infundado por la juez constitucional del 18° Juzgado Penal de Lima y como vocal figuraba los apellidos GOMEZ MARCHISIO. ( son tres vocales superiores) .

Con sorpresa y preocupación, centré la atención en estos apellidos( GOMEZ MARCHISIO), logrando “descifrar” – porque uno tiene que ser adivino de qué vocales se trata ya que es costumbre colocar en la parte superior del proveído los apellidos de los tres vocales - que se trataba de la doctora Mercedes Dolores Gómez Marchisio , cuyo nombre recuerdo bien por un problema que tuve en el año 2006 que motivó que le presente una queja y denuncia por el delito de Prevaricato, ante la OCMA y el Ministerio Público , respectivamente.

Hoy es una flamante vocal superior provisional de una sala penal y las quejas y denuncias quedaron, claro está, todas fueron declaradas improcedentes como es natural porque “Otorongo no come Otorongo “ y sus errores, equivocaciones, negligencias, conductas funcional irregular, signos exteriores de riqueza, quedaron atrás .

El प्रोब्लेम con ella fue cuando se desempeñaba como juez del 16° Juzgado Penal de Lima y en su judicatura se estaba ventilando un caso de enriquecimiento ilícito contra Ketin Vidal y compañía.

Se le había investigado por haber adquirido entre los años 1995-1997 unas cuantas casitas a través de un testaferro, sujeto que lo denunció públicamente ante la prensa porque le tenía una arruguita de 15 mil dólares y no le pagaba.

Cuando uno se entera de que una juez que había estado denunciada, quejada hasta la coronilla y tiene mala imagen, asciende y se coloca en un puesto expectante como vocal superior, uno entra en escepticismo hamletiano y seguro que muchos colegas suyos, de menor jerarquía, que saben lo que es, porque en el Poder Judicial todos se conocen, que fue duramente cuestionada, al verla ascender en los peldaños en el poder , cogen miedo , ese miedo que conlleva la perdida de la dignidad .

El poder que le da libertad al corrupto y en su lugar, introduce el miedo en los jueces honestos o en aquellos que pretenden cambiar el status quo. Entonces, prefieren sacrificar la dignidad . No es la muerte ni el sacrificio, sino la humillación.

El poder es , paradójicamente , el pantanal profundo del miedo . ¡Ojalá que algún día se acabe con el miedo y los corruptos en el Poder Judicial!

Entonces, es predecible, por más esfuerzo o informe oral o informe escrito que haga que nunca iba a poder esperar algo justo o positivo para lo que estaba pidiendo o tratando de lograr con el habeas corpus .

Aún tengo la memoria fresca para recordar y escribir los hechos que motivaron que presente una queja de hecho ante la OCMA contra la juez del 16° Juzgado Penal de Lima doctora Mercedes Dolores Gómez Marchisio ) en el año 2006 y un denuncia por prevaricado ante el inefable Dr. José Fernando Timarchi Meléndez, Fiscal Superior Titular , Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Lima, quien como es habitual, resolvió con Resolución N° 502-2006-C.I. Lima declarar no ha lugar abrir investigación fiscal en la denuncia que había interpuesto por delito de prevaricato , disponiendo el archivo definitivo.

Más tarde supe que otros agraviados también la habían quejado ante la OCMA por desbalance patrimonial (presentar signos exteriores de riqueza o adquirir bienes muebles e inmuebles a través de terceros que no se justificaba con el sueldo que ganaba como magistrado).

¡Qué horror¡ ¡Qué asco!

En la primera semana de marzo del 2006, en las afueras del edificio donde vivo, de manera subrepticia, un taxista que no quiso identificarse, dejó un sobre Manila dirigido a mi persona que contenía la copia fotostática de una resolución judicial de fecha 28 de febrero, firmada por la doctora Mercedes Dolores Gómez Marchisio . Al abrir el sobre , encontré la copia fotostática de la resolución judicial con las siguientes frases :

“¡Qué horror! ¡qué asco! Dra. Mercedes Gómez Marchisio, el flamente y corrupto Ketin Vidal y todos sus familiares , testaferro incluido, Sósimo Acuña , fueron beneficiado , la pita se rompió por el lado más débil como siempre sucede en el Poder Judicial , la ex secretaria y su esposo hasta el cuello. Felicitaciones y provecho, Dra. Mechita , juez del 16 JIL. Felices Vacaciones.
¿ Quién fue el misterioroso personaje que dejó el sobre en mi casa? ¿ Cómo consiguió la copia de la resolución judicial antes que salga a conocimientos de las partes?


Misterio. 

Creo que quedará en el anonimato la identidad de estos misteriosos personajes que dejó en sobre en mi casa. Puede ser uno de los que viven presa del miedo que infunde todavía el hombrecillo que le dio una entrevista al Perro del Hortelano.

Lo primero que hice fue pedirle a la juez copia certificada de la resolución judicial que tenía su firma , pero no la del secretario, lo que resultaba bastante sospechosos.

El 2 de abril, presenté ante la Juez del 16 JPL un escrito solicitandole copia certificada de la resolución judicial que había expedido el 28 de febrero.

Sabía que nunca me iba a contestar, pero mi intención era ponerla entre la espada y la pared.

En el pedido le adjuntaba copia de la resolución y me enfrasqué en analizar su contenido para resaltar los errores, omisiones y falacias que había cometido. Pocas veces tenemos la oportunidad de tener una resolución judicial en nuestras manos para analizarla, ojala que todas las resoluciones , algún día, se pongan en la WEB para conocimiento de los interesados o la transparencia en los juicios .

En vista de que no era parte en el proceso, mi pedido se amparaba en la Legitimatio Ad Causan( en el 17° JPL ya se estaba ventilando dos procesos en mi contra por presunto delito de Difamación Agravada donde el recurrente figura como querellado y como querellantes , Antonio Ketin VIDAL HERRERA (Expediente Nº 459-04) y Laura Lucrecia ZAVALLA CHUMBIAUCA (Expediente Nº 651-04). Ambos expedientes habían llegado de manera extraña al mismo juzgado . Considero que no fue por arte de magia.

Perdí la querella contra “Laurita” porque tuve que pagar mi noviciado como abogado.

A nadie le deseo que sea abogado de sus propias causas. El primer error es el último.

La intención que tenía al pedirle copia de la resolución a la juez era comprobar si la copia de la resolución que me había dejado subrepticiamente el misterioso personaje, era similar en cuanto al fondo y forma de la resolución judicial que iba a emitir la juez y que tenía como fecha el 28 de febrero 2006.

Como era de esperarse, el 11 de abril, la juez me devuelve el escrito que había presentado , sin cargo y sin darme ninguna explicación .

Como decir : “este está huevón, no es parte en el proceso , porqué tengo que darle explicaciones”.

La negativa me confirmó algo que sospechaba: la resolución judicial era cierta y constituía lo que se conoce en jerga judicial :” indicio razonable”, aunque muchos magistrados o fiscales no sepan qué significa , pero suena bien, porque nunca han oído lo que es Criminalistica, la ciencia y el arte de hacer hablar a los indicios .

Como indicio razonable, el documento que dejaron en mi domicilio era copia fiel de la resolución judicial firmada por la Juez el 28 de febrero 2006, la misma que todavía no había sido hecho de conocimiento formal a las partes y que tenía relación con el Expediente Nº 217-2004 (Enriquecimiento Ilícito - Ketin Vidal y otros) en donde exculpaba de polvo y paja a este sujeto y hoy, expone ante tirios y troyanos, esta resolución como un certificado de buena conducta.

QUEJA ANTE LA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRADURA


Amparado en los artículos 102° y. 105° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el 13 de abril presenté queja contra la Dra. Mercedes Gálvez Marchissio, Juez del 16° Juzgado Penal de Lima ante la Oficina Distrital de Control de la Magistratura que gerencia el Dr. José Fernando Timarchi Meléndez, Fiscal Superior Titular.


Puedo dar fe de este fiscal cuando lo conocí en los tiempos aciagos de la lucha contra el terrorismo que era valiente, sagaz, astuto, trabajador, honesto, pero ahora, es un remedo de lo que fue y presentar denuncias es como “gastar pólvora en gallinazo”.

Los años y el poder lo han vuelto timorato o muy cauteloso, pero hasta ahora no conozco o haya escuchado que ha puesto la mano firme para firmar resoluciones o dictámenes contra la corrupción . Se le pasea el alma.

La queja , por conducta funcional irregular y falta de idoneidad , la presenté ante el Vocal de la Corte Superior de la ODICMA , cuya sede está en el décimo piso del edificio Almenara ( ex Ministerio de Educación). Es también “ gastar pólvora en gallinazo” porque existe un espíritu de cuerpo tan fuerte en el Poder Judicial que ya quisieran tener este espíritu las mafias sicilianas.

En la queja , denuncia y el análisis que hice de la resolución judicial , señalaba que los elementos configurativos de la conducta irregular, falta de idoneidad y capacidad de la magistrado del 16° JPL se evidenciaban por lo siguientes detalles :

RESOLUCIONES DE PLANTILLAS CON FALSOS RAZONAMIENTOS Y ERRORES DE LAPSU CALAMI

- En la sustentación de la decisión de no abrirse instrucción a Ketin Vidal y compañía por el delito de enriquecimiento ilícito ( habría comprado varios inmuebles por un valor de medio millón de dólares a través de testaferros) incurrió en Lapsu Calami cuando se refiere a que “se tiene de acuerdo al informe CEAF - SBS Nº 096, que el denunciado Vidal herrera entre los años mil novecientos noventa al dos mil dos, reporta un ingreso total de 768,897 nuevos soles, lo que le habría permitido con facilidad adquirir los vehículos antes indicados” o confundir el pago de US $ 50,000 dólares por US $ 150,000 dólares americanos cuando adquiere el inmueble ubicado en la Calle Las Garzas N° 290 de la Urbanización Corpac – Distrito San Isidro.

- Cuando se refiere a “vehículos” en vez de “inmuebles “ o confundir el pago de US$ 50,000 dólares por US$ 150,000 dólares americanos (fundamento cuatro) cometió errores substanciales que son causales de nulidad , pero también , deja entrever que la juez no ha leído bien el expediente ni la resolución judicial antes de emitirla, lo que se deduce que es una resolución de “plantilla” .Sólo firmó sin darse cuenta de lo que estaba firmando.

- Expidió una resolución favorable al denunciado Ketin VIDAL y cometió una falacia cuando se refiere a que “de acuerdo al Informe CEAF –SBS- Nº 096, el denunciado entre los años mil novecientos noventa al dos mil dos, reportó un ingreso total de 768,897 Nuevos Soles, lo que le habría permitido con facilidad adquirir los vehículos antes indicados”.

- A todas luces , el razonamiento que utiliza la juez es falso y favorable al investigado y es bastante confuso cuando lanza la probabilidad que el denunciado Ketin Vidal había tenido ingresos suficientes entre los años 1990-2002 que le hubiese permitido adquirir los inmuebles cuestionados. El Enriquecimiento ilícito o desbalance patrimonial es por $ 507,000.00, suma utilizada en la compra de cuatro inmuebles a través de testaferros.

- Manifiestamente, la juez no tomó en cuenta que los inmuebles fueron adquiridos entre 1995 al 2000 y que si Ketin Vidal hubiese ahorrado el dinero que recibía por sueldo como General PNP , desde 1990 hasta agosto del 2000 ( un año antes que sea ministro del Interior) período donde tuvo sus mayores ingresos , no hubiese podido adquirir los cuatro inmuebles.

- La falacia se presenta cuando la juez menciona que el ingreso total del denunciado (S/ 768,897 nuevos soles ) le habría permitido la posibilidad de adquirir con facilidad los cuatro inmuebles. La juez toma en cuenta doce años (1990-2002), tiempo bastante largo e impreciso, más aún, cuando el Informe CEAF-SBS Nº 096 del 13 de febrero del 2003 elaborado por la Contraloría de la República refiere que los ingreso en el periodo 1990-2002 fue por un total de S/ 768,897, aproximadamente y que en los años 2000 y 2001 , fueron los años donde mayores ingresos obtuvo provenientes de su cargo de Ministro del interior . En el año 2000, Ketin Vidal tuvo un ingreso de S/117,693 y en el 2001, S/ 321,833. La juez no apreció que los inmuebles de investigación por Enriquecimiento Ilícito se adquirieron entre abril de 1995 y agosto del 2000, cuando aún no era ministro del Interior.

- La Investigación Nº 163-2001 de la Fiscalía de la Nación también deduce que durante el periodo de 1990 a 1997, Ketin Vidal tuvo un ingreso de S/107,431 y que para comprar los dos inmuebles durante los años de 1995 y 1997, invirtió la friolera suma de S/ 370,500 nuevos soles.

- Por lo tanto, se advierte que los egresos del investigado resultaban superiores a sus ingresos regulares, lo que evidenciaba un desbalance patrimonial, aunado a ello que entre los meses de junio de 1998 a mayo del 2000; es decir, durante dos años, no utilizó sus cuentas de ahorros del Banco de la Nación. La Fiscalía no pudo determinar cómo es que subvencionaba sus gastos de su alimentación, educación de su familia; más aún, si había afirmado que no tenía otro ingreso, coligiendo que también había cometido enriquecimiento ilícito en este extremo.

- La Fiscal que investigó el caso, refirió que en el año de 1998, con su sueldo de general en retiro y el pago de su liquidación por retiro , con las justas llegó a recibir un total de S/ 66,388. Si se sumaba la cantidad de dinero que recibió en los años de 1990 hasta 1995 (21 de abril de 1995 se compra el primer inmueble en Tasso pagando en efectivo la suma de US $ 147,000 dólares americanos), recibió en total la suma de S/ 47,942 Nuevos Soles que no le alcanzaría para comprar un solo inmueble, así hubiese ahorrado durante cinco años su sueldo para comprar dicha casa.

- La juez cita hechos falsos y se parcializa en cuanto a las testimoniales, tal como se evidencia en el fundamento dos cuando mencionó “con respecto al inmueble ubicado en la Calle Tasso Nº 285-San Borja“ del informe CEAF-SBS Nº 096, se tiene que el inmueble fue adquirido en un primer momento por Wilfredo Nuñez Reynoso en mayo de 1995 por US $ 90 mil dólares americanos a nombre de su hijo denunciado Robert Nuñez Schimitt, luego fue cedido al denunciado Antonio Ketin Vidal Herrera en forma gratuita para que la ocupe como vivienda (donde efectivamente vive).

- La juez se refiere en la resolución judicial que exculpa a Ketin Vidal que el denunciado Nuñez Reynoso, quien por transferencia ficticia puso el inmueble a su propio nombre en marzo de 1998 y luego, para evitar embargos que tenia su Empresa Mundo Gráfico , lo transfiere en venta ficticia a su codenunciado Fredy Vidal Dávila , en marzo del 2000, es decir, solo US $ 90 mil dólares pagados son reales y el inmueble pertenece a Wilfredo Nuñez Reynoso (según su propìa declaración) y no a Fredy Vidal Dávila”.

- Basa su análisis en la versión de Wilfredo Nuñez Reynoso, sin tomar en cuenta la investigación que hizo el Ministerio Público en el sentido de que no existe documento alguno que acredite que el dinero con que se pagó la compra de la casa provenga del Banco Nuevo Mundo ni mucho menos de la cuenta de la mencionada empresa, es más, el hijo de Wilfredo Núñez Reynoso, con quien dirigía y administraba los destinos de la empresa Mundo Gráfico, ha señalado que desconocía de donde obtuvo su padre el dinero lo que pone en evidencia de que dicho dinero no era de su peculio ni de la mencionada empresa sino que había sido proporcionado por el investigado Ketin Vidal Herrera para la compra del inmueble y que el trámite requirió la participación de Zócimo Venturo Acuña Ramírez, Wilfredo Nuñez Reynoso y Roberth Nuñez Schmitt, para realizar la operación de compraventa a nombre de este último con la única finalidad de ocultar la procedencia del dinero.

- La realidad es que Ketin Vidal no quería aparecer como persona adinerada y conviene con su presunto primo Adolfo Nuñez Reinoso una estrategia para comprar este inmueble. Ambos nacieron en Huacrachuco - Huánuco, y vivieron juntos durante su infancia, lo cual devino en el tratamiento de “primos” , aunque nunca lo fueron por línea familiar. Hasta hoy, ambos mantienen una relación amical reconocida por propios y extraños. Ketin Vidal es compadre de Nuñez Reynoso, en razón de haber sido padrino de confirmación del hijo de éste, Robert Alexander Nuñez Schmitt.

- Es así que cuando Vidal fue pasado al retiro por “reorganización institucional“ (1995), de inmediato, al día siguiente, ingresó a trabajar en la Empresa Editora Mundo Gráfico de la cual era dueño su primo Adolfo Nuñez; posteriormente, la amistad se estrecha cuando Ketin Vidal, adquiere un situación expectante en la Policía Nacional al reingresar e irse a trabajar como segundo jefe de la DINCOTE. Se comenta que Nuñez Reynoso le proporcionó una tarjeta de crédito que era pagada por Mundo Gráfico S.A. Empresa Editora (RUC. 10027772- ubicada en la Calle K- S/N Manzana P-Lote 14-15 en Industrial Santa Rosa Ate) con certificado Nº 0004563 de la Municipalidad de Ate.

- Con fecha 21 de abril de 1995, Ketin Vidal adquiere el inmueble ubicado en la Calle Tasso Nº 285-San Borja por intermedio del testaferro Zócimo Venturo Acuña Ramírez por $ 147,000 dólares. En la minuta se consigna $ 90,000 dólares. La hija (Ursula Pardo Figueroa) de la dueña del inmueble, dio su testimonio en la TV cuando lo estaban entrevistando a Ketin Vidal, manifestando que Ketin Vidal llegó un día con un maletín conteniendo $ 150 mil dólares, para comprar una casa a $ 147,000 dólares, motivo por el cual, su mamá le devolvió los dólares que sobraban.

Ni como negarse porque es una persona pública. Todos se quedaron sorprendidos.


OBVIÓ LA INVESTIGACION FISCAL Y EL TESTIMONIO CLAVE DE TESTAFERRO

- La fiscal que investigó el caso encontró “indicios razonables” para establecer que fue Ketin Vidal Herrera quien compró el inmueble de Tasso y no su paisano Wilfredo Nuñez Reynoso, el 21 de abril de 1995, por los siguientes detalles: Ketin Vidal participó en la transacción ante los propietarios del inmueble (Víctor Hugo Cieza Farro y su esposa, entregando US$ 20,000 dólares americanos en arras y US$ 127,000 dólares en efectivo y por sugerencia de su amigo Nuñez Reynoso. El inmueble se adquiere a nombre de Robert Alexander Nuñez Schmtt (23) y su cónyuge Gloria Sofia Chavez León, a pedido del propio Antonio Ketin Vidal Herrera. Se realiza la transacción en la Notaria Espinoza Garreta, luego transfieren la propiedad a nombre de Wilfredo Adolfo Nuñez Reynoso y Roswitha Schitt Schweikert, para posteriormente, con fecha 16 de marzo del 2000, volverlo a transferir a nombre de su primo Fredy Efraín Vidal Dávila.

- Gloria Chávez León manifestó ante la Fiscalía que Antonio Vidal Herrera estuvo presente durante los trámites efectuados en la Notaria Espinoza Garreta para la transferencia de la propiedad. Se prepararon en total 21 minutas, de las cuales tres eran a nombre de los esposos Vidal Herrera y 18 a nombre de Roberth Alexander Nuñez Sthmitt y esposa. En la Notaria Espinoza ingresaron dos juegos de minutas por US$ 90,000 dólares americanos.

-La juez cita hechos falsos, se parcializa y no toma en cuenta pruebas existentes tales como el Informe Financiero SBS Nº 099, que obra a folios 7,206-207 elaborado por el Comité Especial de Análisis Financiero de la Superintendencia de Banca y Seguros que se menciona en la Investigación Nº 163-2001 de la Fiscalía de la Nación, tal como se evidencia en el fundamento tres cuando se refiere a que “no existe suficientes elementos para señalar quien es el verdadero propietario del inmueble ni el origen de los fondos para la adquisición del inmueble toda vez que no se cuenta con la declaración del denunciado Fredy Efraín Vidal Dávila y además, no se ha establecido preliminarmente su capacidad económica”.

- No toma en cuenta la declaración de Randolfph José Acuña Pérez, incluso fue dada en TV, en el sentido que la transferencia fue ficticia hacia Fredy Vidal, manifestando que de igual manera él sólo prestó su nombre para adquirir el inmueble de la Calle Augusto Gonzales Olaechea, Nº 1529-1535 o lote 25-N-1, Urbanización Elio-Cercado de Lima, en 1997, por pedido de su padre Zócimo Venturo Acuña Ramirez quien a su vez manifiesta que actuaba por encargo del denunciado Antonio Ketin Vidal Herrera, pagando por dicho inmueble la suma de US$ 60 mil dólares al contado.

- Su análisis se basa sólo en el Informe CEAF-SBS Nº 096 elaborado por el Comité Especial de Análisis Financiero de la Superintendencia de Banca y Seguros que se menciona en la Investigación Nº 163-2001 de la Fiscalía de la Nación (se refiere exclusivamente a Ketin Vidal) y no toma en cuenta el Informe Financiero SBS Nº 099, que obraba a folios 7,206-207, elaborado también por el Comité Especial de Análisis Financiero de la Superintendencia de Banca y Seguros que se menciona en la Investigación Nº 163-2001 de la Fiscalía de la Nación (este informe se refiere a los otros, entre los que está, Fredy Efraín Vidal Dávila ) , motivo por el cual deduce hechos que no están sustentados debidamente cuando dice :“no existe suficientes elementos para señalar quien es el verdadero propietario del inmueble ni el origen de los fondos para la adquisición del inmueble toda vez que no se cuenta con la declaración del denunciado Fredy Efraín Vidal Dávila ; además, no se ha establecido preliminarmente su capacidad económica, de donde se desprende que el sistema financiero no ha reportado cuentas a su nombre (Fredy Efraín Vidal Dávila) que demuestre que éste tenía fondos disponibles para adquirir un inmueble”.

- El Informe de Investigación Nº 163-2001 (31 de mayo del 2004) del Ministerio Público hizo mención al Informe Financiero SBS número cero noventa y nueve, obrante a folios 7,2076-7, elaborado por el Comité Especial de Análisis Financiero de la Superintendencia de Banca y Seguros de donde se desprende que el sistema financiero no había reportado cuentas bancarias a nombre de Fredy Efraín Vidal Dávila que demuestre que éste tenía fondos disponibles para adquirir un inmueble, con lo que se evidencia que en forma consciente participó como comprador de dichos inmuebles con la única finalidad de favorecer a Antonio Ketin Vidal Herrera, quien se habría valido del cargo de Inspector General y Director General de la Policía Nacional para incrementar ilícitamente su patrimonio, para lo cual utilizó en forma tendenciosa a terceros, orientados fines personales irregulares. Asimismo, basa su apreciación sólo en la manifestación que dio en la Fiscalía la primera propietaria, Betty Abarca Viuda de Guerra, en el sentido que el inmueble fue vendido al Señor Zócimo Acuña, quien se presentó como corredor de inmuebles y pagó al contado, sin tomar en cuenta la versión de éste , el mismo que en su manifestación ante la Fiscalía de la Nación refirió que el 3 de diciembre de 1997 participó por indicación de Antonio Vidal Herrera en la compra del inmueble de la Calle Augusto Gonzales Olaechea 1535- Urbanización Elio Nº 1535 o Lote 25,Manzana N-1, de la Urbanización Elio, pagando la suma de $ 70 mil dólares. En la minuta coloca como comprador a su hijo, Rhandolfp José Acuña Pérez (20 años), a pedido de Ketin Vidal (escritura pública ) y con fecha 27 de octubre 2000, levanta una escritura pública y se transfiere a nombre de Fredy Efraín Vidal Dávila (Notaria Tambini), por exigencia de Antonio Ketin Vidal.

- Como le tenía una deuda al testaferro, éste amenaza a Ketin Vidal de hipotecar la casa para cobrarse la deuda y Luz María Greco Portocarrero, quien también está comprendida en la denuncia fiscal, la misma que aparecía en la lista de DINCOTE pero según dicen, nunca iba a trabajar, llama a Vidal y éste se presenta con el comandante Ausejo , presionando a Zócimo Venturo para que realice la transferencia. El Hijo de Ventura Acuña, entrevistado por el periodista Miguel Zegarra, reconoce que había sido utilizado para comprar dicha casa.

- La Juez no toma en cuenta que Rhandolfp Acuña Perez, aceptó en su manifestación ante la Fiscalía de la Nación y en la TV (Panorama), haber participado como comprador para favorecer a Antonio Vidal Herrera, señalando que los trámites de la compraventa la realizó su padre, agregando que posteriormente transfirió la propiedad a nombre de Fredy Efraín Vidal Dávila por expresa indicación de Antonio Vidal Herrera y que la misma la realizó bajo amenaza y no recibió ninguna suma de dinero por la transferencia.

- Comete el prejuicio de descartar de plano la manifestación del testaferro Venturo Acuña cuando menciona que “sólo existe su imputación subjetiva el cual debe tomarse con las reservas del caso”, violando el principio de responsabilidad que se menciona en el título preliminar del código penal, Art. VII cuando se refiere en el fundamento cuatro : “Tampoco aparecen suficientes elementos de juicio reveladores que indiquen que el denunciado Vidal Herrera sea el verdadero propietario de los inmuebles ubicados en la calle Las garzas Nº 290 de la Urbanización Corpac del distrito de San Isidro en la Calle 39, Nº 227 o Lote 2, Manzana C-4, San Borja, pues estos aparecen como de propiedad de las empresas Constructores Andinos S.A.C. e Ingeniería, Servicios y Asesoría S.A.C. y sólo se tiene la imputación subjetiva de su codenunciado Zócimo Acuña Ramírez , lo cual debe tomarse con las reservas del caso, pues a fojas 1,290 se había recibido la declaración de Jaime Villareal Tarazona, Gerente General de Constructores Andinos S.A.C , quien afirmaba que su representada había adquirido un inmueble ubicado en la Calle Las Garzas Nº 290 de la Urb. Corpac del Distrito de San Isidro por un valor de US $ 50,000 mil dólares en efectivo, así como otros inmuebles con un préstamo del Ingeniero Arturo Melgarejo mediante un contrato de asociación y participación, pero que al no pode pagarle el préstamo, tuvieron que entregarle la propiedad del inmueble, quedando saldada la deuda .

- La juez había rechazado y prejuzgado anteladamente un testigo clave , que gracias a su valiente testimonio se llegó a conocer los entretelones de las adquisiciones de los cuatro inmuebles adquiridos por Ketin Vidal, sin tomar en cuenta que este sujeto al rendir su manifestación indagatoria ante la Fiscalía de la Nación , se había ratificado en las imputaciones que hizo públicamente a través de la Prensa (Panorama) el 10 de marzo del 2002, donde relataba de manera libre y espontánea que los mencionados inmuebles los adquirió para Antonio Ketin Vidal a través de su persona, que el manuscrito y la Carta Notarial que presentó Vidal en copias certificadas fueron redactadas bajo la promesa que le pagaría la comisión que le adeudaba y que ello sucedió luego que de que presentara su carta notarial el 22 de septiembre del 2001.

- Según el testaferro Venturo Acuña, el 29 de marzo del 2000 se adquiere el inmueble ubicado en la Calle Las Garzas Nº 290- Espalda de Petro Perú - San Isidro, a nombre de Constructores Andinos SAC, pagando la suma de $ 150,000 dólares y fue cancelado por Vidal y que esta empresa está integrada por testaferros del entorno del general Ketin Vidal.
-Entonces cabe la siguiente pregunta: ¿ el testaferro Zócimo Venturo Acuña Ramírez compraría una casa valorizada en US $ 150,000 dólares en efectivo para que el general Vidal Herrera , luego la remodela y la utiliza como su oficina personal?

-Se refiere a que la casa de la Calle Las Garzas se compró por un valor de US$ 50,000 dólares en efectivo cuando en realidad fue por US $ 150,000 mil dólares en efectivo. Existe una diferencia de US $ 100,000 dólares, suma bastante significativa, lo que nuevamente evidencia que el A Quo no revisó bien el contenido de la resolución antes de expedirla. En una entrevista a Panorama, Ketin Vidal refirió que la Casa de las Garzas la había alquilado simbólicamente el Ingeniero Arturo Melgarejo Peñaherrera, propietario de la casa y que tiene una empresa con su esposa. En los Registros Públicos Melgarejo no figuraba como dueño sino la empresa A.A,REPRESENTACIONES Y SERVICIOS.

- Pero tampoco aparece como propietario del inmueble porque la dueña es oficialmente la compañía CONSTRUCTORES ANDINOS SAC cuyos accionistas eran Marco DOMINGUEZ, un joven de unos 31 años de edad, que según su ficha de RENIEC con las justas tenía secundaria completa no tenía dirección conocida y el Señor Jaime VILLAREAL TARAZONA.

- La juez, ahora vocal superior de la Cuarta Sala Penal Reos en Cárcel, en ese entonces, demostró falta de idoneidad, capacidad y presunta conducta irregular al omitir instruir un delito que aparece en la denuncia del Ministerio Público , sin tener en cuenta que el delito de enriquecimiento ilícito utiliza modalidades como son los “testaferros” para ocultar a los verdaderos compradores, pagar en efectivo y en dólares, nunca en Cheque de Gerencia para que no queden huellas de movimientos bancarios y elaboran varias minutas para al finar difuminar quienes son los verdaderos dueños y pasar la propiedad a miembros de confianza o de la familia.

-En el fundamento cinco, cuando se refiere al inmueble ubicado en la Calle 39 del distrito de San Borja, acepta la versión del Gerente General de la Empresa INSASER , Wilber Roberto Palma Villa, cuando manifiesta que el inmueble ubicado en la Calle 39 del distrito de San Borja fue comprado por su empresa para construir un programa de vivienda en su totalidad, proyecto que hasta el día de hoy se viene ejecutando y su financiamiento se viene gestionando con diversos bancos.

- El testaferro, Zócimo Venturo Acuña Ramírez, en su manifestación ante la Fiscalía de la Nación refiere que esta casa con piscina fue comprada el 24 de agosto 2000 por el general a nombre de su empresa Constructores Andinos Ingenieros Servicios y Asesora SAC (INSASER SAC), del que figura como su gerente la persona de Wilder Roberto Palma Vila.
- La casa fue comprada después de ocho meses de trato sucesivo pues inicialmente la propietaria Irma Gumercinda Menacho Caballero Viuda de Méndez solicita US$ 290, 000 dólares americanos, pero al final quedaron en US$ 150, 000 dòlares en efectivo.

- El testaferro, Zósimo Ventura refiere que el dinero fue entregado por el mismo General bajo la misma modalidad. En presencia del Notario Oscar Leyton Zárate, cuyas oficinas se encuentran en la Avenida Aramburu, facilitando un ambiente el notario para contar el dinero. El dinero se deposita en el Banco de Crédito, Avenida Pethit Thoars y Avenida Aramburu, pagándose el precio en varias partes. Se le entregó a la vendedora US$ 25,000 para que pague la hipoteca y después el resto en la Notaria. En ambas oportunidades estuvo presente el yerno de la vendedora, el Dr. César Alegre Lavanderi, Fiscal en aquel entonces .

NO MERITUA LOS HECHOS Y LOS DOCUMENTOS EXISTENTES

- Otra evidencia que la juez no había merituado debidamente los hechos y la documentación existente en la investigación indagatoria de la Fiscalía de la Nación , se deduce en su fundamento tres relacionado a la compra del inmueble en la Calle Augusto Gonzales Olaechea, Nº 1529-1535 o lote 25-N-1, Urbanización Elio-Cercado de Lima.

- Refiere que de acuerdo al referido informe CEAF-SBS Nº 096 no se cuenta con la declaración del denunciado Fredy Vidal, siendo ello así , no existe suficientes elementos para señalar quien es el verdadero propietario del inmueble ni el origen de los fondos para la adquisición del inmueble toda vez que no se cuenta con su declaración y además, no se ha establecido preliminarmente su capacidad económica .

- La juez agrega que se vea las conclusiones del Informe CEAS - SBS - 096, pero no hace referencia al Informe CEAS-SBS-099 que obra a folios 7,206-7 del Informe de Investigación de la Fiscalía de la Nación donde se mencionaba que Fredy Efraín Vidal Dávila no había reportado cuentas a su nombre que demuestre que tenía fondos disponibles para adquirir un inmueble, con lo que se evidencia que participó de manera conciente como comprador de dichos inmuebles con la única finalidad de favorecer a Antonio Vidal Herrera.

La investigación de la Fiscalía duró un aproximado de 27 meses, tiempo en que se acumuló valiosa información financiera, se levantó secretos bancarios de los supuestos compradores de los inmuebles, demostrando que no tenían como demostrar el pago; se recogieron más de 40 testimonios, se cruzó información con los Registros Públicos, notarias públicas y finalmente, se llegó a probar que Ketin Vidal era el propietario de las cuatro casas, dos empresas y cuentas bancarias que usaba por medio de terceros donde aparecían un desbalance patrimonial por cerca de un millón de dólares.

Es importante remarcar que el Informe CEAS- SBS- 096, corresponde a la persona de Antonio Vidal Herrera para efectos de brindar un análisis individualizado de dicha persona y éste análisis debió ser apreciado en forma conjunta a la incorporación del informe correspondiente a las demás personas comprendidas en la investigación, tal como sucedió con el Informe CEAS-SBS-099 que hizo mención el Informe de la Fiscalía de la Nación; informe que la Juez omite tomarlo en cuenta, cometiendo un error de apreciación cuando se refiere a Fredy Efraín Vidal Dávila al argumentar que “no existe suficientes elementos para señalar quien es el verdadero propietario del inmueble ni el origen de los fondos para la adquisición del inmueble toda vez que no se cuenta con la declaración del denunciado Fredy Efraín Vidal Dávila y además, no se ha establecido preliminarmente su capacidad económica”.

Según determinó la Fiscalía en la investigación, Fredy Efraín Vidal Dávila era utilizado por Ketin Vidal para las transferencias ficticias de los inmuebles, sin reembolso de dinero en dichas transacciones y cuando estaba seguro de no tener problemas o cuando a partir del año 2000, estando en retiro desde mediados de 1997 y no ejercía cargo público, los inmuebles adquiridos a nombre de Schmitt y Randolfp Acuña Pérez, pasaron a nombre de Efraín Vidal Dávila, familiar y persona de entera confianza Este era un elemento de juicio revelador

Del análisis se desprendía que existían suficientes indicios razonables y elementos de juicios reveladores que ameritaban para que la juez abra instrucción , tomando en cuenta que la investigación fiscal consiste en averiguar todas las circunstancias que rodean la comisión de un hecho punible que sean de importancia para poder establecer en su momento un juicio de valor (imputación) si se puede acusar a determinada persona del mismo o no.

¡Qué horror¡

Han pasado casi tres años de estos hechos, Ketin Vidal ha logrado superar con creces esta denuncia, incluso, ha logrado que se archive , está libre de polvo y paja, mientras ve complacido como la juez de aquel entonces ha ascendido en el poder y ahora está como vocal superior provisional de una Sala Penal ; entonces, los que sabemos y conocemos los prolegómenos de este caso y las quejas y denuncias contra la magistrado , solo podemos decir : ¡ Qué horror!
¡Ojalá que algún día se acabe con el miedo y los corruptos en el Poder Judicial!


[1] Hamletiano.- Adjetivo que hace referencia al personaje central del drama Hamlet de William Shakespeare ( 1564-1616) , símbolo de la duda.

[2] Parte de su mensaje en la ceremonia de la firma de la Convención Interamericana contra la Corrupción por parte de los Estados Unidos en el marco de la XXVI Asamblea General de la OEA.

 


2.11.- SE PUEDE LEER EN ESTOS LINKS  LOS GRAVISIMOS  ACTOS DE CORRUPCION DE LA EXTREMADAMENTE CORRUPTA MAGISTRADA MERCEDES DOLORES GOMEZ MARCHISIO QUIEN ENCUBRIO LOS GRAVES ACTOS DE CORRUPCION QUE OCURRIERON DURANTE LA GESTION DEL  EXTINTO EX ALCADLDE DE LIMA ALBERTO ANDRADE POR LO QUE SERIA INMORAL Y DELICTIVA LA RATIFICACION DE ESTA MALA  MAGISTRADA 


 


 


http://www.slideshare.net/dgpla/poder-judicialparque07-0605




  • 1. SEÑORES DEL PODER JUDICIAL ¿QUE PASO CON ESTE CASO?

  • 2. DESACUMULACION En este expediente supuestamente se han acumulado las investigaciones de las cuatro obras mas grandes de la gestión de Alberto Andrade. En el expediente solo existe tasación elaborada por CONATA de una de las obras Parque Cultural. En la resolución del 16° Juzgado Penal solo se refiere al Parque Cultural. La envergadura de las obras requiere de una tasación y una investigación individual.

  • 3. OBRAS DEL MUNICIPIO DE LIMA CON MAYOR MONTO CONTRATADO Municipalidad Metropolitana de Lima INVERMET ORLANDO CAMINADA EMAPE SA MARIO OCHARAN Z. VICTOR AMPUERO JUAN EGUREN ALBERTO ANDRADE Sobreprecio 14 millones En investigación Sobreprecio 22 millones Parque Cultural de Lima 1998 Construye Intercambio Caquetá 1997 Construye Tercer Carril Panamericana S 1998 Construye Pasos a desnivel Av. Javier Prado 2001 Construye Financia BWL Financia BWL Financia BWS CORPORACIÓN SAGITARIO S.A. S/. 33 MILLONES S/.23 MILLONES S/. 19 MILLONES S/. 85 MILLONES CORPORACIÓN SAGITARIO S.A. CORPORACIÓN SAGITARIO S.A. CORPORACIÓN SAGITARIO S.A.

  • 4. LA DENUNCIA En el segundo semestre del 2002 entre otras inicie una investigación a fondo, sobre indicios de fraude en la ejecución de la obra Parque Cultural de Lima. El primer trimestre del año 2003 presente la denuncia al Ministerio Público derivándose el expediente a la 8va. fiscalia Penal. En esta fiscalia se acumulo a una denuncia anterior del 2001, que había pasado u buen tiempo, por las fiscalías anticorrupción. Desde el año 2002 el Ministerio Público condiciono su pronunciamiento a la elaboración de una tasación por parte de Conata. Para poderse pronunciar el MP necesitaba la tasación.

  • 5. LA TASACIÓN A INICIOS DEL 2004 Conata elabora y entrega una tasación con precios al año 2000. Esta tasación demuestra, la existencia de un perjuicio al Estado de más de 3 millones de soles. Sin embargo, como los precios del contrato son a 1998, al ajustar la tasación a esa fecha, el valor de la obra será menor por tanto la sobre valoración mayor.

  • 6. EL MINISTERIO PÚBLICO Al contar con la tasación que demostraba un perjuicio importante para el municipio, la 8va Fiscalia Provincial Penal formaliza denuncia archivando los extremos que comprometen a Alberto Andrade Carmona Se presenta una queja por los extremos archivados que es declarada fundada por la 8va Fiscalia Superior en lo Penal. La Fiscalia Superior Penal, enmendando al provincial ordena denunciar por los extremos archivados originalmente y ante la evidencia de la tasación, acusa a Andrade Carmona de peculado y colusión desleal

  • 7. EL FRAUDE De acuerdo a la liquidación de Invermet, por la remodelación del Parque Cultural la Municipalidad de Lima (Andrade Carmona) pagó 33 millones 469 mil 156 Soles. La tasación de Conata concluye que la obra con precios al año 2000 debió costar como máximo 30 millones 461 mil 763 Soles. Incluyendo adicionales, mayores metrados y reintegros por alzas en los precios. La tasación evidencia de manera clara, que el monto pagado en exceso por Andrade Carmona para la remodelación del Parque Cultural supera, por lo menos, los 3 millones de soles.

  • 8. EL 16° JUZGADO PENAL La juez penal Dra. Mercedes Gómez Marchisio siendo abogada, se pronuncia como perito de ingeniería “analizando” el fondo de la pericia, desestimándola. Siendo evidente que la juez estaba parcializada con los denunciados, es recusada y se inhibe de seguir conociendo la causa. La resolución de la jueza es apelada y se elevan los actuados a la Primera Sala Penal, expediente Nº 981-04. En este momento llega la formalización de la ampliación de la denuncia penal de la 8va. Fiscalia Provincial Penal de Lima.

  • 9. DRA. GOMEZ MARCHISIO 7 DE JUNIO DEL 2004 CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES DEL ESTADO 24 DE MAYO DEL 2005 INVERMET ACUERDO SGP 085-98 16 DE MARZO DE 1998 Fojas 41,181 Fojas 41,147 Escrito de fecha

  • 10. INFORME COMISION DESTITUIDA Nº 001-98-GVD/JEA/HBB 20 DE FEBRERO DE 1998 INFORME NUEVA COMISION Nº 001-98-CEP-LP.01-98/R.R./R.S./V.R. 20 DE MARZO DE 1998 Fojas 41,137 Fojas 41,150

  • 11. DRA. GOMEZ MARCHISIO 7 DE JUNIO DEL 2004 CONSEJO NACIONAL DE TASACIONES 9 DE MAYO DEL 2005 Fojas 41,183 41,184 Escrito de fecha

  • 12. ING. GUILLERMO VIVANCO PDTE. COMISION DESTITUIDA 27 DE MAYO DE 1998 DRA. GOMEZ MARCHISIO 7 DE JUNIO DEL 2004 Fojas 41,181 Fojas 41,071 41,072

  • 13. DRA. GOMEZ MARCHISIO 7 DE JUNIO DEL 2004 CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES DEL ESTADO 24 DE MAYO DEL 2005 Fojas 41,181 Escrito de fecha

  • 14. CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 01 DE JUNIO DEL 2005 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 14 DE ENERO DEL 2003 DRA. GOMEZ MARCHISIO 7 DE JUNIO DEL 2004 Fojas 41,182 Escrito de fecha

  • 15. 5° JUZGADO PENAL ESPECIALIZADO EN ANTICORRUPCIÓN 27 DE ABRIL DEL 2001 DRA. GOMEZ MARCHISIO 7 DE JUNIO DEL 2004 Fojas 41,183 Escrito de fecha

  • 16. EL 13° JUZGADO PENAL Ante la inhibición de la Dra. Mercedes Gómez Marchisio asume el caso la Dra. María Gutarra Morote. Aun cuando la denuncia ampliatoria del Ministerio Publico se refiere a otros delitos, la Dra. Gutarra Morote plagia la resolución de la Dra. Gómez Marchisio inclusive con errores gramaticales, desestimando igualmente la tasación de Conata con los mismos argumentos “técnicos” de ingeniería argumentados por la Dra. Gómez Marchisio

  • 17. DRA. GOMEZ MARCHISIO 7 DE JUNIO DEL 2004 DRA. GUTARRA MOROTE 12 DE NOVIEMBRE DEL 2004 Fojas 41,179 Fojas 41,412

  • 18. DRA. GUTARRA MOROTE 12 DE NOVIEMBRE DEL 2004 DRA. GOMEZ MARCHISIO 7 DE JUNIO DEL 2004 Fojas 41,180 Fojas 41,412 41,413

  • 19. DRA. GOMEZ MARCHISIO 7 DE JUNIO DEL 2004 DRA. GUTARRA MOROTE 12 DE NOVIEMBRE DEL 2004 Fojas 41,181 Fojas 41,414

  • 20. DRA. GOMEZ MARCHISIO 7 DE JUNIO DEL 2004 DRA. GUTARRA MOROTE 12 DE NOVIEMBRE DEL 2004 Fojas 41,181 Fojas 41,415

  • 21. DRA. GOMEZ MARCHISIO 7 DE JUNIO DEL 2004 DRA. GUTARRA MOROTE 12 DE NOVIEMBRE DEL 2004 Fojas 41,181 Fojas 41,415

  • 22. DRA. GOMEZ MARCHISIO 7 DE JUNIO DEL 2004 DRA. GUTARRA MOROTE 12 DE NOVIEMBRE DEL 2004 Fojas 41,182 Fojas 41,416

  • 23. DRA. GOMEZ MARCHISIO 7 DE JUNIO DEL 2004 DRA. GUTARRA MOROTE 12 DE NOVIEMBRE DEL 2004 Fojas 41,183 41,184 Fojas 41,416 41,417

  • 24. EL FISCAL SUPERIOR No aprobó el examen CNM El Fiscal Superior, Francisco Amoretti Mendoza opina porque se desestime la tasación de Conata. Es otro abogado que opina como ingeniero. Esta opinión es contradictoria con la emitida por el Fiscal Superior que ordeno ampliar la denuncia. En último examen rendido en el Consejo Nacional de la Magistratura el titular de la 3ra. Fiscalia Superior en lo Penal ha obtenido un calificativo de 34.20 puntos de 100 posibles. Si el Fiscal superior tiene conocimientos limitados en derecho, mucho mayor limitación tendrá en sus conocimientos de ingeniería.

  • 25. CONCLUSIONES Las dos magistradas y el Fiscal Superior, cuyas resoluciones son sospechosamente idénticas han emitido argumentos de una sentencia final, sin siquiera haber iniciado el proceso judicial, pronunciándose sobre el fondo del asunto desestimando la tasación. Es muy peligroso que la sala confirme el auto de las magistradas, pues significaría que todos los que roban en obras públicas tendrían libertad e impunidad y los procesos anticorrupción quedarían sin sustento. Si una tasación oficial demuestra que unas obras tienen sobre precio, la investigación necesariamente deberían ser conocida por los juzgados anticorrupción.

  • 26. ¿JUSTICIA? Aquí no hay nada personal. Yo no he inventado la tasación. La tasación afirma CATEGORICAMENTE que hay un sobre precio millonario. Las dos jueces y el fiscal superior, siendo abogados afirman que no, sin otra pericia oficial que merezca debate. Aun si existiese otra pericia contradictoria, necesariamente debe realizarse una investigación judicial. Las cárceles están llenas de personas sin sentencia por haber robado 100 ó 200 soles. Los que roban millones andan libres. Con sólo leer las tres resoluciones que muestro cualquier persona puede darse cuenta que han sido elaboradas por la misma persona.

  • 27. Rafael Ugarte Mauny Rosario Donayre Mavila Marco Antonio Lizarraga Rebaza NUEVOS INTEGRANTES DE SALA


 


http://www.slideshare.net/dgpla/poder-judicialparque07-0605


 


2.11.- SE PUEDE LEER EN ESTOS LINKS  LOS GRAVISIMOS  ACTOS DE CORRUPCION DEL


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EXTREMADAMENTE CORRUPTO MAGISTRADO MASON JORGE HUMBERTO COLMENARES CAVERO CONOCIDO DENTRO DE LA MAFIA MASONICA COMO EL LOCO QUIEN ENCUBRE  LOS GRAVES ACTOS DE CORRUPCION QUE OCURRIERON DURANTE LA GESTION DEL  EX PRESIDENTE REGIONAL HOMERO BURGOS


 


http://www.diariolaprimeraperu.com/online/trujillo/noticia.php?IDnoticia=7492
















Pese a pruebas lo dejan libre. Fiscalía apelará fallo en los próximos días. Solo se sentenció a gerente de Asfall, Roque Castillo Padilla con dos años de prisión suspendida.
Escándalo: Juez absuelve a ex presidente regionalabsuelvea homeroBurgos,Homero Burgos sale librado de denuncia penal.















DETALLE Es preciso señalar que decidimos entrevistar a dicha servidora pública, sin embargo la secretaria del consejo regional, Patricia Cabrera Villarreal, expresó que los servidores están prohibidos de dar declaraciones.

Una inusual resolución que dejó atónito al fiscal del Despacho de Decisión Temprana, Carlos Trelles Romero entregó el juez del octavo juzgado penal, Jorge Colmenares Cavero donde se absuelve de toda culpa al ex presidente regional, Homero Burgos Oliveros por los delitos contra la administración pública en la modalidad de aprovechamiento indebido del cargo y por falsedad genérica.

En la resolución acompañan en la absolución el ex gerente de Infraestructura, Segundo Gallardo, mientras que la sentencia condenatoria si recayó sobre el gerente general de Asfall, Roque Miguel Castillo Padilla por el delito de peculado doloso dándole dos años de pena privativa de la libertad suspendida. Además se le impuso una reparación civil de cinco mil nuevos soles que deberá de abonar a favor del estado, sin perjuicio de cancelar los 150 mil soles, dinero que es por los que el Ministerio Público viene luchando que se devuelva.

Clave
Hay que precisar que el proceso que se le sigue al ex presidente regional es por el tema de no rendir cuentas de 150 mil nuevos soles que fueron derivados desde las arcas de la región a Asfalto y Agregados La Libertad S.A.C. (Asfall). En dicha entidad era el presidente del directorio.


Una vez realizado el desembolso el 3 de octubre del 2006, los representante de Asfall tenían 15 días para rendir cuentas de dichos fondos sin embargo no lo hicieron sino hasta el 26 de diciembre de aquel año con boletas llenadas burdamente. En aquella relación de boletas se justifica pagos para la compra de combustible y demás gastos pero extrañamente todo girado en un solo día; el 12 de octubre del 2006.

Pero todo no queda ahí sino que el restante (unos 43 mil nuevos soles) fueron gastados en pagos a personal, abogados, a la Sunat entre otros. La región devolvió las facturas a fin de que se le pague levante las observaciones, hecho que nunca se produjo.

El dinero desembolsado fue para la construcción del puente Barranca de la carretera costanera, obra que nunca fue ejecutada durante la administración del ex presidente regional y por lo que el Ministerio Público decidió abrir un proceso en la vía penal.

Importante
En comunicación telefónica con La Primera el consejero Alexis Rebaza López señaló que desconoce el tema de Asfall sin embargo sostuvo que el juez Jorge Colmenares Cavero si tiene su esposa laborando en la sede del Gobierno regional, debió inhibirse.

“Es la asesora de la comisión de Infraestructura, Energía y Minas es Rosa Eliana Velásquez San Miguel y entró a laborar en enero de este año. No es mi asesora personal sino de la comisión en general”, dijo de forma tajante.


http://www.diariolaprimeraperu.com/online/trujillo/noticia.php?IDnoticia=7227
















Obra mal hecha por Asfall durante periodo de Homero Burgos perjudicó a la región en 150 mil nuevos soles. Ahora es precandidato aprista.
Este 22 sentencian a ex presidente regional aprista




























Homero Burgos al banquillo.








DETALLEHomero Burgos es actualmente pre candidato al Gobierno regional La Libertad por el Partido Aprista Peruano (PAP), teniendo como adversarios en las internas al propio José Murgia, Martín Sifuentes, Gustavo Pinillos entre otros.


Para este jueves 22 de los corrientes el ex presidente regional, Homero Burgos Oliveros será sentenciado por el juez del Octavo Juzgado Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, Jorge Humberto Colmenares Cavero en una diligencia que empezará a las ocho y treinta de la mañana. La demanda también alcanza a un grupo de ex funcionarios entre los que destaca Segundo Gallardo, ex gerente de Infraestructura. El delito que la fiscalía les viene imputando a ambos funcionarios públicos es el de aprovechamiento indebido del cargo prescrito en el artículo 399 del Código Procesal Penal.


Festín aprista sin control
Según obra en el expediente judicial, dichos funcionarios suscribieron un convenio de ejecución de obras con la empresa pública dependiente del Gobierno Regional; “Asfalto y Agregados La Libertad S.A.C.” (ASFALL) para la ejecución de la obra “Mejoramiento y construcción de la II etapa de la carretera Huanchaco-Santiago de Cao (Puente la Barranca).


Los acusados formaban parte del directorio, y en virtud del cual obligaron al gobierno regional a la entrega de un adelanto equivalente al 50% del monto de la ejecución de obras (S/. 150,000.00) con la sola firma en dicho documento, pese a que no se contaba aun con un expediente técnico aprobado, y resultando por ello imposible su ejecución.

El escrito original del proceso además agrega que posteriormente se aprobó un expediente técnico bajo la modalidad de contrata; no se verificó la existencia previa del expediente técnico, ni se advirtió las garantías mínimas para la utilización de los fondos otorgados como anticipos, lo que generó el abandono posterior de la mencionada obra, perjudicándose económicamente al Gobierno Regional hasta por la suma de S/. 150.00 nuevos soles.

Artífice del perjuicio
En un acápite del proceso, el principal artífice del desfalco fue Roque Miguel Castillo Padilla, ex Gerente General de ASFALL. A él se le procesa por no haber rendido los fondos que les fueron otorgados según el anticipo al convenio por la suma de S/ 43.037.08, así como por no haber regularizado o superado las observaciones planteadas por el Gobierno regional a la rendición N° 01 por el importe de S/. 106.962.92.

Todo ello a pesar de tener conocimiento y obligación según el convenio, que los recursos deben ser rendidos a los 15 días de ser recibido los fondos, habiéndose apropiado de la suma de S/. 150.000.00 Nuevos soles. La fiscalía lo está procesando por el delito de peculado prescrito en el artículo 387 del código penal. Hasta el momento citadas ex autoridades no han presentado escrito alguno que posibilite la frustración de la audiencia por lo que se espera todo se lleve a cabo con absoluta normalidad.


 

Y SE PUEDE VER EN YOUTUBE QUEJAS Y UN PLANTON DE AGRAVIADOS POR LA CORRUPCION CONTRA ESTE EXTREMADAMENTE CORRUPTO JUEZ JORGE HUMBERTO COLMENARES CAVERO DONDE LE GRITAN FUERA COLMENARES Y QUE SE VAYA COLMENARES

 

http://www.youtube.com/watch?v=U_rfx-4HYU







 AQUI UN COMENTARIO DE UN AGRAVIADO DE ESTE MAL JUEZ ;

"señores de la odecma pido que a este juez lo investigen que valore mis pruevas que no dejo declarar al ministerio de agricultura que es la autoridad competente tal como lo dijo el juez merino luego paso a manos de colmenarez e hizo lo que quizo que lo imvestigen por que tiene bastantes jollas coma la de omero burgos y el niño que murio a balazos este juez no merese ser majistrado ni un segundo mas deben sacarlo del cargo o es corructo o imcapas o esta envarado por algun partido politico."..

http://www.youtube.com/watch?v=JumDHeL9Mq0


 







http://www.youtube.com/watch?v=Vy2WDfQGn64


 


2.11.- SE PUEDE LEER EN ESTOS LINKS  LOS GRAVISIMOS  ACTOS DE CORRUPCION DEL EXTREMADAMENTE CORRUPTO MAGISTRADO MASON JORGE HUMBERTO COLMENARES CAVERO CONOCIDO DENTRO DE LA MAFIA MASONICA COMO EL LOCO QUIEN ENCUBRE  LOS GRAVES ACTOS DE CORRUPCION  DE UN CONOCIDO NARCOTRAFICANTE


 


http://www.laindustria.com/trujillo/local/investigan-sanchez-paredes-por-ocultar-rentas-en-el-2005


Trujillo. Un equipo de peritos de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) en Trujillo presentaron cuatro expedientes contables y documentos anexos, que fundamentan el presunto de ocultamiento de rentas de Fortunato Wilmer Sánchez Paredes por más de 3 millones de soles, durante el 2005.


El caso fue presentado en la Tercera Sala de Investigación de la Corte Superior de Justicia, a cargo del juez Jorge Colmenares Cavero, debido a una deuda de impuestos de 1 millón 72 mil 866 nuevos soles. Además, el dinero con el que adquirió equipos y materiales el denunciado durante este año no han podido ser justificados.


 


“En este caso tenemos que el contribuyente ha adquirido inmuebles, por lo cual antes el tuvo que percibir rentas para adquirirlos. Existen, además, vehículos, que también fueron adquiridos en el 2005. También algunos depósitos en tres bancos, pero en ningún caso ha podido justificar los recursos con los que los adquirió. Cada vez que se invierte dinero, eso tiene que tener una justificación”, sostuvo la jefa de Fiscalización de Sunat en la región, Licia Ortega Pereda.


 


Inmediatamente, informó que en el 2005 Wilmer Sánchez Paredes adquirió bienes por 6 millones 682 mil 960 nuevos soles, de los cuales solo justificó 3 mil 106 mil soles, en las diferentes categorías establecidas por el sistema tributario.


“Aquí lo que estamos analizando, de acuerdo a la Ley de Impuesto a la Renta, son depósitos no sustentados por el contribuyente (Sánchez Paredes) (…) Luego, tenemos desembolsos, como préstamos a otras empresas, y el pago a proveedores que tampoco han podido ser justificados”, sostuvo la contadora, tras indicar que compró una maquina a plazos y tampoco registró de donde consiguió el dinero para pagarla.


Lucha de fuerzas


El fiscal Alexander Chávez Horna, representante del Ministerio Público (MP) en Trujillo, escuchó con suma atención las declaraciones de la especialista de Sunat y solicitó una explicación de todas las transacciones que realizara el citado empresario, quien figura como trabajador de la empresa Comarsa, y que asignaba a Juana Ortíz Quispe e Ignacio Ramos Rodríguez para el cobro de los cheques, que ahora están siendo investigados.


Por su parte, el abogado de Sánchez Paredes, César Nakazaki, quien defiende también al expresidente Alberto Fujimori, solo escuchó la exposición y reservó sus interrogantes para una próxima sesión.


http://www.caretas.com.pe/Main.asp?T=3082&S=&id=12&idE=1086&idSTo=82&idA=62520#.UmTEF3Bg9c1


ez de Trujillo absuelve en tiempo récord a su paisano Wilmer Sánchez Paredes del delito de ocultamiento de rentas.


Defraudación Judicial


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Magistrado Jorge Colmenares.

El pasado 7 de diciembre, el Octavo Juzgado Unipersonal de Trujillo, presidido por el magistrado Jorge Colmenares Cavero (49), absolvió a Wilmer Sánchez Paredes del delito de defraudación tributaria en la modalidad de ocultamiento de ingresos, pese a la cantidad de elementos probatorios que existen contra el procesado.


Siguiendo el preocupante patrón de otros casos relacionados con losSánchez Paredes, el juez Colmenares resolvió este proceso en un tiempo récord de 2 meses.


ez de Trujillo absuelve en tiempo récord a su paisano Wilmer Sánchez Paredes del delito de ocultamiento de rentas.


Defraudación Judicial


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Magistrado Jorge Colmenares.

El pasado 7 de diciembre, el Octavo Juzgado Unipersonal de Trujillo, presidido por el magistrado Jorge Colmenares Cavero (49), absolvió a Wilmer Sánchez Paredes del delito de defraudación tributaria en la modalidad de ocultamiento de ingresos, pese a la cantidad de elementos probatorios que existen contra el procesado.


Siguiendo el preocupante patrón de otros casos relacionados con losSánchez Paredes, el juez Colmenares resolvió este proceso en un tiempo récord de 2 meses.


2.11.- SE PUEDE LEER EN ESTOS LINKS  LOS GRAVISIMOS  ACTOS DE CORRUPCION DEL EXTREMADAMENTE CORRUPTO MAGISTRADO MASON JORGE HUMBERTO COLMENARES CAVERO CONOCIDO DENTRO DE LA MAFIA MASONICA COMO EL LOCO QUIEN ENCUBRE  LOS GRAVES ACTOS DE CORRUPCION  DE LA PARTE INFLUYENTE DEL PROCESO


 


http://www.chicamanoticias.com/2011/07/en-movilizacion-en-valle-chicama-y-trujillo/


 


PADRE DE SHIRLEY NARRO CHÁVEZ


FAMILIARES DE SHIRLEY NARRO PRESENTAN CASACIÓN CONTRA LIBERTAD DE LINO PADILLA.


Shirley Narro Chávez, joven asesinada el 14 de febrero del 2008.


Los protestantes exigían la nulidad de la absolución del principal inculpado del asesinato de Shirley.
TRUJILLO (NUEVO NORTE).- En una gran movilización, ayer familiares y amigo de Shirley Narro Chávez, quien fuera asesinada el 14 de febrero del 2008 en Huanchaquito, supuestamente por le novio de esta identificado como: Jaime Ronald Lino Padilla, el mismo que salió libre de toda imputación el pasado 24 de julio, exigieron la nulidad de todo lo actuado por magistrados del Poder Judicial, con un recurso de casación presentado ante la Corte Superior Suprema de Justicia.


El recurso de casación, es un recurso extraordinario, que tiene por objeto anular una sentencia judicial, que contiene una incorrecta interpretación o aplicación de la ley o que ha sido dictada en un procedimiento, que no ha cumplido las solemnidades legales, es decir por un error in judicando o bien por error in procedendo, respectivamente. El fallo le corresponde a la Corte Suprema de Justicia y habitualmente al de mayor jerarquía , como el Tribunal Constitucional.


El padre de Shirley Narro Chávez, identificado como: Javier Narro Cabeza dejo que la sentencia que favoreció al acusado Jaime Ronald Lino Padilla, es engañosa, por lo que ha pedido el recurso de casación a la Corte Suprema de Justicia, para volver a fojas cero, todo lo actuado por malos magistrados como el Dr. Jorge Colmenares Cavero.


“Existen pruebas del Ministerio Público, como la pericia balística prueba que el disparo fue realizado dentro del vehículo de Jaime Ronald Lino Padilla, asi como la desaparicion de la camixsa manchada de sangre fue hecha por parte de los familiares del acusado”, manifestó Narro Cabeza.


Agregó que la pericia psicologica arroja un caracter de tipo cconvulsivo y paranoide, la pericia psiquiatrica asegura que tiene una personalidad disocial con rasgos histrionicas, la prueba de absorcion atomica indica que se encontró plomo y bario en las manos de Jaime Ronald Lino Padilla, pruebas incriminatorias que el disparó el arma. El tiempo recorrido de Huanchaquito hasta la clinica debió ser en 15 minutos y lo hjizo en mas de una hora.


“Todas esta pruebas del Ministerio Público y otras mas, no han sido valoradas en su conjunto, solo consideradas en forma aislada por estos malos magistrados, por todo ello hemos pedido un recurso de casacion, para que se anule todo lo actuado y no quede impune en crimen cometido, en este caso de mi hija Shirley Narro Chavez”, sentenció Narro Cabeza.


Por tal motivo, ayer viernes se llevó a cabo la gran moviliazcion que se inició en Paiján y continúo todo el Valle Chicama, llegando a Trujillo pasada las dos de la tarde, dirigiendose a la Corte Superior de Justicia, donde con carteles en mano exigian justicia por el asesinato de Shirley Narro Chacez, asesinada el 14 de febrero del 2008.


Tambien estuvieron en la Plaza de Armas de Trujillo, la Facultad de Medicina, Ministerio Público u el Poder Judicial en Natasha Alta.


2.11.- SE PUEDE LEER EN ESTOS LINKS  LOS GRAVISIMOS  ACTOS DE CORRUPCION DE LA


EXTREMADAMENTECORRUPTAJUEZCELINDASEGURASALAS


EXTREMADAMENTE CORRUPTA MAGISTRADA Celinda ENEIDA Segur SALAS


http://diariocorreo.pe/ultimas/noticias/1069480/frejol-sale-del-penal-y-vuelve-a-caer


Un presunto miembro de la banda "Los Albines" quedó en libertad por exceso del plazo de prisión preventiva, según dispuso la jueza Celinda Segura, del Sexto Juzgado Unipersonal, que acogió una acción constitucional de "hábeas corpus" presentada por el único imputado en un caso de tenencia ilegal de armas.


Pero, Rodolfo Portocarrero Porras fue intervenido días después con un celular y un revólver, acusado de participar en el robo a dos combis, por lo cual hace cuatro días fue ingresado de nuevo al penal de Río Seco.


El 10 de agosto del 2012, Segura declaró fundado el "hábeas corpus" contra el juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Catacaos, Manuel Echevarría Arellano, y los jueces superiores de la Segunda Sala Penal de Apelaciones, porque dispusieron la prorroga de la prisión preventiva de nueve meses.


Los mencionados habían acogido el pedido del Ministerio Público para la prolongación por dos meses de la prisión preventiva de Portocarrero Porras mientras se iniciaba y desarrollaba el juicio en el caso 4793-2011 por tenencia ilegal de armas de fuego.


Tras considerar que dicha prorroga era arbitraria, la jueza ordenó la inmediata libertad de Portocarrero, debiendo oficiarse al director del penal de Río Seco para que lo ponga a disposición del Primer Juzgado Unipersonal de Piura, a fin de que se tomen las medidas que aseguren la concurrencia del mencionado a la audiencia de juicio, que está prevista para el 21 de setiembre.


Segura declaró nula la resolución del 16 de junio del 2012, del Juzgado de Investigación Preparatoria de Catacaos, que declaró fundada la prolongación de la prisión preventiva, y la resolución del 22 de junio del 2012, de la Segunda Sala Penal de Apelaciones, que confirmaba la medida.


 


2.11.- SE PUEDE LEER EN ESTOS LINKS  LOS GRAVISIMOS  ACTOS DE CORRUPCION DE LA


EXTREMADAMENTECORRUPTAJUEZCELINDASEGURASALAS


EXTREMADAMENTE CORRUPTA MAGISTRADA Celinda ENEIDA Segur SALAS CONOCIDO DENTRO DE LA MAFIA JUDICIAL POR ENCUBRIR   LOS GRAVES ACTOS DE CORRUPCION  DEL EX RECTOR DE LA UNT


http://sechura-noticias.over-blog.com/article-preocupacion-en-sechura-por-trata-de-personas-presidente-de-corte-se-reaune-con-autoridades-89877356.html


Las autoridades regionales funcionarios municipales y  sociedad civil mostraron su preocupación ante el fallo del Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior de Justicia de Piura, al absolver a los implicados en el supuesto caso de trata de personas en la modalidad de explotación laboral de menores denunciado por la Fiscalía de Familia de Sechura.


Ante esta situación, Verónica Luy, gerente de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Piura y el consejero regional de Sechura, Tomás Fiestas, se reunieron con el presidente de la Corte Superior de Justicia, Dr. Luis Cevallos, para manifestarle su preocupación por esta situación del pueblo que pide justicia. 


Luís Cevallos Vegas Presidente  de la Corte Superior  de Justicia  se reunió esta  mañana en el local municipal con las  autoridades locales para revisar los posibles defectos del caso y los motivos por el cual este proceso ha caído.


El Presidente  de la Corte Superior  de Justicia  manifestó  que si existiera alguna falla lo analizará, para esto necesito el apoyo de todas las  autoridades. 


El tema requiere  de  un profundo analisis, considerando que  existe  una  denuncia por  parte  de la  Fiscalia Provincial por  el presunto  delito  de  trata  de  personas a una  pareja  de  esposos, cuando el  24 de marzo a la 1:00 de la madrugada, la Policía del sector realizó un operativo inopinado donde intervinieron el bar picantería  Casa Verde, donde encontraron a cuatro menores de edad procedentes de Ayabaca, cuyas edades comprendían entre 16 y 17 años, motivo por el cual se denunció a los propietarios del local.


Sin embargo los jueces María Nizama , Celinda Segura y Ubaldina Rojas ordenaron la inmediata liberaciòn del dueño de la casa Verde, quien venia purgando condena en el penal de Rio seco, ante  esta  situación el Dr. Luis Cevallos se compromete a revisar la denuncia  de trata  de  personas para  explotaciòn laboral.


http://registro.cnm.gob.pe/cnm/modules/cnm/index.php?boton=1?controlador=busqueda&MAGNID=251&dgaction=detail


 


2.11.- SE PUEDE LEER EN ESTOS LINKS  LOS GRAVISIMOS  ACTOS DE CORRUPCION DE LA


EXTREMADAMENTECORRUPTAJUEZCELINDASEGURASALAS EXTREMADAMENTE CORRUPTA MAGISTRADA APRISTA CELINDA ENEIDA SEGUR SALAS CONOCIDO DENTRO DE LA MAFIA JUDICIAL POR ENCUBRIR   LOS GRAVES ACTOS DE CORRUPCION  DE DIVERSAS UNIVERSIDADES


http://lapromo93.blogspot.com/2007/07/el-ministro-chang.html


Este siniestro sujeto (Chang) aún no ha aclarado por 3 delitos muy graves como es: la validación del título ilegal de .odontólogo en el 33avo Juzgado con la prófuga CELINDA SALAS SEGURA, en 1998 de su compañero de partido (PAP) ÓSCAR LÓPEZ MENESES, quién solo hizo 3 ciclos de estudios en la USMP. De su total ilegal cargo de rector desde 1996 a la fecha, de su 3ra re reelección del presente año a pesar de la última Ley del 2005 que prohíbe la reelección de rectores. Y del LAVADO DE DINERO que ejecutó para ayudar a desfalcar LA CAJA DE PENSIONES POLICIAL MILITAR a Montesinos Torres a través de V. VENERO GARRIDO, N. ROJAS GODINES, F. LOAYZA JIMENES, DUTHURBURU PARHUICH, POLACK MEREL C. VICTORIO OLIVARES, J. REVILLA PALOMINO, D. LA ROSA JAIMES y otros en La compra sobrevalorada para la USMP de 2 inmuebles que en el mercado sólo costaba en total US.$ 2’500,000 dólares y por el que pagó la exorbitante suma de US: $’600,000 dólares, pagados completamente con dinero de esta Caja Policial Militar para beneficiar a Montesinos y sus hombres-año de 1998.


 


2.11.- SE PUEDE LEER EN ESTA COPIA DE OFICIO   LOS GRAVISIMOS  ACTOS DE CORRUPCION DE LA


EXTREMADAMENTECORRUPTAJUEZCELINDASEGURASALAS


EXTREMADAMENTE CORRUPTA MAGISTRADA CELINDA ENEIDA SEGUR SALAS CONOCIDO DENTRO DE LA MAFIA JUDICIAL POR ENCUBRIR   LOS GRAVES ACTOS DE CORRUPCION  DE LA ULADECH SEGÚN LA COPIA DEL OFCIO QUE SE ADJUNTA QUE SE HA TRATADO DE HACER CREER QUE ES FALSIFICADO CUANDO ES AUTENTICO


 


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 Lo que acreditaría que existe  una red de corrupción en la Uladech de la que forma parte  la denunciada Juez   Celinda Segura Salas para favorecer a los funcionarios de la uladech en el PoderJudicial y siendo lo grave que a pesar de que estaba comprobado que esta mala juez trabaja para la ULadech nunca se inhibio y sentencio inustamente a YEANNETE DEL PILAR FARIAS RUIZ Y OTROS  POR DELITOS QUE FRAUDE PROCESA Y USO DE DOCUMENTOS FALSIFICADOS QUE  NUNCA HABIA  COMETIDO NUNCA HABA COMETIDO LA CONDENADA


 


2.11.- SE PUEDE LEER ADEMAS EN LA  COPIA DE RESOLUCIO N° 1 DE FECHA 31 DE ENERO DEL 2012  DE LA QUERELLA N° 358 -2012 QUE ESTAMOS ADUNTANDO SEGUIDA POR EL  DENUNCIANTE CONTRA LA NOTARIA PUBLICA MARLENY GENOVEVA MILLAN ACERO POR EL DELITO DE CALUMNIA EN LA QUE EN FORMA COBARDE, DELINCUENCIAL Y VIL LA DENUNCIADA JUEZ SE NIEGA ADMITIR DOLOSAMENTE LA QUERELLA INCOADA CONTRA LA COBARDE NOTARIA MARLENY GENOVEVA MILLAN ACERO Y CONTRA EL COBARDE QUERELLADO CARLOS VICENTE CEVASCO BENAVIDES QUIENES  ME QUERELLARON SIN HABER MOTIVOS LEGALES Y TRATARON DE CAPTURARME SIN HABER COMETIDO NINGUN DELITO EL QUERELLADO Y EN DONDE SE INDICA EN LA PREVARICADORA Y ABUSIVA RESOLUCION QUE EL QUERELLANTE NO HA CUMPLIDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO  108.2 ACAPTIE D DEL CODIGO PROCESAL PENAL RESPECTO AL OFRECIMIENTO DE MEDIOS CORRESPONDIENTE SUPUESTAMENTE PORQUE QUE   NO HA PRECISADO LA UTILIDAD PERTINENCIA Y CONDUCENCIA DE CADA UNO DE LOS MEDIOS PROBATORIOS CUANDO ESO NO INDICA   DICHO ARTICULO NI ACAPITE PUES ES EN LA QUERELLA DONDE SE VERA LO SOLICITADO Y SIENDO QUE HABIA PRESENTADO ABUNDANTE MEDIOS PROBATORIOS DICHA SOLICITUD DE LA EXCTREMADAMENTE JUEZ FUE HECHA A PROPOSITO PARA NO ADMITIRNOS LA DEMANDA Y PARA QUE SE ARCHIVARA Y CON LO QUE SE ACREDITA QUE LA DENUNCIADA JUEZ  ES UNA AUTENTICA DELINCUENTE JUDICIAL QUE FAVORECE A LA PARTE INFLUYENTE DEL PROCESO Y CON LO QUE SE ACREDITA   LOS GRAVISIMOS  ACTOS DE CORRUPCION DE LA EXTREMADAMENTE CORRUPTA MAGISTRADA CELINDA ENEIDA SEGURA SALAS CONOCIDA DENTRO DE LA MAFIA JUDICIAL POR ENCUBRIR   LOS GRAVES ACTOS DE CORRUPCION  DE LA PARTE INFLUYENTE DE CADA PROCESO


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2.11.- SE PUEDE LEER EN ESTOS LINKS  LOS GRAVISIMOS  ACTOS DE CORRUPCION DE LA


EXTREMADAMENTECORRUPTAZAIDACATALINAPEREZESCALANTE


EXTREMADAMENTE ABUSIVA  MAGISTRADA ZAIDA CATALINA PEREZ ESCALENTE QUIEN TIENEW DENUNCIA DECLARADA FUNDADA POR LA FISCALIA DE LA NACION


 


http://www.mpfn.gob.pe/descargas/normas/r2084.pdf


http://www.abogadoperu.com/peruano-fecha-20050310-pagina-39.php


RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 470 -2005 -MP-FN


Lima, 3 de marzo de 2005 VISTO: El recurso de apelacion presentado por Cesar Augusto Cavero Fajardo contra la Resolucion Nº 1430 de fecha 9 .12 .04 , emitida por el Organo de Control Interno, en la denuncia contra los doctores Zaida Catalina Perez Escalante, ex Fiscal Provincial Provisional de la Segunda Fiscalia Provincial Penal de Sullana y Herminio Jose Arroba Fortunic, Fiscal Provisional de la Primera Fiscalia Provincial Mixta de Sullana por la presunta comision de los delitos de Prevaricato, Abuso de Autoridad y Denegacion de Justicia.


CONSIDERANDO:


Que, el apelante sostiene no estar de acuerdo con la recurrida puesto que se ha resuelto sin utilizar el debido criterio y observancia de los actuados contraviniendo no solo la Ley Organica del Ministerio Publico sino el derecho a la defensa con una clara actitud proteccionista de los actores de los delitos denunciados, quienes a su vez en su afan de proteger al Capitan PNP de Sullana Jorge Rabanal Cabanillas y otros, omitieron ejercitar la accion penal; Que, del estudio, analisis de los hechos e informe oral del denunciado Arroba Fortunic transcrito a fojas 662 /664 , se ha establecido que, los magistrados cuestionados al expedir los pronunciamientos de fechas 29 de enero y 11 de abril de 1992 , que obran a fojas 166 (Nº 045 -01 ) y 194 (Nº 177 -02 ), mediante los cuales se resuelve No Ha Lugar a formalizar denuncia penal y la


Improcedencia del Recurso de Queja en los seguidos contra Jorge Rabanal Cabanillas, por el delito de Abuso de Autoridad y otros en agravio del recurrente, habrian incurrido en los Delitos de Denegacion de Justicia en la modalidad de Omision al Ejercicio de la Accion Penal y de Abuso de Autoridad, previstos y sancionados en los articulos 424 º y 376 º del Codigo Penal, respectivamente; puesto que los elementos constitutivos de los mismos pueden apreciarse en los actos o comportamientos dolosos siguientes: La Fiscal Zaida Perez Escalante, pese a existir indicios de delito en los hechos materia de la denuncia formulada por el ciudadano Cavero Fajardo, como expresamente son resaltados en la Resolucion Fiscal (fojas 207 ) dando lugar al auto apertorio de instruccion (fojas 212 ); mediante Resolucion Nº 045 -01 de fecha 29 .01 .02 (fojas 166 ) declara no ha lugar a formalizar denuncia contra Jorge Rabanal Cabanillas por delito de Abuso de Autoridad. Posteriormente ante la solicitud de notificacion de la referida resolucion por parte del denunciante, la deniega argumentando que se halla comprendido en la Instruccion Nº 867 -01 (fojas 172 ), incumpliendo lo dispuesto en la parte in fine del articulo 12 º de la LOMP;


Que, la magistrada denunciada en su informe de descargo (fojas 608 ) niega los cargos, argumentando que la emision del referido dictamen constituye una atribucion en funcion al criterio discrecional; sin embargo, se debe tener en consideracion que la cuestionada decision no se trata de un dictamen sino de una resolucion; por su parte, el Fiscal Herminio Jose Arroba Fortinic, frente al recurso de Queja de Derecho interpuesto por el denunciante (fojas 189 ) y derivado a su Despacho para resolver, la deniega esgrimiendo fundamentos inconsistentes (fojas 194 ) incurriendo en abuso de sus atribuciones, vulnerando el derecho a la defensa y el debido proceso; que, se advierte indicios de un accionar doloso cuando al recibir el Atestado Policial (fojas 48 a 71 ) el 26 .09 .01 teniendo a Cavero Fajardo como denunciado, procede con inusual celeridad el 27 .09 .01 a formalizar denuncia penal (fojas 72 ), mientras que frente a la denuncia presentada por este el 27 .09 .01 (fojas 08 ), contra Jorge Rabanal Cabanillas por delito de Abuso deAutoridad tratandose de los mismos hechos, el Fiscal dispone con fecha 27 .09 .01 la apertura de investigacion ante su Despacho (fojas 13 ) y dias despues, el 2 .10 .01 (fojas 14 ) dispone remitir al Juzgado para ser agregado a la denuncia anterior a fin que a nivel judicial se practiquen las diligencias que indica y recien el 29 .01 .02 despues de cuatro meses, la Fiscal Zaida Perez Escalante declara No Ha Lugar a formalizar la denuncia (fojas 166 ); consecuentemente de actuados se infiere un proposito deliberado de parte de los magistrados de omitir el ejercicio de la accion penal contra el Capitan PNP Jorge Rabanal Cabanillas, ilicito penal que cobra tipicidad en los supuestos de declarar No ha lugar la denuncia cuando el Capitan denunciado ha detenido arbitrariamente al recurrente sin que exista estado de flagrancia ni mandato judicial alguno; ademas por impedir el derecho a la defensa del denunciante materializado en la negacion de las notificaciones, improcedencia del Recurso de Queja y la desestimacion ilegal de escritos (fojas 22 ), hechos que no pueden ser considerados como criterio funcional por lo que discrepando con la opinion del Organo Contralor debe declarase fundada la denuncia en parte; Que, con relacion al delito de Abuso de Autoridad seguido contra la doctora Perez Escalante la accion penal ha prescrito por estar incurso en los alcances del Articulo 83 º del Codigo Penal teniendo en cuenta que las resoluciones cuestionadas datan del 29 .01 .02 y 31 .01 .02 (fojas 19 ); en cuanto al delito de Prevaricato, tampoco procede decidir el ejercicio de la accion penal, por no reunir los elementos materiales de tipicidad; por lo que en este extremo deviene en infundada la denuncia; En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 159 º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio


Publico;


SE RESUELVE:


Articulo Primero.- Declarar FUNDADO en parte el recurso de apelacion interpuestopor Cesar Cavero Fajardo, contra la Resolucion Nº 1430 de fojas 622 de la


Fiscalia Suprema de Control Interno; revocandose en Lima, jueves 10 de marzo de 2005 parte la resolucion, se declara FUNDADA la denuncia contra la doctora Zaida Catalina Perez Escalante, ex Fiscal Provincial Provisional de la Segunda Fiscalia Provincial Penal de Sullana y el doctor Herminio Jose Arroba Fortunic, Fiscal Provisional de la Primera Fiscalia Provincial Mixta de Sullana por el delito de Omision de Ejercicio de la Accion Penal y ademas contra este ultimo por el delito de Abuso de Autoridad; PRESCRITA la accion penal por el delito de Abuso de Autoridad contra Zaida Catalina Perez Escalante e INFUNDADA por el delito de Prevaricato contra ambos magistrados, remitiendose los presentes actuados al Fiscal llamado por ley, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones.


Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento de la presente resolucion al señor Presidente del Consejo


Nacional de la Magistratura, Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Fiscal Superior Decano de Piura, Oficina de Registro de Fiscales y a los interesados, para los fines pertinentes.


Registrese, comuniquese y publiquese.


NELLY CALDERON NAVARRO


 


2.11.- SE PUEDE LEER EN ESTOS LINKS  LOS GRAVISIMOS  ACTOS DE  LA


FISCALEXTREMADAMENTEBORRACHAMARIACONCEPCIONEIRACASTRO


EXTREMADAMENTE    ABUSIVA  MAGISTRADA María Concepción Neira Castro  CONODIDA COMO LA FISCAL BORRACHA 


 


http://diariolaregion.com/web/2012/08/01/sala-penal-10/


http://diariocorreo.pe/ultimas/noticias/EPENSA-014564/destituyeron-a-tres-fiscales


 


JUNIO 2011 | PUNO -


La Fiscalía de la Nación dio por concluida en sus funciones, a tres fiscales provisionales en el Distrito Judicial de Puno tras un informe del Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno.


El Ministerio Público emitió la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 992-2011-MP-FN y publicada en el Diario Oficial el Peruano y viendo el informe de la unidad controladora a través del oficio Nº 528-2011-MP-ODCI-PUNO/CB de fecha 08 de junio del 2011 dio por concluida en sus funciones a tres fiscales provisionales que aparentemente fueron vistos en el último video donde brindaban en un parque de la ciudad.,


La resolución resuelve dar por terminado la designación de la doctora María Concepción Neira Castro, como fiscal Adjunta Superior Provisional de Puno; dan por terminado el nombramiento del doctor Alfredo Lorenzo Osorio Urrutia como fiscal Provisional de Puno y finalmente dieron por terminado el nombramiento de Belinda Vilca, quien SE DESEMPEÑÓ COMO FISCAL PROVISIONAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUNO.


 


2.11.- SE PUEDE LEER EN ESTOS LINKS  LOS GRAVISIMOS  ACTOS DE CORRUPCION DEL


EXTREMADAMENTEDELICUENTEMARCOANTONIOLUQUECHAIÑA


EXTREMADAMENTE CORRUPTO FISCAL  MARCO ANTONIO LUQUE CHAIÑA


http://www.pachamamaradio.org/08-03-2012/aun-hay-miedo-en-las-mujeres-para-denunciar-a-sus-agresores.html


 


Aún hay miedo en las mujeres para denunciar a sus agresores


Aún existe miedo en las mujeres para denunciar a sus agresores, la mayoría de ellas prefieren callar porque son amenazadas ò persuadidas para no demandar a sus parejas, comentó el representante de la Fiscalía de Huancané, Marco Antonio Luque Chaiña.


Con motivo de recordarse “El Día Internacional de la Mujer”, la autoridad invocó a las mujeres que son agredidas física o psicológicamente por sus parejas, a denunciarlos.


Informó que, en lo que va de éste año, han registrado sólo 15 casos de violencia física y psicológica contra la mujer.





  1. 1.     juana mamani





18 abril, 2013 - 8:42 am

todo lo que hace se paga, los abusos que has cometido al pueblo de huancane se hará justicia y las violaciones sexuales que has hecho a las mujeres no serán olvidados por mi tierra pido a las autoridades que investiguen y sancionen a marco antonio luque chaiña

Responder




  1. 2.     quince años





29 marzo, 2013 - 5:36 pm

habria que informar a las mujeres para que te denuncien marco antonio luque chaiña por VIOLADOR Y LADRON, espera que los maridos de las mujeres y las adolecentes que has abusado sexualmente se enteren de seguro que te van a sacar la mmmmmmmmmmmmmmmmiel siendo yo la primera mujer que te va ha denunciar.


LUQUE CHAIÑA MARCO ANTONIO


 


http://www.larepublica.pe/11-03-2013/abren-investigacion-fiscal-de-huancane


Abren investigación a fiscal de Huancané


Lunes, 11 de marzo de 2013 | 5:00 am


2


medida. Marco Antonio Luque se habría excedido en sus atribuciones.


Liubomir Fernández. Puno. 


La Oficina de Control Interno del Ministerio Público abrió investigación a Marco Antonio Luque Chaiña, fiscal civil, de familia y de prevención del delito de la provincia de Huancané. Tres son los cargos por los que comparecerá ante Saúl Flores Ostos, fiscal superior encargado de investigar las faltas de función de los fiscales de la región Puno. 


Los delitos por los que deberá responder son abuso de autoridad, prevaricato, y usurpación de funciones, cometidos en octubre del 2012.


Luque Chaiña intervino al Órgano de Control Institucional (OCI) del municipio de Huancané, a solicitud del teniente alcalde Faustino Mamani Pilco, quien acusó al jefe de dicha unidad, Julio Cabala Zapana, de haber incurrido en delito de usurpación de funciones.


En la diligencia, el fiscal le conminó a Julio Cabala a dejar de ejercer las funciones de fiscalización. El responsable de OCI hizo constar en un acta que no era competencia del fiscal delimitar sus funciones, ya que dependía de la Contraloría. Pese a ello, Luque Chaiña le "ordenó cerrar la oficina".


Desde entonces, Julio Cabala dejó el cargo. Para Control Interno de la Fiscalía, el caso es grave, puesto que Marco Antonio Luque no tenía competencia sobre este funcionario. ♣


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17 de marzo de 2013 | 20 hrs


feliciano escribe:


donde se plantea las denuncias por que en huancane todo se esconde este fiscal folsifico sus documentos como abogado es tinterillo viene escondiendo todos los procesos en contra los alcaldes por dinero el puebo de huancane marchara a puno para que lo cambien o de ser el caso que lo voten de huancane luque corruptooooooo. me pediste plata para el cargo CORRUPTO HAY QUE DENUNCIAR AL LOS ALCADES DE HUANCANE PIDE PLATA PARA NO INTERVENIRLOS QUE VIVA EL PUEBLO CHIRIHUANO


16 de marzo de 2013 | 20 hrs


SAUL escribe:


QUE BUENO QUE ALGUIEN LO DENUNCIE a este sinvergüenza por corrupto, en Huancané no lo denuncia por que tiene miedo a represalias se viene coludiendo con los alcaldes para saquiar nuestra tierra y que todos los caso queden impunes


JOVE CHOQUE FIDELA HORTENSIA


 


http://www.pachamamaradio.org/21-02-2013/regidores-vacan-a-alcalde-encargado-de-huancane.html


 


Puno: Vacan a alcalde encargado de Huancané


En sesión de concejo municipal de carácter extraordinaria, con 7 votos a favor, 2 en contra y 1 abstención, hoy los regidores de la Municipalidad Provincial de Huancané, vacaron al alcalde encargado de esta localidad, Faustino Mamani Pilco.


Como se sabe, el alcalde encargado de Huancané habría incurrido en actos de nepotismo al contratar a su cuñado como agente de serenazgo municipal, el cual es causal de vacancia según la Ley Orgánica de Municipalidades.


La reunión comenzó a las 9:00 horas, con la presencia de representantes del Ministerio Público, tenientes gobernadores de algunas comunidades y la prensa local.


Noticias relacionados:






  1. 1.     TU PAPA





28 agosto, 2013 - 9:02 am

mientras el mercader de cuatro patas y dos orejas fiscalillo de prevencion de su bolsillo no prevenga nada y archive los delitos por n billetito, huanane seguira siendo tierra de nadie, es mas segira inponiendo su viejo lema NO PASANADA YO LO ARREGLO TODO CON UN SENSILLO, me pasaron la voz un fiscal de juliaca que su ratifocacion sale en esta semana para que se quede 7 AÑASOS RETRASANDO NUESTRA TIERRA cubriendo delitos y vviviendo de la coima, agritado a todo el mndo que en lima existe un lovi para designacion de fiscales y que ya Pago su cupo BLADINIR DE LA PAZ, cada ves que este hobrecillo cuernudo y federal chupa ————————

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  1. 2.     platanito





12 agosto, 2013 - 9:49 pm

Huancané, necesita autoridades con experiencia de trabajo y desarrollo, a pesar de tener años de creación política es una ciudad atrasada, que pena tal vez me presente en las proximas elecciones….. y POR QUE NO?…. solo los electores no se acostumbren a engaños de coimas vean el futuro de los Huancaneños…

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  1. 3.     FELICIANO





13 junio, 2013 - 8:28 am

que bueno que salga faustino por que es un ignorante, tratare de salvar la muni de huancane y trabajar lo poco que queda co mi embrita NACY alias la montesinos

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  1. 4.     FAUSTINO MAMADERA PILCO





13 junio, 2013 - 8:25 am

SI ES VERDAD ESE FISCAL CORRUPTO MARCO ANTONIO LUQUE CHAIÑA A MI ME PIDO PLATA PARA PAGAR EN LIMA A SUS ALTOS JEFES PARA QUE NO LO VOTEN DE LA FISCALIA LA CORRUPCION ESTA A TODO NIVEL, PAGARE NOMA QUE ME QUEDA

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  1. 5.     el revelde





26 abril, 2013 - 8:02 am

huancaneños no sean tontos porque no toman fotos probados para denunciarlos a esos corrruptos y envian a la alta magistratura de lima y asi votarlos,nosotros los tenemomos derecho a saber todo lo que pasa en las municipalidades,

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  1. 6.     el revelde





26 abril, 2013 - 7:55 am

huancaneños no sean tontos a cualquier corrupto tiendan una trampa con foto
comprobada y envien a lima a la alta magistratura y asi votarlos a esos
desgrasiados,cuan viaje una vez en la posta de huancae los enfermeros estaban
atiendiedo hasta con sapatillas,


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  1. 7.     el revelde





26 abril, 2013 - 7:50 am

huancaneños no sean tontos a cualquier corrupto tiendan una trampa con foto
comprobada y envien a lioma a la alta magistratura y asi votarlos a esos
desgrasiados,


Responder




  1. 8.     MARLON PUSI





28 febrero, 2013 - 5:33 pm

QUE, LO BOTEN AL FISCAL MARCO ANTONIO LUQUE EN LIMA ESTA LISTA SU RATIFICACION ES FACIL HAY QUE MANDAR AL CONCEJO NACIONAL DE LA ,AGISTRATURA TODOS LOS DOCUMENTOS Y QUEJAS EN CONTRA Y ES ORA DE HACER SABER LO CORRUPTO Y MAL FISCAL QUE ES CON EL PUEBLO DE HUANCANE

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  1. 9.     carla





26 febrero, 2013 - 4:22 pm

que sorpresa muy grande que hiso el faustino mamani pilco quejandose ante los tenientes el dia domingo 24 de febrero del 2013 diciendo que los regidores quieren plata,plata,plata el regidor feliciano perez pidio cantidad de dinero para su audiencia del hermano ulises como es posible que estos regidores traicionen de esa manera recien habla este traicionero faustino donde el se conchabo junto con algunos periodistas,fiscalillos:pandia,wilson quispe conjuntamente con su padre ratero orlando quipe y juez la pregunta es donde fue a parar ese dinero del pueblo el chupo revento acaso no es cierto hermanos de huancane faustino mamani le compro al fiscalillo wilson un carro de color rojo y al fiscalillo pandia le compro una casa en juliaca !asu¡ todo estos bienes tiene que devolver al pueblo con que ellos estaban cobrando plata por tal motivo no hay confianza para nada¡como no! al hermano ulises lo tendieron la camita los regidores DIOS TARDA PERO NO OLVIDA tarde que temprano se llegara a saber la verdad por que no denuncian o investigan a los ex alcaldes como por ejem: j.j,alex gomez,por que entre huancaneños nos agarranos haci nunca va a progresar huancane es lamentable lo que pasa en huancane la ultima pregunta quien les denuncia a estos fiscalillos,jueces ellos hacen lo que se les venga en gana ellos son corruptos totalmente hay mucho de que hablar…

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  1. 10.  carlos





22 febrero, 2013 - 8:26 am

quiero hacer una queja a la señora inere valencia corresponsal de la emisora de pachamama de huancane no habla la verdad solo se inventa cosas que no son ciertas lo aumenta y aveces dicen cosas sin mportancia que clase de periodista es pue si para tomando con los dirigentes de huancane y con el alcalde faustino .

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  1. 11.  fiorela





22 febrero, 2013 - 7:54 am

DESDE YA QUIERO HACER UNA DENUNCIA PUBLICA MEDIANTE ESTE COMENTARIO QUE SE FISCALISE A LOS FISCALES DE HUANCANE URGENTE SUS BIENES Y SUS CUENTAS POR QUE ESTAN SACANDO PLATA PARA PAGARLOS, MEDIANTE UN TRABAJADOR DE LA MUNICIPALIDAD EL PAPA DEL FISCAL WILSON ORLANDO QUISPE CALDERON,ESO SEÑOR ESTA SACANDO LA PLATA JUNTO CON COQUEÑA EL PERIODISTA FRACASADO EL ESTA FIRMANDO LOS CHEQUES NISIQUIERA NOS PAGAN EN LA ACTULIDAD YO SOY TRABAJADOR DE LA MUNICIPALIDAD Y ESTOY BIENDO DE CERCA TODO LO QUE ESTA PASANDO, NO REVELO MI NOMBRE QUE TOMEN REPLESARIAS CONMIGO.

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  1. 12.  edy





22 febrero, 2013 - 7:48 am

YA ES HORA DE CAMBIAR HUANCANE , ESTO ES UN EJEMPLO CLARO QUE ESL COSECHA FIERRO EN FIERRO CAE,ASI QUE HUANCANEÑOS NO SEAN COMO FAUSTINO, YA ES HORA DE CAMBIAR A ESOS REGIDORES TRAIDORES QUE VIENEN DE JULIACA E INCLUSIVE AHORA DICEN SER FISCALIZADORES QUE NISIQUIERA SABEN FISCALIZAR SU CASA QUE PENA QUE EXISTA GENTE COMO ELLOS QUE HACEN PISAR EL PALITO A PERSONAS UMILDES, QUE NO TIENEN LA CULPA PERO CREO QUE LA JUSTICIA TARDA PERO SE SABRA LA VERDAD DE TODOS ELLOS MUY PRONTO……TIENE LOS DIAS CONTADOS

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  1. 13.  elmer





22 febrero, 2013 - 7:40 am

tenia que suceder, eso n es todo ahora tendria que llegar la contarloria urgente con suma urgencia, es que en la actualidad ya estan saqueando el municipio de huancane y nadie dice nada,claro en Beneficio de los angelitos , policias fracasados, fizcalillos y juez, ahora quien los va comprar las cosas uuuuu, ya el carro rojo que compro el fiscal wilson tiene qiue devolver a su dueño faustino,la casa de pandia en juliaca tambien tiene que devolver a faustino y edilio y el angelito los 20 mil soles tambien y tambien la emisora de radio que tiene el angelito tiene que devolver a su dueño faustino, que vana hacer a hora se sabra todo precupense………….ingratos regidores vacan para que otro asuma mas corrupto que siendo presidente de la fedseracion de juliaca se robo 50 mil soles que aran no se dan cuenta que esta manejando la regidora proveedora de alex gomez,tambien muy pronto sera vacado por fasedad ideologica … eso es primicia …………………………………….y los demas regidores en la denuncia de aduanas jajajjajajajaj.

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  1. 14.  JAIME RAMIREZ





21 febrero, 2013 - 8:44 pm

ES LO QUE TENIA QUE SUCEDER DESGRACIADAMENTE NO EXISTE UN REEMPLAZO QUE TENGA CAPACIDAD AHORA EL QUE SE HARA CARGO ES PEOR Y MAS AUN ESTA TAMBIEN PARA ESTAR EN PELIGRO DE SER VACADO IGUAL POR NEPOTISMO Y LA COSA VA CAER PEOR EL TIRO SERA VACAR A TODOS LOS INTEGRANTES PARA PPROCEDER A UNA NUEVA ELECCION DE ESTA FORMA TENDRIAN OPORTUNIDAD TODOS LOS HUANCANEÑOS PROFESIONALES CON CAPACIDAD.

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  1. 15.  Aimara





21 febrero, 2013 - 3:31 pm

ES QUE ALGUIEN LLEGA AL PODER SE MALEA Y COMIENZA A HACER PLATA POR ESO SE PELEAN TANTO PARA SER ALCALDES

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  1. 16.  EL AYMARA





21 febrero, 2013 - 2:40 pm

ES LAMENTABLE PARA LOS HUANCANEÑOS ESO PASA CUANDO NO SABEMOS ELIGIR, NOS FIJAMOS EN DADIVAS PERO EL VOTO CONCIENTE NO PRIMA, HASTA CUANDO HERMANOS NO SE VA DAR OPORTUNIDAD A UN VERDADERO CIUDADANO HONESTO Y TRABAJADOR EXISTE PROFESIONALES HUANCANEÑOS DE MUCHA CAPACIDAD HIJOS DE CAMPESINOS DEBEN ESTAR HACIENDO OBRAS POR HUANCANE, NO NOS EQUIVOQUEMOS EN LAS PROXIMAS ELECCIONES.

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http://www.pachamamaradio.org/04-10-2013/huancane-familiares-de-taxista-asesinado-piden-justicia-y-cuestionan-actuar-de-fiscal.html


 


 


Huancané: Familiares de taxista asesinado piden justicia y cuestionan actuar de fiscal


“Cadena perpetua para los asesinos” son una de las arengas que realizaron los familiares y pobladores de la parcialidad de Luriata, de la provincia de Huancané, en los exteriores de la Fiscalía de esa localidad, quienes pidieron justicia a las autoridades por el asesinato del taxista Wilfredo Portillo Chipana, que se produjo en agosto de este año.


Como se sabe el 18 de agosto desapareció el infortunado taxista, quien fue hallado sin vida el 26 de ese mismo mes en la provincia de Moho, de los cuales se capturaron a dos de los implicados, uno de ellos de nombre, Luis Nandito Zúñiga, quien se encuentra en el penal de menores de Arequipa y el otro en la cárcel de Juliaca.


Según los familiares, no habría avance en el proceso de investigación quienes cuestionaron el actuar del fiscal, Marco Antonio Luque Chaiña, pues a la fecha no se dio la sentencia efectiva ni se logró dar con la captura de los demás implicados, pues habría una banda delictiva.


La víctima dejó en orfandad a 3 menores y uno de ellos portaba en sus manos una pancarta, exigiendo justicia.


Karin Chacónhttp://www.pachamamaradio.org/25-04-2013/cem-huancane-incrementan-denuncias-por-violencia-familiar-y-sexual.html


CEM Huancané: Incrementan denuncias por violencia familiar y sexual


El Promotor del Centro Emergencia Mujer (CEM) de Huancané, René Chayña Perca,  informó que los casos de denuncias por violencia familiar y sexual, vienen incrementándose en esa provincia.


Actualmente vienen impulsando un proyecto de capacitación para docentes y policías de los diferentes distritos como Vilquechico, Taraco y Huancané sobre la prevención y atención a víctimas que se presentan en la zona.


A su vez, dijo que la capacitación a los docentes, es para que sean promotores de prevenciones y a los policías para que puedan brindar una atención cordial a víctimas de violencia familiar, indicó.


JBCL





  1. 1.     lorena.





1 octubre, 2013 - 2:47 pm

Si es verdad, puedes denunciarlo al Consejo Nacional de la Magistratura, ya pronto pasara entrevista para ver si lo ratifican en su cargo o lo sacan de la magistratura, si tienes pruebas puedes hacerlo por teléfono o vía email, debes entrar a la pagina virtual.

Responder




  1. 2.     RENE CHAIÑA PERCCA





1 agosto, 2013 - 5:56 pm

Es muy facil. llama gratis al alinea 100

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  1. 3.     pedro





9 julio, 2013 - 8:23 pm

todo lo que dicen son mentiras el hombrecillo es feo pero homrrado

Responder




  1. 4.     ENRIQUE





10 junio, 2013 - 12:07 pm

YO, TENGO A MI ERMANITA QUE FUE VICTIMA DE ESTE MOSTRUO QUE SIGUIE COMO FISCAL EN HUANCANE marco antonio luque chaiña

Responder




  1. 5.     margoth





5 mayo, 2013 - 5:44 pm

que se puede esperar si el fiscal de prevencion del delito marco antonio luque chaiña es un violador de menores y coimero a pagado a sus jefes de la fiscalia de lima para que se quede siete años mas en huancane violando niñas. pobre jhojana la corrupcion ehttp://diariocorreo.pe/ultimas/noticias/1833022/en-huancane-habrian-sobrevalorado-obra-de-agusta en huancane

 

 

 

http://diariocorreo.pe/ultimas/noticias/1833022/en-huancane-habrian-sobrevalorado-obra-de-agu


En Huancané habrían sobrevalorado obra de agua potable


 





Textos:Correo Puno web@grupoepensa.pe |Fotos:Correo Puno


15 OCTUBRE 2012 | PUNO –


Tras los escándalos de corrupción que han terminado haciendo huir al alcalde de Huancané, un nuevo caso remece a esta municipalidad provincial, tema en el que están involucrados el no habido alcalde Bizarrro Chipana, su reemplazante Faustino Mamani Pilco, gerentes, funcionarios, trabajadores de obra, el procurador de esa comuna y hasta el fiscal de Prevención del Delito Marco Antonio Luque Chaiña.


La denuncia a la que accedió Correo fue interpuesta el pasado 12 de octubre por el teniente gobernador de la parcialidad Alto Milliraya, Hermógenes Mamani Vargas, quien revela en el texto que los funcionarios han cometido los delitos de encubrimiento obstruccionista delictual, omisión de denuncia, falsificación de documentos públicos, abandono de función pública, concusión desleal y peculado.


Se trata de la construcción del sistema de agua potable e instalación de letrinas en la parcialidad de Alto Milliraya, para lo cual se habría aprobado un presupuesto de 167,825.00 nuevos soles, pero que, según la denuncia, a la larga habría sido sobrevalorada por más de un millón de soles, sin haberse concluido hasta la fecha.


RESPONSABILIDADES. El actual alcalde encargado, Faustino Mamani Pilco, habría tenido conocimiento del caso desde hace varios meses, razón por la que se le acusa de no haber denunciado los hechos ante el Ministerio Público cuando aún estaba al mando el señor Ulises Bizarro Chipana; es más, habría participado en el encubrimiento del caso incurriendo hasta en la falsificación de documentos.


El denunciante también alerta que el fiscal de Prevención del Delito Marco Antonio Luque Chaiña tenía conocimiento de los hechos denunciados, pero habría archivado la investigación en perjuicio de la parcialidad de Alto Milliraya.


CIRCUNSTANCIAS. "Los hechos ocurrieron porque los pobladores de la Parcialidad Alto Milliraya no tenían acceso al expediente técnico de la obra... ni conocían el procedimiento administrativo y presupuestario", afirma la denuncia redactada por el estudio jurídico Carcausto & Asociados.


La obra estaría en total estado de abandono.


2.58 .  QUE  SE PUEDE LEER en el recorte periodístico que se adjunta  GRAVES DENUNCIAS PERIODISTICAS QUE ACREDITAN  GRAVISISIMOS ACTOS DE CORRUPCION CONTRA EL


1FISCALSUPERIOREXTREMADAMENTECORRUPTODANIELCERNABAZAN


EXTREMADMANETE CORRUPTO FISCAL SUPERIOR  DANIEL ANTONIO CERNA BAZAN Y LO QUE ACREDITA LO CUESTIONADISIMO  QUE SE ENCUENTRA EN EL INTERNET Y QUE SI SE LE RATIFICARA SE DEMOSTRARIA QUE CONTINUAN IMPUNEMENTE   EN EL CNM UNA MAFIA DE CONSEJEROS MASONES EXTREMADAMENTE CORRUPTOS PUES HAY QUE TOMAR ENCUENTA QUE ESTE


EXTREMADAMENTECORRUPTODANIELANTONIOCERNABAZAN


EXTREMADMANETE CORRUPTO FISCAL SUPERIOR  DANIEL ANTONIO CERNA BAZAN  PREVARICO EN FORMA ESCANDALOSA EN EL AÑO 1999 EMITIENDO UN DICTAMEN QUE EXCULPO AL CORRUPTO Y MAFIOSO NOE INAFUKU HIGA DE UNA APROPIACION ILICITA  DE 1 MILLON DE DOLARES



 IMG


2.59.- Y quien en la actualidad  es uno  de los cabecillas de una organización delictiva de magistrados arbitrarios y corruptos que se dedica a favorecer   a las personas ECONÓMICAMENTE influyentes y quienes actúan en    la Región La Libertad  y quienes  nos tienen esclavizado en la más  espantosa corrupción tanto en el Ministerio Publico como en la Oficina de Control Interno del  Ministerio Publico de la Libertad


2.60 .- Todo esto y otras muchas denuncias y quejas mas demuestra que los denunciados  han infringido abiertamente y en forma prepotente  las leyes  y  las normas procesales vigentes afectándose  el debido proceso que  es la Institución del Derecho Constitucional Procesal que identifica los principios y presupuestos procesales mínimos que debe reunir todo proceso judicial jurisdiccional para asegurar al justiciable la certeza, justicia y legitimidad de su resultado, En tal sentido ante el abusivo recorte evidente de los  derechos constitucionales de los agraviados a la tutela jurisdiccional efectiva y al debido proceso como garantía genérica y por la falta de idoneidad de estos  corruptps magistrados  es que solicitamos que no se les ratifique como extremadamente corruptos magistrados que son 


FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL ESCRITO


1              .- CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO.


Artículo 2°. Toda persona tiene derecho:


Inciso 20:  A formular  peticiones ante la autoridad competente; la  que está obligada a  pronunciarse  dentro del plazo de Ley.


 


Artículo 154°. Son funciones del Consejo Nacional de la Magistratura:


Inciso 2.            Ratificar a los jueces y fiscales de todos los niveles cada siete años. Los no ratificados no pueden reingresar al Poder Judicial ni al Ministerio Público. El proceso de ratificación es independiente de las medidas disciplinarias.


 


2.- LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA 


 


- 3.- Reglamento del Proceso de Evaluación y Ratificación de Jueces del Poder


Judicial y Fiscales del Ministerio Público


Por  tanto


Sr. Presidente solicito tener por presentada esta denuncia ciudadana y actuar de acuerdo a ley


                                               …………………………………………………..


 Q.F. HUMBERTO A, RODRIGUEZ CERNA


                                                  DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ASOCIACION JUSTICIA


                                               SIN CORRUPCION Y EDUCACION CON ALIMENTACION


Y DEL FRENTE ANTICORRUPCION DE AGRAVIADOS POR EL PODER JUDICIAL Y DEL MINISTERIO PUBLICO


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DR. FRANCISCO JAVIER PALACIOS YAMUNAQUE  


                                                           ABOGADO


 


 


 


 

1 comentario:

Juan dijo...

Los que se esconde tras de este supuesto escrito es gente, frustrada mentirosa que solo quiere dañar la imagen de idóneos profesionales, si creen tener la verdad, por que no salen a la luz y de frente denuncian, y no detrás de una computadora la población no toma en cuenta esta tontera por que no responde a la verdad, cada profesional demuestra su capacidad con su trabajo y no con los adornos que ponen estos delincuentes, fácil es destruir por la espalda pero Dios es mas fuerte que ustedes, es mas el consejo de la magistratura, nunca tomara en cuenta estas estupideces, carentes de verdad, si quieren ser magistrados estudien cabezas de burros que no pueden aprobar un examen y la impotencia les hace escribir esto.