ESTATUTOS DE LA PRIMERA ASOCIACIÓN ANTI MAFIA DEL PERÚ
DAN A CONOCER NACIMIENTO DE LA PRIMERA ASOCIACIÓN ANTI MAFIA DEL PERÚ
PUBLICAMOS LOS ESTATUTOS DE LA PRIMERA ASOCIACIÓN ANTI MAFIA DEL PERÚ
Ante el descomunal avance en forma totalmente impune, de la corrupción y de la criminalidad, del saqueo del erario publico, de la inseguridad ciudadana y jurídica en el país
y ante el salvaje y brutal incremento de asesinatos y extorsiones y otros gravísimos delitos de persecución publica cometidos en agravio de miles de personas totalmente inocente que no saben cómo se maneja las riendas del poder por oscuros personajes en el país;
un grupo de ciudadanos agraviados por la corrupción del poder judicial y del ministerio publico de las ciudades de Sullana y Trujillo han solicitado a quien fuera el Presidente y Director Ejecutivo de la prestigiosa Asociación civil “Justicia sin corrupción y Educación con Alimentación”, Químico Farmacéutico
Humberto Armando Rodriguez Cerna y cuyo cargo de la mencionada asociación anticorrupcion venció a fines del año 2013; dirigir y conducir una asociación anti mafia ante la gravedad de los casos denunciados y éste ha aceptado y dándose a saber que ya se ha conformado la primera junta directiva de dicha asociación y ya se ha creado los Estatutos de la primera Asociación Anti Mafia en el Perú, cuya copia estamos haciendo llegar en documentos PDF a miles de importantes correos electrónicos invitándoles a valientes ciudadanos peruanos a conformar una Red Nacional Anti Mafia para tratar de reducir los elevados índices de criminalidad, corrupción e impunidad existente en el país y cuyos estatutos de la primera Asociación Anti Mafia del Perú estamos publicando en el presente blog:
ESTATUTOS
ASOCIACIÓN CIVIL ANTI MAFIA DEL PERÚ.
TITULO I
DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN
DENOMINACIÓN, DOMICILIO,
ARTICULO PRIMERO.- BAJO EL NOMBRE DE ASOCIACIÓN CIVIL “ANTI MAFIA ORGANIZACIÓN REUNIFICADORA”, SE CONSTITUYE LA PRESENTE ASOCIACIÓN CIVIL, SIN FINES DE LUCRO, ORGANIZACION NO GUBERNAMENTAL, CON PERSONERÍA JURÍDICA DE DERECHO CIVIL PRIVADO, CONSTITUIDO AL AMPARO DEL ARTICULO 2 INCISO 13 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PAÍS, Y QUE SE REGIRÁ POR EL PRESENTE ESTATUTO Y POR LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES.
ARTICULO SEGUNDO.- EL DOMICILIO SOCIAL DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN ESTARÁ UBICADO EN LA CALLE CALLAO N° 714, EN EL DISTRITO Y PROVINCIA DE SULLANA, DEPARTAMENTO DE PIURA, REGIÓN MIGUEL GRAU, REPÚBLICA DEL PERÚ Y PODRÁ ESTABLECER OFICINAS, FILIALES U OTRAS ANÁLOGAS, EN CUALQUIER LUGAR DE LA REPÚBLICA O DEL EXTRANJERO, PREVIO ACUERDO DE LA JUNTA DIRECTIVA.
ARTICULO TERCERO.- LA DURACIÓN DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN CIVIL ES INDETERMINADA E INDEFINIDA E INICIA SUS ACTIVIDADES A PARTIR DE LA PRIMERA JUNTA DE ASOCIADOS FUNDADORES REALIZADA PARA CONSTITUIR LA PRESENTE ASOCIACIÓN CIVIL
ARTICULO CUARTO.- LA PRESENTE ASOCIACIÓN CIVIL TENDRÁ COMO SIGLAS LA PALABRA A.M.O.R QUE SIGNIFICA “ANTI MAFIA ORGANIZACIÓN REUNIFICADORA” Y PODRÁ SER CONOCIDA COMO “ASOCIACIÓN CIVIL A.M.O.R. DEL PERU”, TAMBIÉN PODRÁ SE CONOCIDA POR SU NOMBRE CORTO DE “ASOCIACION CIVIL ANTI MAFIA DEL PERU” Y SIENDO SU NOMBRE LARGO: ASOCIACIÓN CIVIL “ANTI MAFIA ORGANIZACIÓN REUNIFICADORA” DEL PERU Y CUYO LEMA SERA: “INTELIGENCIA SUPERIOR AL SERVICIO DEL BIEN COMÚN Y DE LA PAZ SOCIAL”
TITULO II DE LOS FINES Y OBJETIVOS
ARTICULO QUINTO.- LA ASOCIACIÓN CIVIL ANTI MAFIA DEL PERÚ TIENE COMO FINALIDAD Y OBJETIVOS LOS SIGUIENTES:
1.- BUSCAMOS RE UNIFICAR A TODAS LAS FUERZAS VIVAS DE LA SOCIEDAD CIVIL, A TODAS LAS ORGANIZACIONES SOCIALES, EDUCATIVAS, CULTURALES, TÉCNICAS, PROFESIONALES, CIENTÍFICAS, DEPORTIVAS, SINDICALES, RELIGIOSAS Y NO RELIGIOSAS, POLÍTICAS Y APOLÍTICAS PARA DARLES A CONOCER Y PARA ALERTARLES DE LA EXISTENCIA DE ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE PROPUGNAN E IMPULSAN LA CORRUPCIÓN Y QUE SE ENCUENTRAN INFILTRADAS EN LA ACTUALIDAD EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS DE NUESTRO PAÍS ATENTANDO CONTRA LOS INTERESES DE LAS GRANDES MAYORÍAS Y QUIENES SON LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL SALVAJE INCREMENTO DE LA CORRUPCIÓN, DE LA DELINCUENCIA, DE LA INSEGURIDAD CIUDADANA Y JURÍDICA EN EL PAÍS Y QUIENES SE ENCUENTRAN SAQUEANDO EL DINERO Y LAS RIQUEZAS DEL PAÍS QUE PERTENECEN A TODOS LOS PERUANOS Y TENIENDO COMO BASE PRINCIPAL PARA LA CREACIÓN DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN LA “LEGÍTIMA DEFENSA” QUE TENEMOS LOS CIUDADANOS COMO DERECHO CONSAGRADO EN NUESTRA CONSTITUCIÓN; PARA DEFENDERNOS LEGALMENTE ANTE TANTO ABUSO, VEJAMEN Y ATROPELLO COMETIDO POR DIVERSAS CLASE DE MALOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y MALOS MAGISTRADOS QUE EN FORMA PERMANENTE VIOLAN FLAGRANTEMENTE DE MANERA SISTEMÁTICA Y CONSTANTE LOS MÁS ELEMENTALES DERECHOS Y PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE NUESTROS CONCIUDADANOS.
3.- BUSCAMOS ENSEÑAR, DIFUNDIR Y FORTALECER, LOS VALORES ÉTICOS Y PRINCIPIOS MORALES DEL SER HUMANO; BUSCAMOS ENSEÑAR QUE LA VIDA ES EL DON MAS PRECIADO Y MAS PRECIOSO QUE TENEMOS Y QUE DEBEMOS DE DEFENDERLA CON TODAS NUESTRAS FUERZAS Y POR LO CUAL BUSCAMOS ENSEÑAR A NO DEJARSE SOMETER POR LA CORRUPCIÓN Y A NO DEJARSE SOMETER POR LAS ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE PROPUGNAN E IMPULSAN LA CORRUPCIÓN EXISTENTE Y QUE SE ENCUENTRAN INFILTRADAS EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS DE NUESTRO PAIS Y QUIENES SON LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL INCREMENTO DE LA CORRUPCION, DEL INCREMENTO DE LA DELINCUENCIA, DE LA INSEGURIDAD CIUDADANA Y JURIDICA EN EL PAIS Y QUIENES SON LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL SAQUEO DEL DINERO Y DE LAS RIQUEZAS DEL PAIS. BUSCAMOS ENSEÑAR A NO DARSE NUNCA POR VENCIDOS EN LA LUCHA DIARIA POR LA VIDA Y A NO SER CONFORMISTAS.
2.- BUSCAMOS ENSEÑAR COMO SE DEBE DE COMBATIR SIN TREGUA Y SIN DARSE NUNCA POR VENCIDO A ESA CLASE DE ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE PROPICIAN E IMPULSAN LA CORRUPCIÓN QUE SE ENCUENTRAN INFILTRADAS EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS DE NUESTRO PAÍS Y PARA LO CUAL PROPUGNAMOS CAMBIOS ESTRUCTURALES Y COYUNTURALES COMO MODIFICAR EL CÓDIGO PENAL O LA CREACIÓN DE LEYES ANTI MAFIA MUY DRÁSTICAS PARA IMPONER HASTA LA SANCIÓN PENAL DE CADENA PERPETUA PARA LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL INCREMENTO DE LA CORRUPCIÓN, DEL INCREMENTO DE LA DELINCUENCIA, DE LA INSEGURIDAD CIUDADANA Y JURÍDICA EN EL PAÍS Y PARA LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL SAQUEO DEL DINERO Y DE LAS RIQUEZAS DEL PAÍS
4.- BUSCAMOS ADEMAS COMBATIR VALIENTE Y FRONTALMENTE LA CORRUPCIÓN EN TODOS SUS NIVELES Y FORMAS PROVENGAN ESTOS ACTOS DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS O DE PARTICULARES Y BUSCAMOS COMBATIR A LAS ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE PROPUGNAN E IMPULSAN LA CORRUPCIÓN, INTERVINIENDO POR ACCIÓN POPULAR EN LOS RESPECTIVOS CASOS QUE LA LEY FACULTA, BRINDANDO APOYO, CAPACITACIÓN Y ASESORAMIENTO A LOS AGRAVIADOS POR ESTOS ACTOS DE CORRUPCIÓN O A SUS FAMILIARES, PARA LO CUAL, CUALQUIER MIEMBRO DE LA PRESENTE ASOCIACION ANTI MAFIA PODRÁ DENUNCIAR PENALMENTE Y/O DEMANDAR CIVILMENTE CONTANDO CON EL ASESORAMIENTO Y APOYO LEGAL DE ABOGADOS ANTICORRUPCION A CUALQUIERA AUTORIDAD, FUNCIONARIO O PERSONA QUE HAYA COMETIDO DELITO DE CORRUPCIÓN O ILÍCITO TIPIFICADO EN EL CODIGO PENAL.
5.- BUSCAMOS CAPACITAR. ASESORAR, EDUCAR, ENSEÑAR, ELABORAR Y DESARROLLAR PROYECTOS CULTURALES Y EDUCATIVOS Y TODA CLASE DE ACTIVIDADES Y EVENTOS (TALLERES, CURSOS, CHARLAS EDUCATIVAS, SEMINARIOS, CONVERSATORIOS, MESAS REDONDAS, JORNADAS CÍVICAS COMO PLANTONES ANTICORRUPCION Y ANTI MAFIA Y MARCHAS PACIFICAS, CONFERENCIAS, FOROS, CONGRESOS ETC.) A FIN DE DESARROLLAR UNA CULTURA ANTICORRUPCION Y ANTI MAFIA A NIVEL NACIONAL, TENIENDO COMO EJE PRINCIPAL LA LUCHA FRONTAL CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA LUCHA FRONTAL CONTRA LAS ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE IMPULSAN A LA CORRUPCIÓN Y QUE SE ENCUENTRAN INFILTRADAS EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS DE NUESTRO PAIS Y QUIENES SON LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL INCREMENTO DE LA CORRUPCIÓN, DEL INCREMENTO DE LA DELINCUENCIA, DE LA INSEGURIDAD CIUDADANA Y JURÍDICA EN EL PAÍS Y QUIENES SON LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL SAQUEO DEL DINERO Y DE LAS RIQUEZAS DEL
6.- BUSCAMOS GENERAR ESPACIOS ALTERNATIVOS PARA LA CREACIÓN DE ASOCIACIONES REGIONALES AFINES ANTI MAFIA DE VIGILANCIA CIUDADANA ORGANIZADA PARA LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y PARA LA LUCHA CONTRA LAS ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE IMPULSAN A LA CORRUPCIÓN QUE SE ENCUENTRAN INFILTRADAS EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS DE NUESTRO PAIS Y QUIENES SON LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL SALVAJE INCREMENTO DE LA CORRUPCIÓN, DE LA DELINCUENCIA, DE LA INSEGURIDAD CIUDADANA Y JURÍDICA EN EL PAÍS Y QUIENES SON LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL SAQUEO DEL DINERO Y DE LAS RIQUEZAS DEL PAIS
7.- BUSCAMOS LA UNIÓN FRATERNA Y SOLIDARIA Y EL AMOR FRATERNAL ENTRE TODOS LOS CIUDADANOS PERUANOS SIN DISTINCIÓN DE RAZAS, CLASES POLÍTICAS, CREDOS RELIGIOSOS O POSICIONES ECONÓMICAS, PARA PROYECTAR E IMPULSAR LA FORMACIÓN DE UNA RED NACIONAL ANTI MAFIA CONFORMADA POR TODAS LAS ASOCIACIONES SOCIALES, DEPORTIVAS, CULTURALES,TÉCNICAS, PROFESIONALES, HUMANÍSTICAS, TECNOLÓGICAS, CIENTÍFICAS, SINDICALES, EDUCATIVAS, RELIGIOSAS Y NO RELIGIOSAS, POLÍTICAS Y APOLÍTICAS QUE A SU VEZ ESTAS UNIDAS CON LAS ORGANIZACIONES DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN ANTI MAFIA CONFORMEN TODAS JUNTAS EL MOVIMIENTO NACIONAL ANTI MAFIA QUE BUSCARA EL BIEN COMÚN DE LAS GRANDES MAYORÍAS Y LA PAZ SOCIAL BUSCANDO ERRADICAR Y PROHIBIR LA EXISTENCIA DE LAS ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE PROPUGNAN E IMPULSAN LA CORRUPCIÓN QUE SE ENCUENTRAN INFILTRADAS EN LA ACTUALIDAD EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS DE NUESTRO PAIS Y QUIENES SON LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL SALVAJE INCREMENTO DE LA CORRUPCIÓN, DE LA DELINCUENCIA, DE LA INSEGURIDAD CIUDADANA Y JURÍDICA EN EL PAÍS Y QUIENES SON LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL SAQUEO DEL DINERO Y DE LAS RIQUEZAS DEL PAÍS
8.- BUSCAMOS CAPACITAR, DIFUNDIR Y ENSEÑAR A LOS CIUDADANOS EN GENERAL DE TODOS LOS ESTAMENTOS SOCIALES, SUS DEBERES Y DERECHOS CONSTITUCIONALES A FIN DE QUE LOS CONOZCAN Y LOS HAGAN VALER PARA QUE APRENDAN A DEFENDERSE SIN NINGUN TEMOR CONTRA CUALQUIER AUTORIDAD ABUSIVA Y CORRUPTA QUE PRETENDA CONCULCAR SUS DERECHOS CONSTITUCIONALES Y PARA QUE APRENDAN A DEFENDERSE DE LAS ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE PROPUGNAN E IMPULSAN LA CORRUPCIÓN EXISTENTES EN LA ACTUALIDAD EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS DE NUESTRO PAÍS Y QUIENES SON LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL SALVAJE INCREMENTO DE LA CORRUPCIÓN, DE LA DELINCUENCIA, DE LA INSEGURIDAD CIUDADANA Y JURÍDICA EN EL PAÍS Y QUIENES SON LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL SAQUEO DEL DINERO Y DE LAS RIQUEZAS DEL PAÍS
9.-BUSCAMOS ESTABLECER ACUERDOS DE COOPERACIÓN NACIONAL O INTERNACIONAL; BUSCAMOS TRABAJAR CONJUNTAMENTE CON ORGANISMOS NACIONALES E INTERNACIONALES Y CONTRIBUIR CON ELLOS PARA LOS FINES Y OBJETIVOS DE NUESTRA ASOCIACIÓN DE VERDADERA LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y DE VERDADERA LUCHA CONTRA LAS ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE PROPUGNAN E IMPULSAN LA CORRUPCIÓN EXISTENTES EN LA ACTUALIDAD EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS DE NUESTRO PAÍS Y QUIENES SON LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL SALVAJE INCREMENTO DE LA CORRUPCIÓN, DE LA DELINCUENCIA, DE LA INSEGURIDAD CIUDADANA Y JURÍDICA EN EL PAÍS Y QUIENES SON LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL SAQUEO DEL DINERO Y DE LAS RIQUEZAS DEL PAÍS
10.- BUSCAMOS CAMBIOS DRÁSTICOS COYUNTURALES Y ESTRUCTURALES E IMNOVADORES PARA DISMINUIR LOS ELEVADOS INDICES DE CORRUPCIÓN QUE IMPERAN EN NUESTRO PAÍS BUSCANDO QUE SE ERRADIQUEN Y SE PROHÍBAN LAS ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE PROPUGNAN E IMPULSAN LA CORRUPCION Y QUE SE ENCUENTRAN INFILTRADAS EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS DE NUESTRO PAIS Y QUIENES SON LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL SALVAJE INCREMENTO DE LA CORRUPCIÓN, DE LA DELINCUENCIA, DE LA INSEGURIDAD CIUDADANA Y JURÍDICA EN EL PAÍS Y QUIENES SON LOS PRINCIPALES RESPONSABLES DEL SAQUEO DEL DINERO Y DE LAS RIQUEZAS DEL PAÍS
11.- BUSCAMOS FOMENTAR Y DIFUNDIR UNA CULTURA DE PAZ Y CONCILIACIÓN CONSENSUAL EN NUESTRO PAÍS.
12.- BUSCAMOS PLANIFICAR, PREPARAR Y DESARROLLAR PROGRAMAS Y PROYECTOS ANTICORRUPCION Y ANTI MAFIA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA EDUCACIÓN, DE LA SALUD, DE LA NUTRICIÓN Y ALIMENTACIÓN PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD INTELECTUAL DE LAS GRANDES MAYORÍAS.
ARTICULO SEXTO.- PARA EL CUMPLIMIENTO Y DESARROLLO DE LOS OBJETIVOS Y FINES PROPUESTOS, LA PRESENTE ASOCIACIÓN PODRÁ REALIZAR ENTRE OTRAS LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES:
A) ORGANIZAR Y REALIZAR TALLERES, CURSOS, SEMINARIOS, SIMPOSIOS, ENCUENTROS, CONVERSATORIOS, MESAS REDONDAS, JORNADAS COMO PLANTONES ANTI MAFIA Y ANTI CORRUPCIÓN Y MARCHAS PACIFICAS, CONFERENCIAS, FOROS, CHARLAS EDUCATIVAS, Y CONGRESOS QUE FACILITEN LA DIVULGACION DE LOS ESTUDIOS, PROYECTOS, PROGRAMAS Y ACCIONES ANTI MAFIA PARA LA CONSECUCION DE LOS FINES Y OBJETIVOS DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN.
A) ORGANIZAR Y REALIZAR TALLERES, CURSOS, SEMINARIOS, SIMPOSIOS, ENCUENTROS, CONVERSATORIOS, MESAS REDONDAS, JORNADAS COMO PLANTONES ANTI MAFIA Y ANTI CORRUPCIÓN Y MARCHAS PACIFICAS, CONFERENCIAS, FOROS, CHARLAS EDUCATIVAS, Y CONGRESOS QUE FACILITEN LA DIVULGACION DE LOS ESTUDIOS, PROYECTOS, PROGRAMAS Y ACCIONES ANTI MAFIA PARA LA CONSECUCION DE LOS FINES Y OBJETIVOS DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN.
B) CREAR MEDIOS DE COMUNICACIONES SOCIALES, TALES COMO: REVISTAS, FOLLETOS, LIBROS, PERIÓDICOS, VOLANTES, PAGINAS WEBS, SEMANARIOS Y PUBLICACIONES PARA LA DIFUSIÓN INFORMACIÓN, COMUNICACIÓN Y DIVULGACIÓN DE LOS ESTUDIOS, PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACCIONES ANTI MAFIA PARA LAS REALIZACIÓN DE LOS FINES Y OBJETIVOS DE LA ASOCIACIÓN.
C) SOLICITAR Y RECIBIR ASESORAMIENTO Y FINANCIAMIENTO DE ENTIDADES PUBLICAS Y/O PRIVADAS, NACIONALES Y/O INTERNACIONALES, QUE PERMITAN EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS Y LA CONSECUCIÓN DE LOS FINES Y OBJETIVOS DE LA ASOCIACIÓN, SIN PERSEGUIR EN NINGUNO DE LOS CASOS NINGÚN TIPO DE LUCRO Y PARA LO CUAL PODRÁ CELEBRAR TODOS LOS ACTOS Y CONTRATOS QUE SE ESTIMEN NECESARIOS. ACEPTAR Y OTORGAR DONATIVOS DE CUALQUIER NATURALEZA, Y EN GENERAL ADMINISTRAR SUS RECURSOS CON ENTERA LIBERTAD PARA LA CONSECUCIÓN DE LOS FINES Y OBJETIVOS DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN
E) LA PRESENTE ASOCIACIÓN PODRÁ OTORGAR PREMIOS, DISTINCIONES, HOMENAJES Y DIPLOMAS A QUIENES SOBRESALGAN EN LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y EN LA LUCHA ANTI MAFIA;.
F) LA PRESENTE ASOCIACIÓN PODRÁ ADQUIRIR BIENES A TRAVÉS DE LOS CUALES PUEDA AGENCIARSE INGRESOS PERMANENTES PARA LA ATENCIÓN DE SUS NECESIDADES ECONOMICAS PARA LA CONSECUCION DE SUS FINES Y OBJETIVOS Y PARA EL DESARROLLO DE SUS PROYECTOS, ACCIONES Y PROGRAMAS ANTI MAFIA.
G) ESTABLECER ACUERDOS DE COOPERACION NACIONAL O INTERNACIONAL; TRABAJAR CONJUNTAMENTE CON ORGANIZACIONES SOCIALES NACIONALES E INTERNACIONALES, QUE TENGAN OBJETIVOS ANALOGOS Y/O AFINES Y/O CONTRIBUYAN AL ENGRANDECIMIENTO DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN ANTI MAFIA Y A LA CONSECUCIÓN DE SUS FINES Y OBJETIVOS Y/O QUE CONTRIBUYAN CON LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCION Y/O QUE CONTRIBUYAN EN LA LUCHA CONTRA LAS ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE PROPUGNAN E IMPULSAN LA CORRUPCIÓN QUE SE ENCUENTRAN INFILTRADAS EN LA ACTUALIDAD EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS EN NUESTRO PAIS.
G) ESTABLECER ACUERDOS DE COOPERACION NACIONAL O INTERNACIONAL; TRABAJAR CONJUNTAMENTE CON ORGANIZACIONES SOCIALES NACIONALES E INTERNACIONALES, QUE TENGAN OBJETIVOS ANALOGOS Y/O AFINES Y/O CONTRIBUYAN AL ENGRANDECIMIENTO DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN ANTI MAFIA Y A LA CONSECUCIÓN DE SUS FINES Y OBJETIVOS Y/O QUE CONTRIBUYAN CON LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCION Y/O QUE CONTRIBUYAN EN LA LUCHA CONTRA LAS ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE PROPUGNAN E IMPULSAN LA CORRUPCIÓN QUE SE ENCUENTRAN INFILTRADAS EN LA ACTUALIDAD EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS EN NUESTRO PAIS.
ARTICULO SÉPTIMO.- PARA UNA MEJOR ORGANIZACIÓN DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN, ESTA SE DIVIDIRA EN VARIAS COMISIONES ANTI MAFIAS DE DIRIGENTES SIENDO LAS COMISIONES ANTI MAFIAS QUE NACEN CON ESTA ASOCIACIÓN LAS SIGUIENTES, A LAS CUALES SE PODRÁN FORMAR OTRAS COMISIONES ANTIMAFIA PREVIA ACEPTACIÓN DEL FUNDADOR DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN ANTI MAFIA:
A.- COMISIÓN ANTI MAFIA ORGANIZACIÓN REGIONAL: QUE ESTARÁ CONFORMADA POR LOS DIVERSOS DIRIGENTES DE CUALQUIER ORGANIZACIÓN SOCIAL O CULTURAL DE CADA REGIÓN DEL PAIS QUE PROPUGNEN CAMBIOS DRÁSTICOS, COYUNTURALES Y ESTRUCTURALES COMO LA IMPULSION DE LEYES ANTI MAFIA DRÁSTICAS COMO LA IMPLANTACIÓN DE LA SANCIÓN PENAL DE CADENA PERPETUA PARA LOS CABECILLAS DE LAS ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE PROPUGNAN E IMPULSAN LA CORRUPCIÓN QUE SE ENCUENTRAN INFILTRADAS EN LA ACTUALIDAD EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS DE NUESTRO PAIS Y QUE SE ENCUENTRAN SAQUEANDO EL DINERO Y LAS RIQUEZAS DEL PAIS Y QUE SON LOS VERDADEROS RESPONSABLES DEL SALVAJE INCREMENTO DE LA CORRUPCIÓN, DE LA DELINCUENCIA, DE LA INSEGURIDAD CIUDADANA Y JURIDICA DEL PAIS
B.- COMISIÓN ANTI MAFIA ORGANIZACIÓN RACIONALISTA QUE ESTARÁ CONFORMADA POR LOS DIVERSOS DIRIGENTES DE CUALQUIER ORGANIZACIÓN RACIONALISTA, CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA, EXISTENCIA LISTA O NO RELIGIOSA QUE PROPUGNEN CAMBIOS DRÁSTICOS, COYUNTURALES Y ESTRUCTURALES COMO LA IMPULSIVO DE LEYES ANTI MAFIA DRÁSTICAS COMO LA IMPLANTACIÓN DE LA SANCIÓN PENAL DE CADENA PERPETUA PARA LOS CABECILLAS DE LAS ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE PROPUGNAN E IMPULSAN LA CORRUPCIÓN QUE SE ENCUENTRAN INFILTRADAS EN LA ACTUALIDAD EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS DE NUESTRO PAIS Y QUE SE ENCUENTRAN SAQUEANDO LAS RIQUEZA DEL PAIS Y QUE SON LOS VERDADEROS RESPONSABLES DEL SALVAJE INCREMENTO DE LA CORRUPCIÓN, DE LA DELINCUENCIA, DE LA INSEGURIDAD CIUDADANA Y JURIDICA DEL PAIS
C.- COMISIÓN ANTI MAFIA ORGANIZACIÓN RELIGIOSA QUE ESTARÁ CONFORMADA POR LOS DIVERSOS DIRIGENTES DE CUALQUIER ORGANIZACIÓN RELIGIOSA O ESPIRITUALISTA QUE PROPUGNEN CAMBIOS DRASTICOS, COYUNTURALES Y ESTRUCTURALES COMO LA IMPULSION DE LEYES ANTI MAFIA DRÁSTICAS COMO LA IMPLANTACIÓN DE LA SANCIÓN PENAL DE CADENA PERPETUA PARA LOS CABECILLAS DE LAS ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE PROPUGNAN E IMPULSAN LA CORRUPCIÓN QUE SE ENCUENTRAN INFILTRADAS EN LA ACTUALIDAD EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS DE NUESTRO PAIS Y QUE SE ENCUENTRAN SAQUEANDO EL DINERO Y LAS RIQUEZA DEL PAÍS Y QUE SON LOS VERDADEROS RESPONSABLES DEL SALVAJE INCREMENTO DE LA CORRUPCIÓN, DE LA DELINCUENCIA, DE LA INSEGURIDAD CIUDADANA Y JURIDICA DEL PAIS
D.- COMISIÓN ANTI MAFIA ORGANIZACIÓN RADICAL REVOLUCIONARIA QUE ESTARÁ CONFORMADA POR LOS DIVERSOS DIRIGENTES DE CUALQUIER ORGANIZACIÓN SOCIAL O CULTURAL QUE PROPUGNE EN FORMA PACIFICA CAMBIOS DRÁSTICOS RADICALES Y REVOLUCIONARIOS COMO LA IMPULSION DE LEYES ANTI MAFIA DRASTICAS COMO LA IMPLANTACIÓN DE LA SANCIÓN PENAL DE PENA CAPITAL PARA LOS CABECILLAS DE LA ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE PROPUGNAN E IMPULSAN LA CORRUPCIÓN QUE SE ENCUENTRAN INFILTRADAS EN LA ACTUALIDAD EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS DE NUESTRO PAIS Y QUE SE ENCUENTRAN SAQUEANDO LAS RIQUEZA DEL PAIS Y QUE SON LOS VERDADEROS RESPONSABLES DEL SALVAJE INCREMENTO DE LA CORRUPCIÓN, DE LA DELINCUENCIA, DE LA INSEGURIDAD CIUDADANA Y JURÍDICA DEL PAÍS
ARTICULO OCTAVO.- TAMBIÉN PARA UNA MEJOR ORGANIZACIÓN DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN, ESTA SE DIVIDIRÁ EN VARIOS FRENTES ANTI MAFIAS O LIGAS ANTI MAFIAS DE AGRAVIADOS O VICTIMAS DE LA CORRUPCIÓN QUE SERÁN DIRIGIDAS Y CONDUCIDAS POR ASOCIADOS ACTIVOS QUE HAYAN DEMOSTRADO HONESTIDAD, SOLIDARIDAD, PERSEVERANCIA, INTELIGENCIA, VALENTIA Y LEALTAD A LOS FINES Y OBJETIVOS DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN ANTI MAFIA. SIENDO LOS FRENTES Y LIGAS QUE NACEN CON ESTA ASOCIACIÓN LAS SIGUIENTES, A LAS CUALES SE PODRÁN FORMAR OTROS, PREVIA ACEPTACION DEL FUNDADOR DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN ANTI MAFIA:
A.- FRENTES LOCALES ANTI MAFIAS O FRENTES REGIONALES ANTI MAFIA DE LITIGANTES Y AGRAVIADOS POR LA CORRUPCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES SECRETAS Y DISCRETAS QUE SE ENCUENTRAN INFILTRADAS EN EL PODER JUDICIAL, EN EL MINISTERIO PUBLICO, EN EL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA, EN EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Y EN EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, EN EL PODER LEGISLATIVO Y EN EL PODER EJECUTIVO.
B.- FRENTE ANTI MAFIA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA EDUCACIÓN, DE LA NUTRICIÓN, DE LA ALIMENTACIÓN Y DE LA SALUD DE LAS GRANDES MAYORÍAS
B.- LIGA ANTI MAFIA DE ANTIDIFAMACION
ARTICULO NOVENO.- LA CELEBRACIÓN DE CONVENIOS O CONTRATOS, BAJO RESPONSABILIDAD, NO PODRÁ COMPROMETER LA AUTONOMÍA Y/O INDEPENDENCIA DE LA PRESENTE ASOCIACION, QUE ES UNA ENTIDAD JURÍDICA DIFERENTE A LA DE SUS ASOCIADOS FUNDADORES Y ASOCIADOS EN GENERAL, NINGUNO DE ELLOS ES RESPONSABLE SOLIDARIO NI MANCOMUNADO DE LAS DEUDAS QUE ADQUIERA LA ASOCIACION DURANTE EL TRANSCURSO DE SU EXISTENCIA.
TITULO III
DE LOS ASOCIADOS
CAPITULO I
ADMISIÓN, RENUNCIA Y EXCLUSIÓN
ARTICULO DÉCIMO.- SON ASOCIADOS ACTIVOS LAS PERSONAS NATURALES Y/O JURIDICAS, ADMITIDAS COMO TALES, POR CUALQUIER SOCIO FUNDADOR DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN ANTI MAFIA Y QUE PODRAN DE SER DE TRES TIPOS:
10.1.- ASOCIADOS FUNDADORES.- SON LAS PERSONAS NATURALES QUE HAN SUSCRITO EL ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN.
10.2.- ASOCIADOS ACTIVOS ORDINARIOS.- SON LAS PERSONAS NATURALES Y/O JURÍDICAS QUE NO TENIENDO LA CALIDAD DE FUNDADORES NI VITALICIOS, NI HONORARIOS, HAN SIDO ADMITIDOS COMO ASOCIADOS, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE ESTATUTO. PARA SER ASOCIADOS ACTIVOS ORDINARIOS DE LA ASOCIACIÓN PODRÁ SERLO TODA PERSONA NATURAL Y/O JURÍDICA QUE LO SOLICITE POR ESCRITO Y SEA ACEPTADO POR CUALQUIER SOCIO FUNDADOR Y CUANDO CUMPLAN CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
A.- ACEPTAR Y COMPROMETERSE A CUMPLIR EL PRESENTE ESTATUTO.
B.- HABER SOLICITADO INDIVIDUALMENTE Y POR ESCRITO SU ADMISIÓN A LA PRESENTE ASOCIACIÓN O HABER SIDO INVITADO A PARTICIPAR EN LA ASOCIACIÓN POR CUALQUIER SOCIO FUNDADOR DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN
B.- HABER SOLICITADO INDIVIDUALMENTE Y POR ESCRITO SU ADMISIÓN A LA PRESENTE ASOCIACIÓN O HABER SIDO INVITADO A PARTICIPAR EN LA ASOCIACIÓN POR CUALQUIER SOCIO FUNDADOR DE LA PRESENTE
C.- TENER DENTRO Y FUERA DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN, UNA CONDUCTA Y UNA MORAL INTACHABLE Y SIN HIPOCRESÍAS Y UN COMPORTAMIENTO ÉTICO Y SOLIDARIO, SER INTELIGENTE, FRATERNO, HONESTO, LEAL, SER MUY PERSEVERANTE Y SER MUY VALIENTE.
D.- ESTAR EN PLENO EJERCICIO DE SUS DERECHOS CIVILES.
E.- NO PERTENECER A NINGUNA ORGANIZACIÓN SECRETA O DISCRETA QUE PROPUGNA E IMPULSA LA CORRUPCIÓN QUE SE ENCUENTRA INFILTRADA EN LA ACTUALIDAD EN TODOS LOS NIVELES DE LOS PODERES ESTATALES Y EN DIVERSAS ORGANIZACIONES PRIVADAS EN NUESTRO PAÍS
10.3.- ASOCIADOS HONORARIOS.- SON LAS PERSONAS QUE HAN RECIBIDO ESTA DISTINCIÓN, POR ESTAR FIRMES Y VALIENTEMENTE IDENTIFICADOS CON LOS ELEVADOS PROPÓSITOS DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN, DEBIENDO SER PERSONAS DE RECONOCIDO RENOMBRE SOCIAL Y DE CONDUCTA MORAL INTACHABLE
10.3.- ASOCIADOS HONORARIOS.- SON LAS PERSONAS QUE HAN RECIBIDO ESTA DISTINCIÓN, POR ESTAR FIRMES Y VALIENTEMENTE IDENTIFICADOS CON LOS ELEVADOS PROPÓSITOS DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN, DEBIENDO SER PERSONAS DE RECONOCIDO RENOMBRE SOCIAL Y DE CONDUCTA MORAL INTACHABLE
LA CALIDAD DE ASOCIADOS ES INHERENTE A LA PERSONA Y NO ES TRANSFERIBLE NI TRANSMISIBLE, NO PUDIENDO PERTENECER A LA ASOCIACIÓN, NINGUNA PERSONA QUE HAYA TENIDO DENUNCIA PENAL RELACIONADO CON DELITO DE CORRUPCIÓN AL HABER TRABAJADO PARA EL ESTADO; EN CASO DE DUDA, LA ASOCIACIÓN SE GUARDA EL DERECHO DE SOLICITAR UN CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES Y PENALES AL FUTURO ASOCIADO PARA EVITAR LA INFILTRACIÓN DE PERSONAS CORRUPTAS QUE QUIERAN HACER DAÑO A LA PRESENTE ASOCIACIÓN.
ARTICULO DÉCIMO PRIMERO.- LA PRESENTE ASOCIACIÓN LLEVARA UN LIBRO DE REGISTRO DE ASOCIADOS EN EL QUE SE DEBERÁ ASENTAR LOS ACTOS DE INCORPORACIÓN Y RETIRO DE LOS ASOCIADOS, ASI COMO LOS DATOS GENERALES DE LOS MISMOS CON ARREGLO A LEY Y OTROS QUE SE ACUERDEN O JUSTIFIQUEN.
ARTICULO DÉCIMO SEGUNDO.- LA ADMISIÓN Y LA EXCLUSIÓN DE ASOCIADOS SERA ACORDADA POR EL CONSEJO DIRECTIVO, SU REGLAMENTACIÓN SERA PRESENTADA Y APROBADA POR EL CONSEJO DIRECTIVO.
ARTICULO DÉCIMO TERCERO.- LA CALIDAD DE ASOCIADO SE PIERDE POR LOS SIGUIENTES MOTIVOS:
A.- POR RENUNCIA ESCRITA PRESENTADA NOTARIALMENTE ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO.
B.- POR SEPARACIÓN Y EXCLUSIÓN DEL SOCIO ACORDADA POR LA JUNTA DIRECTIVA, POR DESLEALTAD O TRAICIÓN O POR INCUMPLIMIENTO CON LOS FINES, Y PRINCIPIOS DE LA ASOCIACIÓN, O POR FALTA GRAVE AL HABER ACTUADO EN CONTRA DE LOS INTERESE DE LA ASOCIACIÓN Y/O CONTRA LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA, CAUSANDO DAÑO MORAL Y MATERIAL, O POR DIFAMACIÓN VERBAL O ESCRITA QUE PERJUDIQUE A LA INSTITUCIÓN O A SUS REPRESENTANTES O POR GRAVE TRANSGRESIÓN DE LOS PRESENTES ESTATUTOS, PREVIA INVESTIGACIÓN Y FUNDAMENTACION ESCRITA POR EL CONSEJO DIRECTIVO.
C.- POR COMISIÓN DE DELITO CONFORME AL CÓDIGO PENAL.
D.- NO CUMPLIR DELIBERADA Y REITERADAMENTE LAS TAREAS ENCOMENDADAS POR LA JUNTA DIRECTIVA.
E.- NO CONCURRIR JUSTIFICADAMENTE A CINCO SESIONES DURANTE UN SEMESTRE O A TRES SESIONES CONSECUTIVAS DE LA ASOCIACION.
A.- POR RENUNCIA ESCRITA PRESENTADA NOTARIALMENTE ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO.
B.- POR SEPARACIÓN Y EXCLUSIÓN DEL SOCIO ACORDADA POR LA JUNTA DIRECTIVA, POR DESLEALTAD O TRAICIÓN O POR INCUMPLIMIENTO CON LOS FINES, Y PRINCIPIOS DE LA ASOCIACIÓN, O POR FALTA GRAVE AL HABER ACTUADO EN CONTRA DE LOS INTERESE DE LA ASOCIACIÓN Y/O CONTRA LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA, CAUSANDO DAÑO MORAL Y MATERIAL, O POR DIFAMACIÓN VERBAL O ESCRITA QUE PERJUDIQUE A LA INSTITUCIÓN O A SUS REPRESENTANTES O POR GRAVE TRANSGRESIÓN DE LOS PRESENTES ESTATUTOS, PREVIA INVESTIGACIÓN Y FUNDAMENTACION ESCRITA POR EL CONSEJO DIRECTIVO.
C.- POR COMISIÓN DE DELITO CONFORME AL CÓDIGO PENAL.
D.- NO CUMPLIR DELIBERADA Y REITERADAMENTE LAS TAREAS ENCOMENDADAS POR LA JUNTA DIRECTIVA.
E.- NO CONCURRIR JUSTIFICADAMENTE A CINCO SESIONES DURANTE UN SEMESTRE O A TRES SESIONES CONSECUTIVAS DE LA ASOCIACION.
F.- POR DISOLUCIÓN DE LA PERSONA JURIDICA.
CAPITULO II
DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS
ARTICULO DECIMO CUARTO.-
SON DERECHOS DE LOS ASOCIADOS ACTIVOS:
14.1.- PARTICIPAR CON VOZ Y VOTO EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE ASOCIADOS.
14.2.- PROPONER Y ELEGIR A LAS PERSONAS, PARA QUE DESEMPEÑEN CARGOS EN LA ASOCIACION Y/O PARA INTEGRAR LOS ÓRGANOS Y COMISIONES DE LA MISMA.
14.2.- PROPONER Y ELEGIR A LAS PERSONAS, PARA QUE DESEMPEÑEN CARGOS EN LA ASOCIACION Y/O PARA INTEGRAR LOS ÓRGANOS Y COMISIONES DE LA MISMA.
14.3.- SER REPRESENTADOS EN LA ASAMBLEA GENERAL POR OTRO ASOCIADO MEDIANTE CARTA SIMPLE.
14.4.- PRESENTAR PROYECTOS Y PROPUESTAS QUE PERMITAN ALCANZAR LOS FINES INSTITUCIONALES ASI COMO PARTICIPAR EN LAS COMISIONES, GRUPOS DE TRABAJOS Y ACTIVIDADES DE LA ASOCIACIÓN POR DESIGNACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN.
14.5.- RECIBIR PERIÓDICAMENTE INFORMES SOBRE LA GESTIÓN, DESARROLLO DE ACTIVIDADES Y PROYECTOS, ASI COMO DEL DESEMPEÑO DE SU SITUACIÓN ECONÓMICA.
14.6.- OBTENER CREDENCIALES Y CARTAS DE PRESENTACIÓN DE LA ASOCIACIÓN DESPUÉS DE UN AÑO DE ASOCIADO ACTIVO.
14.4.- PRESENTAR PROYECTOS Y PROPUESTAS QUE PERMITAN ALCANZAR LOS FINES INSTITUCIONALES ASI COMO PARTICIPAR EN LAS COMISIONES, GRUPOS DE TRABAJOS Y ACTIVIDADES DE LA ASOCIACIÓN POR DESIGNACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN.
14.5.- RECIBIR PERIÓDICAMENTE INFORMES SOBRE LA GESTIÓN, DESARROLLO DE ACTIVIDADES Y PROYECTOS, ASI COMO DEL DESEMPEÑO DE SU SITUACIÓN ECONÓMICA.
14.6.- OBTENER CREDENCIALES Y CARTAS DE PRESENTACIÓN DE LA ASOCIACIÓN DESPUÉS DE UN AÑO DE ASOCIADO ACTIVO.
14.7.- PRESENTAR NUEVOS ASOCIADOS, TENIENDO ESPECIAL CONSIDERACIÓN LAS PERSONAS AGRAVIADAS INJUSTAMENTE POR LA CORRUPCIÓN DEL PODER JUDICIAL Y DEL MINISTERIO PUBLICO.
14.8.- TENER ACCESO A UNA CAPACITACIÓN ADECUADA Y DEBIDO ASESORAMIENTO PARA EL CUMPLIMIENTO MAS EFICAZ DE LAS FUNCIONES Y ACTIVIDADES QUE DESARROLLE LA ASOCIACIÓN.
14.9.- LAS DEMAS QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE ESTATUTO.
14.8.- TENER ACCESO A UNA CAPACITACIÓN ADECUADA Y DEBIDO ASESORAMIENTO PARA EL CUMPLIMIENTO MAS EFICAZ DE LAS FUNCIONES Y ACTIVIDADES QUE DESARROLLE LA ASOCIACIÓN.
14.9.- LAS DEMAS QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE ESTATUTO.
ARTICULO DÉCIMO QUINTO.-
SON DEBERES DE LOS ASOCIADOS ACTIVOS:
15.1.- CONTRIBUIR Y VELAR POR EL ENGRANDECIMIENTO DE LA ASOCIACIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES Y OBJETIVOS DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN.
15.2.- CUMPLIR Y HACER CUMPLIR EL ESTATUTO, EL REGLAMENTO INTERNO DE LA ASOCIACIÓN, LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR EL CONSEJO DIRECTIVO Y LA ASAMBLEA GENERAL, CONFORME A LEY.
15.3.- PARTICIPAR EN LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS.
15.4.- PARTICIPAR EN FORMA REGULAR EN LAS ACTIVIDADES DE LA ASOCIACIÓN.
15.5.- CUMPLIR CON ESPÍRITU SOLIDARIO, ÉTICO, FRATERNO, HONESTO, LEAL, PERSEVERANTE Y VALIENTEMENTE LOS CARGOS, COMISIONES, PLANES, PROGRAMACIONES, TRABAJOS, COMPROMISOS Y OBLIGACIONES QUE LES SEAN ENCOMENDADOS POR LA JUNTA DIRECTIVA.
15.6.- CUMPLIR CON LAS DECISIONES DE LOS ÓRGANOS Y/O COMISIONES DE LA ASOCIACION, ADOPTADAS CONFORME A LEY.
15.7.- OBSERVAR LA MAS ESTRICTA SOLIDARIDAD Y LEALTAD INSTITUCIONAL DENUNCIANDO A LOS INFILTRADOS CORRUPTOS QUE DESEEN HACER DAÑO A LA ASOCIACIÓN.
15.8.-ACEPTAR LOS ACUERDOS QUE EMANAN DEL CONSEJO DIRECTIVO DENTRO DE SUS RESPECTIVAS ATRIBUCIONES.
15.9.- LAS DEMÁS QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE ESTATUTO.
15.3.- PARTICIPAR EN LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS.
15.4.- PARTICIPAR EN FORMA REGULAR EN LAS ACTIVIDADES DE LA ASOCIACIÓN.
15.5.- CUMPLIR CON ESPÍRITU SOLIDARIO, ÉTICO, FRATERNO, HONESTO, LEAL, PERSEVERANTE Y VALIENTEMENTE LOS CARGOS, COMISIONES, PLANES, PROGRAMACIONES, TRABAJOS, COMPROMISOS Y OBLIGACIONES QUE LES SEAN ENCOMENDADOS POR LA JUNTA DIRECTIVA.
15.6.- CUMPLIR CON LAS DECISIONES DE LOS ÓRGANOS Y/O COMISIONES DE LA ASOCIACION, ADOPTADAS CONFORME A LEY.
15.7.- OBSERVAR LA MAS ESTRICTA SOLIDARIDAD Y LEALTAD INSTITUCIONAL DENUNCIANDO A LOS INFILTRADOS CORRUPTOS QUE DESEEN HACER DAÑO A LA ASOCIACIÓN.
15.8.-ACEPTAR LOS ACUERDOS QUE EMANAN DEL CONSEJO DIRECTIVO DENTRO DE SUS RESPECTIVAS ATRIBUCIONES.
15.9.- LAS DEMÁS QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE ESTATUTO.
TITULO IV
DEL PATRIMONIO Y RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA ASOCIACIÓN
ARTICULO DÉCIMO SEXTO.- EL PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN ESTA CONSTITUIDO POR:
16.1.- ASIGNACIONES O DONACIONES PROVENIENTES DE ORGANISMOS O INSTITUCIONES NACIONALES O INTERNACIONALES, PUBLICAS O PRIVADAS.
16.1.- ASIGNACIONES O DONACIONES PROVENIENTES DE ORGANISMOS O INSTITUCIONES NACIONALES O INTERNACIONALES, PUBLICAS O PRIVADAS.
16.2.- CONTRIBUCIONES O VALORES QUE EN CALIDAD DE ASIGNACIONES, DONACIONES U OTROS, OTORGUEN LAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS, NACIONALES O INTERNACIONALES, PUBLICAS O PRIVADAS.
16.3.- CUALQUIER OTRO INGRESO POR PRESTACIONES DE SERVICIOS QUE TENGAN RELACION CON SUS OBJETIVOS Y PROGRAMAS DE LA ASOCIACIÓN.
16.3.- CUALQUIER OTRO INGRESO POR PRESTACIONES DE SERVICIOS QUE TENGAN RELACION CON SUS OBJETIVOS Y PROGRAMAS DE LA ASOCIACIÓN.
15.4.- CUALQUIER OTRO MEDIO PERMITIDO POR LA LEY.
ARTICULO DÉCIMO SÉPTIMO.- EL EJERCICIO ECONÓMICO DE LA ASOCIACIÓN, SE INICIA EL PRIMERO DE ENERO Y CONCLUYE EL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE CADA AÑO. LOS BENEFICIOS ECONÓMICOS OBTENIDOS AL FINALIZAR EL EJERCICIO ANUAL, ASI COMO SU PATRIMONIO EN BIENES Y EFECTIVO, EN EL CASO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA ASOCIACIÓN, NO PODRÁ DISTRIBUIRSE DIRECTA O INDIRECTAMENTE ENTRE LOS ASOCIADOS, QUEDANDO PLENAMENTE ESTABLECIDO QUE LOS BIENES DE LA ASOCIACIÓN NO PERTENECEN NI EN TODO NI EN PARTE A LAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS QUE LA INTEGRAN. LOS BENEFICIOS Y TODO INGRESO O EXCEDENTE EN GENERAL QUE ARROJE UN EJERCICIO SE APLICARA OBLIGATORIAMENTE A LOS FINES Y OBJETIVOS DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN ANTI MAFIA Y NO PODRA SER DISTRIBUIDO ENTRE SUS ASOCIADOS.
TITULO V
DE LOS ÓRGANOS DE LA ASOCIACIÓN
ARTICULO DÉCIMO OCTAVO.- SON ÓRGANOS DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN:
18.1.- LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS.
18.2.- EL CONSEJO DIRECTIVO.
CAPITULO I
DE LA ASAMBLEA GENERAL
ARTICULO DÉCIMO NOVENO.- LA ASAMBLEA GENERAL ES EL ORGANO PRINCIPAL DE LA ASOCIACION Y REPRESENTA A LA UNIVERSALIDAD DE LOS ASOCIADOS ACTIVOS.
LA ASAMBLEA GENERAL, SERA ORDINARIA O EXTRAORDINARIA.
LA ASAMBLEA ORDINARIA SE REALIZARA UNA VEZ AL AÑO DENTRO DE LOS TRES PRIMEROS MESES.
LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA SE REALIZARA CUANTAS VECES SE REQUIERA CONFORME A LAS NECESIDADES DE LA ASOCIACIÓN; PODRÁN SIN EMBARGO, CELEBRARSE EN FORMA SUCESIVA.
LA ASAMBLEA GENERAL ES CONVOCADA POR EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO, EN LOS CASOS PREVISTOS EN EL ESTATUTO; CUANDO LO ACUERDE EL CONSEJO DIRECTIVO O CUANDO LO SOLICITE NO MENOS DE LA QUINTA PARTE DE LOS ASOCIADOS.
ARTICULO VIGÉSIMO.- COMPETE A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ASOCIADOS.
20.1.- ESTABLECER LAS POLÍTICAS DE LA ASOCIACIÓN.
20.2.- APROBAR O DESAPROBAR LA GESTIÓN SOCIAL, BALANCE, CUENTAS DE RESULTADOS E INFORMES QUE PRESENTE EL CONSEJO DIRECTIVO.
20.3.- ELEGIR A LAS PERSONAS QUE INTEGRAN EL CONSEJO DIRECTIVO.
ARTICULO VIGÉSIMO PRIMERO.- COMPETE A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA ASOCIACION:
21.1.- REMOVER A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO Y ELEGIR A LAS PERSONAS QUE LO SUSTITUYAN, DESPUÉS DE HABERLOS INVESTIGADOS EXHAUSTIVAMENTE EL FUNDADOR DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN PARA EVITAR QUE LA ASOCIACIÓN SEA TOMADA POR INFILTRADOS CORRUPTOS QUE TRATEN DE HACERLE DAÑO.
21.2.- DESIGNAR REPRESENTANTES, DELEGADOS, ADMINISTRADORES, APODERADOS Y OTORGAR PODERES.
21.3.- ACEPTAR LAS DONACIONES Y/O ASIGNACIONES PROVENIENTES DE ORGANISMOS NACIONALES O INTERNACIONALES, PÚBLICOS O PRIVADOS.
21.2.- DESIGNAR REPRESENTANTES, DELEGADOS, ADMINISTRADORES, APODERADOS Y OTORGAR PODERES.
21.3.- ACEPTAR LAS DONACIONES Y/O ASIGNACIONES PROVENIENTES DE ORGANISMOS NACIONALES O INTERNACIONALES, PÚBLICOS O PRIVADOS.
21.4.- MODIFICAR EL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN.
21.5.- APROBAR O MODIFICAR TODO REGLAMENTO ELABORADO POR LOS ORGANISMOS DE LA ASOCIACIÓN
21.6.- DISPONER AUDITORIAS, (DEBIENDO SER OBLIGATORIA UNA AUDITORIA ANUAL PARA VER LA BUENA MARCHA DE LA ASOCIACION), BALANCES E INVESTIGACIONES A LA ASOCIACION.
21.7.- DISOLVER Y LIQUIDAR LA ASOCIACION.
21.6.- DISPONER AUDITORIAS, (DEBIENDO SER OBLIGATORIA UNA AUDITORIA ANUAL PARA VER LA BUENA MARCHA DE LA ASOCIACION), BALANCES E INVESTIGACIONES A LA ASOCIACION.
21.7.- DISOLVER Y LIQUIDAR LA ASOCIACION.
21.8.- RATIFICAR COMISIONES Y APROBAR PROYECTOS DE TRABAJO Y LOS DEMAS QUE HUBIESEN SIDO ACORDADOS POR LA JUNTA DIRECTIVA.
21.9.- LOS QUE ESTABLECE LA LEY Y EL PRESENTE ESTATUTO.
ARTICULO VIGÉSIMO SEGUNDO.- LAS CONVOCATORIAS A LAS ASAMBLEAS GENERALES LAS REALIZA EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO, MEDIANTE ESQUELA CON CARGO DE RECEPCIÓN CON NO MENOS DE CINCO DÍAS DE ANTICIPACIÓN A LA CELEBRACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y DE DOS DIAS PARA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA. EL AVISO DE CONVOCATORIA, DEBERÁ INDICAR LA FECHA, LUGAR, HORA EN PRIMERA CONVOCATORIA, ASI COMO LOS ASUNTOS A TRATAR. PUEDE CONSTAR ASIMISMO EN LA CONVOCATORIA EL LUGAR, DÍA Y HORA EN QUE, SI ASI PROCEDIERA, SE REUNIRÁ LA JUNTA GENERAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA. DICHA SEGUNDA REUNIÓN DEBE CELEBRARSE NO MENOS DE 02 NI MAS DE 10 DIAS DESPUES DE LA PRIMERA. SIN EMBARGO, NO SERA NECESARIA LA CONVOCATORIA PREVIA SI ESTUVIERAN PRESENTES TODOS LOS ASOCIADOS HÁBILES Y ACORDARAN UNÁNIMEMENTE CELEBRAR LA ASAMBLEA Y TRATAR LOS ASUNTOS MATERIA DE LA AGENDA.
ARTICULO VIGÉSIMO TERCERO.- PARA LA VALIDEZ DE LAS REUNIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL, SE REQUIERE EN PRIMERA CONVOCATORIA, LA CONCURRENCIA DE LA MITAD MAS UNO DE LOS ASOCIADOS, EN SEGUNDA CONVOCATORIA, BASTA LA PRESENCIA DE CUALQUIER NUMERO DE ASOCIADOS. LOS ACUERDOS SE TOMARAN CON EL VOTO FAVORABLE DE MAS DE LA MITAD DE LOS MIEMBROS CONCURRENTES.
PARA MODIFICAR EL ESTATUTO SE REQUIERE LA ASISTENCIA DE LOS DOS TERCIOS DE ASOCIADOS EN PRIMERA Y DE TRES QUINTOS EN SEGUNDA CONVOCATORIA.
PARA MODIFICAR EL ESTATUTO SE REQUIERE LA ASISTENCIA DE LOS DOS TERCIOS DE ASOCIADOS EN PRIMERA Y DE TRES QUINTOS EN SEGUNDA CONVOCATORIA.
LOS ACUERDOS SE ADOPTARAN EN ESTOS CASOS, CON EL VOTO DE MAS DE LA MITAD DEL TOTAL DE ASOCIADOS HÁBILES CONFORME AL PADRÓN CONSOLIDADO DEL REGISTRO DE ASOCIADOS.
TODO ASOCIADO QUE TENGA VIGENTE EL EJERCICIO DE SUS DERECHOS TENDRÁ DERECHO A UN VOTO EN LA ASAMBLEA GENERAL.
TODO ASOCIADO QUE TENGA VIGENTE EL EJERCICIO DE SUS DERECHOS TENDRÁ DERECHO A UN VOTO EN LA ASAMBLEA GENERAL.
ARTICULO VIGÉSIMO CUARTO.- LAS SESIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL SERÁN PRESIDIDAS POR EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO Y, EN SU AUSENCIA, POR EL VICEPRESIDENTE, ACTUANDO COMO SECRETARIO EL DIRECTIVO DESIGNADO EN LOS ESTATUTOS.
ARTICULO VIGÉSIMO QUINTO.- LA ASAMBLEA GENERAL LLEVARA UN LIBRO DE ACTAS DEBIDAMENTE LEGALIZADO, DONDE SE REGISTRARAN TODOS LOS ACUERDOS QUE SE ADOPTEN. PARA LA REALIZACIÓN DE LOS ACTOS SE OBSERVARAN LAS SIGUIENTES REGLAS.
25.1.- EN EL ACTA DE CADA SESIÓN DEBE INDICARSE EL LUGAR, FECHA Y HORA EN QUE SE REALIZO, EL NOMBRE DE LOS ASOCIADOS ASISTENTES Y QUIENES ACTUARON COMO PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, TESORERO, FISCAL Y SECRETARIO; LA FORMA Y RESULTADOS DE LAS VOTACIONES Y LOS ACUERDOS ADOPTADOS.
25.2.- LOS ASOCIADOS ASISTENTES ESTÁN FACULTADOS A SOLICITAR QUE QUEDE CONSTANCIA EN EL ACTA DEL SENTIDO DE LAS OPINIONES Y DE LOS VOTOS QUE HAYAN EMITIDO.
25.3.- CUALQUIER ASOCIADO PUEDE FIRMAR EL ACTA.
25.2.- LOS ASOCIADOS ASISTENTES ESTÁN FACULTADOS A SOLICITAR QUE QUEDE CONSTANCIA EN EL ACTA DEL SENTIDO DE LAS OPINIONES Y DE LOS VOTOS QUE HAYAN EMITIDO.
25.3.- CUALQUIER ASOCIADO PUEDE FIRMAR EL ACTA.
CAPITULO II
DEL CONSEJO DIRECTIVO
ARTICULO VIGÉSIMO SEXTO.- LA ASOCIACIÓN SERA ADMINISTRADA Y DIRIGIDA POR UN CONSEJO DIRECTIVO QUE TENDRÁ LAS FACULTADES DE GESTIÓN NECESARIAS PARA LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INSTITUCIONAL DE LA ASOCIACIÓN DENTRO DE SU FINALIDAD Y PARA EJECUTAR LAS POLÍTICAS EMANADAS DE LA ASAMBLEA, CON EXCEPCIÓN DE LOS ASUNTOS QUE LA LEY O EL ESTATUTO ATRIBUYAN A LA ASAMBLEA GENERAL.
ARTICULO VIGÉSIMO SETIMO.- EL CONSEJO DIRECTIVO ESTARÁ INTEGRADO POR SEIS (6) MIEMBROS DENOMINADOS DIRECTIVOS; QUE SERÁN ELEGIDOS POR LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. TODA VACANCIA EN EL CONSEJO DIRECTIVO SERA CUBIERTA POR ACUERDO UNÁNIME DE SUS MIEMBROS. EL CONSEJO DIRECTIVO ESTARÁ INTEGRADO POR UN PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, TESORERO, SECRETARIO, FISCAL, Y UN VOCAL.
ARTICULO VIGÉSIMO OCTAVO.- EL CONSEJO DIRECTIVO SE REUNIRÁ OBLIGATORIAMENTE CADA 2 MESES O CUANDO LO CONVOQUE EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO POR SU PROPIA INICIATIVA O A SOLICITUD DE UN TERCIO DE LOS DIRECTIVOS.
ARTICULO VIGÉSIMO NOVENO.- LA CONVOCATORIA A SESIONES DE CONSEJO DIRECTIVO. LAS REALIZARA EL PRESIDENTE, MEDIANTE ESQUELAS CON CARGO DE RECEPCIÓN CON NO MENOS DE CINCO DIAS DE ANTICIPACIÓN A LA CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO, EL AVISO DE CONVOCATORIA DEBERÁ INDICAR LA FECHA, LUGAR, HORA Y LOS ASUNTOS A TRATAR.
EL QUORUM PARA LOS ACUERDOS DEL CONSEJO DIRECTIVO SERA DE LA MITAD MAS UNO DE SUS MIEMBROS Y SUS ACUERDOS SERÁN POR MAYORÍA SIMPLE DE LOS DIRECTIVOS CONCURRENTES.
EL QUORUM PARA LOS ACUERDOS DEL CONSEJO DIRECTIVO SERA DE LA MITAD MAS UNO DE SUS MIEMBROS Y SUS ACUERDOS SERÁN POR MAYORÍA SIMPLE DE LOS DIRECTIVOS CONCURRENTES.
ARTICULO TRIGÉSIMO.- SON ATRIBUCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO.
30.1.- VELAR POR EL ESTRICTO CUMPLIMIENTO DE LOS ESTATUTOS Y ACUERDOS DE LA ASAMBLEA GENERAL.
30.2.- ACORDAR LA CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL, DEBIENDO EFECTIVIZARLA EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO.
30.2.- ACORDAR LA CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL, DEBIENDO EFECTIVIZARLA EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO.
30.3.- ELEGIR ENTRE SUS MIEMBROS AL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO.
30.4.- SOMETER A LA APROBACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL LA MEMORIA DE SU GESTION, ASI COMO EL BALANCE, CUENTAS E INFORMES.
30.5.- ELEGIR, REMOVER Y FIJAR LOS HONORARIOS DE LOS DIRECTIVOS, MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO, MIEMBROS DEL CONSEJO CONSULTIVO Y REMUNERACIONES DE LOS FUNCIONARIOS, ASESORES Y EMPLEADOS DE LA ASOCIACIÓN Y DE LOS CENTROS QUE CONSTITUYA LA ASOCIACIÓN.
30.6.- APROBAR LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA ASOCIACIÓN Y DE LOS CENTROS O FILIALES QUE SE CONSTITUYAN, DANDO CUENTA A LA ASAMBLEA GENERAL.
30.7.- ENCOMENDAR DETERMINADOS ASUNTOS A UNO O MÁS DIRECTIVOS, SIN PERJUICIO DE LAS ATRIBUCIONES INHERENTES A SUS CARGOS Y/O DE LOS PODERES QUE PUDIERA CONFERIR A CUALQUIER PERSONA.
30.8.- APROBAR LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO EJECUTIVO.
30.8.- APROBAR LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO EJECUTIVO.
30.9.- PROPONER Y SOMETER A APROBACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL LOS REGLAMENTOS INTERNOS Y DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE QUE REGULEN LA MARCHA INSTITUCIONAL Y LA DE LOS CENTROS QUE CREE LA ASOCIACIÓN.
30.10.- ESTABLECER COMISIONES ESPECIALES BAJO SU DEPENDENCIA Y NORMAR SU FUNCIONAMIENTO.
30.11.- FIJAR EL MONTO DE LA CUOTA DE AFILIACIÓN Y MENSUALIDAD A APORTAR POR CADA ASOCIADO Y RESOLVER LOS CASOS DE EXONERACION DE PAGOS.
30.10.- ESTABLECER COMISIONES ESPECIALES BAJO SU DEPENDENCIA Y NORMAR SU FUNCIONAMIENTO.
30.11.- FIJAR EL MONTO DE LA CUOTA DE AFILIACIÓN Y MENSUALIDAD A APORTAR POR CADA ASOCIADO Y RESOLVER LOS CASOS DE EXONERACION DE PAGOS.
30.12.- RESOLVER EN SEGUNDA INSTANCIA LOS PROBLEMAS ADMINISTRATIVOS DE LA ASOCIACIÓN.
30.13.- APROBAR LOS CONVENIOS DE COOPERACIÓN.
30.13.- APROBAR LOS CONVENIOS DE COOPERACIÓN.
30.14.- PROPONER A LA ASAMBLEA GENERAL, LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS.
30.15.- OTROS AFINES.
30.15.- OTROS AFINES.
CAPITULO III
ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA
ARTICULO TRIGÉSIMO PRIMERO.- EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO ES EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN, TIENE LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES:
31.1.- REPRESENTAR A LA ASOCIACIÓN EN TODOS SUS ACTOS.
31.2.- CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LOS ESTATUTOS, LOS REGLAMENTOS INTERNOS Y ACUERDOS DE ASAMBLEA GENERAL Y DEL CONSEJO DIRECTIVO.
31.3.- PRESIDIR LAS ASAMBLEAS GENERALES DE ASOCIADOS Y SESIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO. TENDRÁ VOTO DIRIMENTE SOLO CUANDO SE PRODUZCAN EMPATES EN LAS VOTACIONES QUE NO HAYAN SIDO SECRETAS.
31.4.- REPRESENTAR A LA ASOCIACIÓN ANTE EL PODER JUDICIAL, MINISTERIO PUBLICO, MINISTERIO DEL INTERIOR Y TODA CLASE DE MINISTERIOS NACIONALES, POLICÍA NACIONAL, CENTROS DE CONCILIACION, JUNTA NACIONAL DE CENTROS DE CONCILIACIÓN, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE REGISTROS PÚBLICOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, EN LOS PROCESOS Y/O ACCIONES DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL, O PROCESOS EN LOS QUE INTERVENGA CON LAS FACULTADES PREMUNIDAS EN LOS ARTÍCULOS 74 Y 75 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL:
31.3.- PRESIDIR LAS ASAMBLEAS GENERALES DE ASOCIADOS Y SESIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO. TENDRÁ VOTO DIRIMENTE SOLO CUANDO SE PRODUZCAN EMPATES EN LAS VOTACIONES QUE NO HAYAN SIDO SECRETAS.
31.4.- REPRESENTAR A LA ASOCIACIÓN ANTE EL PODER JUDICIAL, MINISTERIO PUBLICO, MINISTERIO DEL INTERIOR Y TODA CLASE DE MINISTERIOS NACIONALES, POLICÍA NACIONAL, CENTROS DE CONCILIACION, JUNTA NACIONAL DE CENTROS DE CONCILIACIÓN, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE REGISTROS PÚBLICOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, EN LOS PROCESOS Y/O ACCIONES DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL, O PROCESOS EN LOS QUE INTERVENGA CON LAS FACULTADES PREMUNIDAS EN LOS ARTÍCULOS 74 Y 75 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL:
ARTICULO 74.- FACULTADES GENERALES.- LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL CONFIERE AL REPRESENTANTE LAS ATRIBUCIONES Y POTESTADES GENERALES QUE CORRESPONDEN AL REPRESENTADO, SALVO AQUELLAS PARA LAS QUE LA LEY EXIGE FACULTADES EXPRESAS. LA REPRESENTACIÓN SE ENTIENDE OTORGADA PARA TODO EL PROCESO, INCLUSO PARA LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA Y EL COBRO DE COSTAS Y COSTOS, LEGITIMANDO AL REPRESENTANTE PARA SU INTERVENCIÓN EN EL PROCESO Y REALIZACIÓN DE TODOS LOS ACTOS DEL MISMO, SALVO AQUELLOS QUE REQUIERAN LA INTERVENCIÓN PERSONAL Y DIRECTA DEL REPRESENTADO.
ARTICULO 75.- FACULTADES ESPECIALES.- SE REQUIERE EL OTORGAMIENTO DE FACULTADES ESPECIALES PARA REALIZAR TODOS LOS ACTOS DE DISPOSICIÓN DE DERECHOS SUSTANTIVOS Y PARA DEMANDAR, RECONVENIR, CONTESTAR DEMANDAS Y RECONVENCIONES, DESISTIRSE DEL PROCESO Y DE LA PRETENSION, ALLANARSE A LA PRETENSIÓN, CON-CILIAR, TRANSIGIR, SOMETER A ARBITRAJE LAS PRETENSIONES CONTROVERTIDAS EN EL PROCESO, SUSTITUIR O DELEGAR LA REPRESENTACIÓN PROCESAL Y PARA LOS DEMAS ACTOS QUE EXPRESE LA LEY. EL OTORGAMIENTO DE FACULTADES ESPECIALES SE RIGE POR EL PRINCIPIO DE LITERALIDAD. NO SE PRESUME LA EXISTENCIA DE FACULTADES ESPECIALES NO CONFERIDAS EXPLICITAMENTE.
31.5.- REPRESENTAR A LA ASOCIACIÓN ANTE TODA AUTORIDAD PUBLICA O PRIVADA, AUTORIDADES POLÍTICAS, MUNICIPALES, POLICIALES, AUTORIDADES DE INDECOPI, COMISION DE SALIDA DEL MERCADO, DEFENSORA DEL PUEBLO, NOTARIAS PUBLICAS.
ARTICULO 75.- FACULTADES ESPECIALES.- SE REQUIERE EL OTORGAMIENTO DE FACULTADES ESPECIALES PARA REALIZAR TODOS LOS ACTOS DE DISPOSICIÓN DE DERECHOS SUSTANTIVOS Y PARA DEMANDAR, RECONVENIR, CONTESTAR DEMANDAS Y RECONVENCIONES, DESISTIRSE DEL PROCESO Y DE LA PRETENSION, ALLANARSE A LA PRETENSIÓN, CON-CILIAR, TRANSIGIR, SOMETER A ARBITRAJE LAS PRETENSIONES CONTROVERTIDAS EN EL PROCESO, SUSTITUIR O DELEGAR LA REPRESENTACIÓN PROCESAL Y PARA LOS DEMAS ACTOS QUE EXPRESE LA LEY. EL OTORGAMIENTO DE FACULTADES ESPECIALES SE RIGE POR EL PRINCIPIO DE LITERALIDAD. NO SE PRESUME LA EXISTENCIA DE FACULTADES ESPECIALES NO CONFERIDAS EXPLICITAMENTE.
31.5.- REPRESENTAR A LA ASOCIACIÓN ANTE TODA AUTORIDAD PUBLICA O PRIVADA, AUTORIDADES POLÍTICAS, MUNICIPALES, POLICIALES, AUTORIDADES DE INDECOPI, COMISION DE SALIDA DEL MERCADO, DEFENSORA DEL PUEBLO, NOTARIAS PUBLICAS.
31.6.- REPRESENTAR A LA ASOCIACIÓN EN CUALQUIER ASUNTO DE CARÁCTER CIVIL, PENAL, LABORAL, TRIBUTARIO, ADUANAS, REESTRUCTURACION PATRIMONIAL, ASUNTOS NO CONTENCIOSOS Y EN GENERAL ANTE TODA DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA, JUDICIAL, AUTORIDAD PUBLICA O PRIVADA COMPETENTE A LOS ASUNTOS ANTES DESCRITOS.
31.7.- REPRESENTAR A LA ASOCIACIÓN EN CUALQUIER ASUNTO DE CARÁCTER LABORAL, SEA CON SERVIDORES CON VINCULO LABORAL VIGENTE O CON EX-SERVIDORES, SOBRE ASUNTOS REFERIDOS A PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES U OTROS DERECHOS DE CARÁCTER LABORAL RECLAMADOS EN FORMA INDIVIDUAL O COLECTIVA.
31.8.- CELEBRAR CONVENIOS Y COMPROMISOS CORRESPONDIENTES A LOS FINES DE LA ASOCIACIÓN, DANDO CUENTA A LA ASAMBLEA GENERAL. INTERVENIR EN LICITACIONES Y CONCURSOS PÚBLICOS Y PROCESOS DE ADJUDICACIÓN DIRECTA.
31.8.- CELEBRAR CONVENIOS Y COMPROMISOS CORRESPONDIENTES A LOS FINES DE LA ASOCIACIÓN, DANDO CUENTA A LA ASAMBLEA GENERAL. INTERVENIR EN LICITACIONES Y CONCURSOS PÚBLICOS Y PROCESOS DE ADJUDICACIÓN DIRECTA.
31.9.- USAR EL SELLO DE LA ASOCIACIÓN EN LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA ASOCIACION EN TODO TIPO DE ACTOS Y CONTRATOS, PUDIENDO OTORGAR, SUSCRIBIR Y FIRMAR CONTRATOS PRIVADOS, MINUTAS, ESCRITURAS PUBLICAS, RECURSOS ACLARATORIOS E IMPUGNA TORIOS ANTE REGISTROS PUBLICOS Y CUALQUIER DOCUMENTO COMPLEMENTARIO.
31.10.- OBTENER, ACORDAR, CONTRATAR Y VERIFICAR LAS OPERACIONES DE CREDITOS CON O SIN GARANTÍA, ABRIR, TRANSFERIR Y CERRAR CUENTAS CORRIENTES, DE AHORROS A PLAZO ORDINARIO Y PLAZO FIJO, GIRAR Y ENDOSAR CHEQUES, SOBRE DEPOSITO EN CUENTA CORRIENTE, EN SOBREGIRO, SOBRE CREDITOS CONCEDIDOS EN CUENTA CORRIENTE; GIRAR, ENDOSAR, PROTESTAR Y COBRAR CHEQUES DE CUALQUIER INDOLE. GIRAR, EMITIR, ACEPTAR, AVALAR, REACEPTAR, RENOVAR, ENDOSAR, PROTESTAR, EJECUTAR, DESCONTAR, NEGOCIAR Y COBRAR LETRAS, VALES, PAGARES, GIROS Y CUALQUIER OTRO TITULO VALOR O DOCUMENTO DE CRÉDITO. DEPOSITAR, RETIRAR, VENDER Y COMPRAR VALORES. SOLICITAR CARTAS FIANZAS. ABRIR, TRANSFERIR, RETIRAR Y CANCELAR CUENTAS DE AHORRO. DEPOSITAR Y RETIRAR DINERO DE LOS DEPÓSITOS QUE LA ASOCIACIÓN TENGA EN LOS BANCOS O EN CUALQUIER OTRA INSTITUCION FINANCIERA, DE CRÉDITO Y/O AHORRO.
SOLICITAR CARTAS DE CRÉDITO, CELEBRAR CONTRATO DE ADVANCE, ADCCOUNTS, LEASING O ARRENDAMIENTO FINANCIERO Y DE LEASE BACK, O RETRO ARRENDAMIENTO FINANCIERO Y PRESTAMOS EN EL EXTRANJERO.
31.11.- ADQUIRIR, TRANSFERIR, COMPRAR Y VENDER O GRAVAR BIENES MUEBLES E INMUEBLES O DERECHOS SOBRE ELLOS. PRENDAR, AVALAR O AFIANZAR, LOS BIENES INMUEBLES Y MUEBLES DE LA ASOCIACION, PREVIO ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO.
SOLICITAR CARTAS DE CRÉDITO, CELEBRAR CONTRATO DE ADVANCE, ADCCOUNTS, LEASING O ARRENDAMIENTO FINANCIERO Y DE LEASE BACK, O RETRO ARRENDAMIENTO FINANCIERO Y PRESTAMOS EN EL EXTRANJERO.
31.11.- ADQUIRIR, TRANSFERIR, COMPRAR Y VENDER O GRAVAR BIENES MUEBLES E INMUEBLES O DERECHOS SOBRE ELLOS. PRENDAR, AVALAR O AFIANZAR, LOS BIENES INMUEBLES Y MUEBLES DE LA ASOCIACION, PREVIO ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO.
31.12.- RECIBIR DONACIONES, PREVIO ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO, EL MISMO QUE RENDIRA CUENTA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA.
31.13.- CELEBRAR CONTRATOS DE COMODATO Y/O ARRENDAMIENTO ACTIVA O PASIVAMENTE DE BIENES MUEBLES O INMUEBLES, O DERECHOS SOBRE ELLOS, SEGÚN CORRESPONDA, A PLAZO FIJO O TIEMPO INDEFINIDO, FIJANDO EN CADA CASO LA ESTIPULACIONES PERTINENTES. COBRAR JUDICIAL O EXTRAJUDICIALMENTE LOS ARRENDAMIENTOS.
31.14.- DIRIGIR LA CONTABILIDAD DE LA ASOCIACIÓN, INTERVINIENDO EN LA ELABORACIÓN DEL BALANCE ANUAL.
31.15.- SUSCRIBIR LA CORRESPONDENCIA DE LA ASOCIACIÓN, ASI COMO LAS ACTAS DE SESIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Y DE LA ASAMBLEA GENERAL.
31.14.- DIRIGIR LA CONTABILIDAD DE LA ASOCIACIÓN, INTERVINIENDO EN LA ELABORACIÓN DEL BALANCE ANUAL.
31.15.- SUSCRIBIR LA CORRESPONDENCIA DE LA ASOCIACIÓN, ASI COMO LAS ACTAS DE SESIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Y DE LA ASAMBLEA GENERAL.
31.16.- SUSCRIBIR LA DOCUMENTACIÓN OFICIAL DE LA ASOCIACIÓN.
ARTICULO TRIGÉSIMO SEGUNDO.- SON ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO:
32.1.- TENER AL DÍA EL LIBRO DE ACTAS DE LAS SESIONES DE ASAMBLEA GENERAL.
32.2.- REMITIR LA CORRESPONDENCIA EMITIDA Y ARCHIVAR LA RECIBIDA POR LA ASOCIACIÓN.
32.2.- REMITIR LA CORRESPONDENCIA EMITIDA Y ARCHIVAR LA RECIBIDA POR LA ASOCIACIÓN.
32.3.- PROPONER ALTERNATIVAS DE ACTIVIDADES DE LA ASOCIACIÓN.
32.4.- SUSCRIBIR CON EL PRESIDENTE INFORMES, CREDENCIALES, CERTIFICADOS QUE SE EXPIDAN POR ACUERDO DE ASAMBLEAS GENERAL O CONSEJO DIRECTIVO.
32.5.- FIRMAR COMUNICADOS CON EL PRESIDENTE.
32.6.- PRESENTAR LOS INFORMES CONTABLES A LA ASAMBLEA GENERAL Y EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL CUANDO SEAN REQUERIDOS.
32.7.- PREPARAR, AUTORIZAR Y DISTRIBUIR CITACIONES Y PUBLICACIONES PARA ASAMBLEA GENERAL O CONSEJO DIRECTIVO
32.8.- OTRAS ESPECÍFICAS INDICADAS EN EL REGLAMENTO.
ARTICULO TRIGÉSIMO TERCERO.- SON ATRIBUCIONES DEL TESORERO
33.1.- SUPERVISAR LOS RECIBOS Y DOCUMENTOS CORRESPONDIENTES A LOS INGRESOS Y EGRESOS DE LA ASOCIACIÓN.
33.2.-PRESENTAR EL PROYECTO DEL PRESUPUESTO Y PROGRAMA ECONÓMICO ANUAL.
33.3.- SER EL SUPERVISOR DEL MANEJO ECONÓMICO DE LA ASOCIACIÓN.
33.2.-PRESENTAR EL PROYECTO DEL PRESUPUESTO Y PROGRAMA ECONÓMICO ANUAL.
33.3.- SER EL SUPERVISOR DEL MANEJO ECONÓMICO DE LA ASOCIACIÓN.
33.4.- SUPERVISAR EL BALANCE ANUAL AL FINAL DE CADA EJERCICIO ECONÓMICO.
33.5.- VELAR PORQUE LA CONTABILIDAD SEA LLEVADA CONFORME A LEY.
33.6.- PONER A DISPOSICIÓN DEL FISCAL LOS COMPROBANTES Y LIBROS QUE SUSTENTEN EL MOVIMIENTO ECONÓMICO.
33.7.- PROPONER A LA JUNTA DIRECTIVA LAS MEDIDAS Y PROYECTOS MAS CONVENIENTES PARA INCREMENTAR Y MEJORAR LAS RENTAS DE LA ASOCIACIÓN.
33.7.- PROPONER A LA JUNTA DIRECTIVA LAS MEDIDAS Y PROYECTOS MAS CONVENIENTES PARA INCREMENTAR Y MEJORAR LAS RENTAS DE LA ASOCIACIÓN.
ARTICULO TRIGÉSIMO CUARTO.- SON ATRIBUCIONES DEL VICEPRESIDENTE:
34.1.- REEMPLAZAR TEMPORAL O DEFINITIVAMENTE AL PRESIDENTE EN TODOS LOS ACTOS POR IMPEDIMENTO, O AUSENCIA DEL MISMO.
34.2.- TRABAJAR Y COLABORAR ESTRECHAMENTE CON EL PRESIDENTE EN LA CONSECUCIÓN DE LOS FINES Y OBJETIVOS DE LA PRESENTE ASOCIACIÓN.
ARTICULO TRIGÉSIMO QUINTO.- SON ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL FISCAL:
35.1.- FISCALIZACIÓN PERMANENTE DE LA LABOR ADMINISTRATIVA, EJECUTIVA Y ECONÓMICA DE LA ASOCIACIÓN EN RESGUARDO DE SU ESTABILIDAD Y DE SU PATRIMONIO.
35.2.- HACER CONSTAR EN LAS SESIONES DE ASAMBLEA GENERAL, EL INFORME DE LOS ESTATUTOS, REGLAMENTOS Y LEYES VIGENTES QUE INCURRIERAN LOS ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.
35.3.- PRESENTAR A LA ASAMBLEA GENERAL EL INFORME DE SUS ACTIVIDADES Y PROPONER LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA ASEGURAR EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA ASOCIACIÓN.
35.4.- SOMETER A CONSIDERACION DEL CONSEJO DIRECTIVO LAS SANCIONES QUE PROPONGA POR LAS INFRACCIONES A LOS ESTATUTOS COMETIDAS POR LOS ASOCIADOS.
35.4.- SOMETER A CONSIDERACION DEL CONSEJO DIRECTIVO LAS SANCIONES QUE PROPONGA POR LAS INFRACCIONES A LOS ESTATUTOS COMETIDAS POR LOS ASOCIADOS.
35.5.- EJERCER LAS DEMÁS ATRIBUCIONES DE SU COMPETENCIA QUE LE FUEREN EXPRESAMENTE CONFERIDAS POR LA JUNTA DIRECTIVA.
ARTICULO TRIGÉSIMO SEXTO.- SON ATRIBUCIONES DEL VOCAL:
36.1.- APOYAR EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO.
36.2.- ASISTIR A LAS REUNIONES QUE CONVOCA EL CONSEJO
DIRECTIVO CON EL FIN DE PRESTAR APOYO Y ASESORAMIENTO.
36.2.- ASISTIR A LAS REUNIONES QUE CONVOCA EL CONSEJO
DIRECTIVO CON EL FIN DE PRESTAR APOYO Y ASESORAMIENTO.
TITULO VI
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
ARTICULO TRIGÉSIMO SEPTIMO.- LA DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN SERA ACORDADA EN SESION DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA Y SE OBSERVARA LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ESTATUTO.
ARTICULO TRIGÉSIMO OCTAVO.- TOMADO EL ACUERDO DE DISOLUCIÓN ESTA SE DEBERÁ LLEVAR A CABO OBSERVANDO LAS SIGUIENTES REGLAS:
A) SE COBRARAN TODAS LAS ACREENCIAS A LA ASOCIACIÓN.
B) SE CANCELARAN TODAS LAS DEUDAS Y OBLIGACIONES DE LA ASOCIACIÓN.
C) EL SALDO SI LO HUBIERE, SE ENTREGARA A ASOCIACIONES O ENTIDADES QUE DESIGNE LA JUNTA DIRECTIVA, ENTRE LAS QUE REALICEN ACTIVIDADES SIMILARES Y TENGAN FINES ANÁLOGOS A LOS DE LA ASOCIACIÓN.
D) SE DESIGNARA A LA ENTIDAD O PERSONA QUE DEBERÁ CONSERVAR EN DEPOSITO LOS LIBROS Y DOCUMENTOS DE LA ASOCIACIÓN POR EL TERMINO DE LEY PARA EL CASO QUE DEBA RESPONDER POR CUALQUIER CLASE DE REQUERIMIENTO ADMINISTRATIVO, JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL.
LA LIQUIDACIÓN SERA EJECUTADA POR DOS LIQUIDADORES DESIGNADOS ESPECIALMENTE PARA ESTA FUNCIÓN POR LA JUNTA DIRECTIVA. LOS LIQUIDADORES GOZARAN DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES PROPIAS DE SU CARGO CON LA RESPONSABILIDAD INHERENTE AL MISMO.
D) SE DESIGNARA A LA ENTIDAD O PERSONA QUE DEBERÁ CONSERVAR EN DEPOSITO LOS LIBROS Y DOCUMENTOS DE LA ASOCIACIÓN POR EL TERMINO DE LEY PARA EL CASO QUE DEBA RESPONDER POR CUALQUIER CLASE DE REQUERIMIENTO ADMINISTRATIVO, JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL.
LA LIQUIDACIÓN SERA EJECUTADA POR DOS LIQUIDADORES DESIGNADOS ESPECIALMENTE PARA ESTA FUNCIÓN POR LA JUNTA DIRECTIVA. LOS LIQUIDADORES GOZARAN DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES PROPIAS DE SU CARGO CON LA RESPONSABILIDAD INHERENTE AL MISMO.
ARTICULO TRIGÉSIMO NOVENO.- CONCLUIDA LA LIQUIDACIÓN, LOS LIQUIDADORES CONVOCARAN A LA ASAMBLEA GENERAL, LA QUE APROBARA SU RESULTADO.
EL PATRIMONIO REMANENTE SERA DESTINADO A UNA ENTIDAD QUE PERSIGA FINES ANÁLOGOS SIN AFÁN DE LUCRO, EN INTERÉS DE LA COMUNIDAD, DEJÁNDOSE ESTABLECIDO QUE EN NINGÚN CASO SE DISTRIBUIRÁ, DE MANERA DIRECTA O INDIRECTA ENTRE LOS ASOCIADOS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 98 DEL CÓDIGO CIVIL, CIÑÉNDOSE ADEMAS A LO PRESCRITO POR LOS ARTÍCULOS 18 Y 19 DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 774 Y NORMAS COMPLEMENTARIAS Y MODIFICATORIAS SOBRE EL IMPUESTO A LA RENTA.
ARTICULO CUADRAGÉSIMO.- EN TODO LO QUE NO ESTA PREVISTO EN EL PRESENTE ESTATUTO, SE APLICARAN LAS NORMAS PERTINENTES DEL CÓDIGO CIVIL DE LA RE PUBLICA, ESTABLECIDAS PARA LAS ASOCIACIONES CIVILES.
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