NOTA DE PRENSA DE LA ASOCIACIÓN JUSTICIA SIN CORRUPCION Y EDUCACIÓN CON ALIMENTACIÓN DEL PERÚ
NUEVA GRAVE DENUNCIA INTERPUESTA CONTRA LOS GERENTES DE LA CMAC DE SULLANA Y POR DELITO DE OCULTAMIENTO DE DOCUMENTOS EN AGRAVIO DEL DIRECTOR DE LA ASOCIACION JUSTICIA SIN CORRUPCIÓN POR DELITOS DE OMISION DE DENUNCIA EN AGRAVIO DEL ESTADO Y OTROS
EN EL LEGITIMO DERECHO DE INFORMACION Y DE LA LIBERTAD DE EXPRESION DEMOSTRANDO QUE NO LE TEMEMOS TEMOR A LAS MALICIOSAS QUERELLAS Y DENUNCIAS CALUMNIOSAS INTERPUESTAS CONTRA EL DIRECTOR DE LA ASOCIACION JUSTICIA SIN CORRUPCION QUE PRETENDEN TRATAR DE ACALLAR NUESTRAS GRAVES DENUNCIAS PUBLICAMOS LA PRESENTE NOTA DE PRENSA DE LA DENUNCIA PENAL QUE SE HA INTERPUESTO EN LA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE SULLANA
El Director Ejecutivo de la Asociación Civil “Justicia sin Corrupción y Educación con Alimentación” a acudido al Sr. Fiscal de la Fiscalia Corporativa Penal de la ciudad de Sullana para INTERPONER DENUNCIA PENAL
contra Samy Wilfredo CALLE RENTERIA, Luis Alfredo LEON CASTRO y Bertha Isabel FERNÁNDEZ OLIVAen su actuaciones como Gerentes de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana y contra quienes resulten responsables penalmente por haber incurrido en el delito de Ocultamiento de Documentos en agravio del denunciante y del Estado Peruano por haberse negado los denunciados a entregar y por haber ocultado hasta el presente dia, la documentación ordenada a los denunciados que se nos entregue por los Sres Vocales de la Sala Civil de la ciudad de Sullana, según sentencia con Resolución N° 18 de fecha 18 de Febrero del 2010 del Proceso de Habeas Data N° 071 -2009, y que hasta el presente dia dichos documentos son ocultados y que los denunciados no quieren entregar al denunciante produciéndonos perjuicio y agravio, como son:
1.- Copia del Acuerdo de Directorio que autoriza el pago de 15ª remuneraciones a favor de trabajadores de la CMAC de Sullana que laboraban al 2001.
2.- – El Informe de la asesora legal y de la Oficina de Control Interno de la CMAC de Sullana que sustentan la pertinencia del pago de 15ª remuneraciones a favor de trabajadores de la CMAC de Sullana que laboraban al 2001 y copia de la documentación que amparen el pronunciamiento.
3.- El informe de la Gerencia sobre la fecha de adjudicación de la camioneta negra de placas RB – 4308 de propiedad de la CMAC de Sullana a una persona natural, indicando nombres del adjudicado y la razón de porque la tarjeta de propiedad sigue saliendo a nombre de la CMAC de Sullana.
Y a pesar que con fecha 22 de agosto 2011, el Tribunal Constitucional del Perú publicó en su Página Web (www.tc.gob.pe/jurisprudencia/22082011w.html)
la Resolución (Exp. 00114-2011-Q/TC) en donde se declara improcedente el recurso de queja presentado por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana, entidad crediticia que interpuso un recurso de agravio constitucional contra la resolución N° 18 emitida por la Sala Civil de Sullana (18 Feb. 2010) en la cual; declaraban fundada –en parte- la demanda de Habeas Data interpuesta por el director ejecutivo de la Asociación Civil “Justicia Sin Corrupción”.
1.2.- Del mismo modo, se ha acudido al mismo Fiscal para para interponer denuncia contra Samy Wilfredo CALLE RENTERIA, Luis Alfredo LEON CASTRO y Bertha Isabel FERNÁNDEZ OLIVA en su actuaciones como Gerentes de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana y contra quienes resulten responsables penalmente por haber incurrido en el delito de Omisión de Denuncia en agravio de la Caja Municipal de Sullana, en agravio de la Municipalidad de Sullana y en agravio del Estado por no haber puesto en conocimiento del Ministerio Publico
el grave Delito de Apropiación Ilícita de S/. 23, 040.15 soles cometidos por el abogado Gino Cesar Yarleque Oliva en Perjuicio de la Caja Municipal de Sullana pese a que estaban obligados de acuerdo a ley y a pesar de que estaban obligados de hacerlo por la existencia de los Informes especiales N° 02 – 2011 / OCI- 2- 0954
y N° 03 – 2011 / OCI- 2- 0954 realizados por el Organo de Control Interno en donde se indica que había indicios razonables de delitos de persecución publica cometidos por el mencionado empleado de la CMAC de Sullana, Gino Cesar Yarleque Oliva pero que se negaron a denunciar supuestamente para evitar costos y gastos que ocasionarían las acciones judiciales pero al parecer habría otros motivos para que no se investigara dichos ilícito penales según se desprende de la copia deMEMORANDUM Nº 1002 -2011 / GM” de fecha 07 /12 /2011 suscrito por los gerentes mancomunados de la CMAC de Sullana dirigida al Órgano de Control Institucional en la que se puede leer que los denunciados Samy Wilfredo CALLE RENTERIA, Luis Alfredo LEON CASTRO y Bertha Isabel FERNÁNDEZ OLIVA en su actuaciones como Gerentes de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana incurren en el delito de Omisión de Denuncia en agravio de la Caja Municipal de Sullana, en agravio de la Municipalidad de Sullana y en agravio del Estado por no haber puesto en conocimiento del Ministerio Publico el grave Delito de Apropiación Ilícita cometido en Perjuicio de la Caja Municipal de Sullana por el abogado Gino Cesar Yarleque Oliva pese a que estaban obligados de acuerdo a ley a dar a conocer dicho delito al Ministerio Publico, por lo que pedimos muy atentamente que Ordene a quien corresponda el inicio de las investigaciones preliminares respectivas para que en su momento se pueda formalizar la Denuncia Penal correspondiente ante el señor Juez de la Investigación Preparatoria y se pueda castigar a los denunciados,Es el caso que el denunciante, de hace varias semanas al llegar de la ciudad de Trujillo, ha encontrado un sobre de manila cerrado debajo de la puerta que conduce a su domicilio ubicado en Calle San Martin 758 – Segundo piso de la ciudad de Sullana y que al abrirlo contenía dos fotocopias una que dice “MEMORANDUM Nº 1002 -2011 / GM” de fecha 07 /12 /2011 suscrito por los gerentes mancomunados de la CMAC de Sullana dirigida al Órgano de Control Institucional en la que se puede leer que los denunciados Samy Wilfredo CALLE RENTERIA, Luis Alfredo LEON CASTRO y Bertha Isabel FERNÁNDEZ OLIVA en su actuaciones como Gerentes de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana incurren en el delito de Omisión de Denuncia en agravio de la Caja Municipal de Sullana, en agravio de la Municipalidad de Sullana y en agravio del Estado por no haber puesto en conocimiento del Ministerio Publico el grave Delito de Apropiación Ilícita y otros cometidos en Perjuicio de la Caja Municipal de Sullana por el abogado Gino Cesar Yarleque Oliva pese a que estaban obligados de acuerdo a ley a dar a conocer dichos delitos al Ministerio Publico y a pesar de que estaban obligados hacerlo por la existencia de los Informes especiales N° 02 – 2011 / OCI- 2- 0954 y N° 03 – 2011 / OCI- 2- 0954 realizados por el Organo de Control Interno en donde se indicaba que había indicios razonables de delitos de persecución publica cometidos por el mencionado empleado de la CMAC de Sullana,
y N° 03 – 2011 / OCI- 2- 0954 realizados por el Organo de Control Interno en donde se indica que había indicios razonables de delitos de persecución publica cometidos por el mencionado empleado de la CMAC de Sullana, Gino Cesar Yarleque Oliva pero que se negaron a denunciar supuestamente para evitar costos y gastos que ocasionarían las acciones judiciales pero al parecer habría otros motivos para que no se investigara dichos ilícito penales según se desprende de la copia de
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